Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 150 de 31/07/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 4 de julio de 2007, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los Estatutos de la Fundación Alonso Picazo.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Alonso Picazo, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de Hecho

Primero. El 11 de mayo de 2007 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública escrito de don José Luis Pérez de Brea Quirós, actuando en nombre de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.

Asimismo, el 11 de mayo de 2007, se recibe documentación relativa al cambio de cargos en el Patronato, consistente en la escritura de elevación a público de acuerdos sociales núm. 819, de 21 de abril de 2006, ante la notario doña María Concepción Medina Achirica, del Ilustre Colegio de Sevilla, a la que se incorpora certificación del acuerdo del patronato aprobado el 15 de marzo de 2006, relativo a la organización del Patronato.

Segundo. La modificación estatutaria afecta a su adaptación general a la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. Al expediente de modificación de estatutos se ha aportado la siguiente documentación: escritura pública otorgada el 25 de abril de 2006, otorgada ante la notario doña María Concepción Medina Achirica, del Ilustre Colegio de Sevilla, bajo el núm. 854 de su protocolo.

Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de 15 de marzo de 2006, relativo a la modificación de estatutos, así como su texto completo.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada en fecha al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, habiendo obtenido un pronunciamiento favorable mediante Resolución de la Secretaría General Técnica de 24 de abril de 2007, de aquel Departamento.

Consta, igualmente, que el cambio de cargos en el patronato ha sido notificado, en cumplimento de lo establecido legalmente, al Protectorado.

Cuarto. Corresponde a la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia la resolución del presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 del Reglamento de organización y funcionamiento del mismo, aprobado por la citada disposición.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Alonso Picazo, formalizados en escritura pública otorgada el 25 de abril de 2006, ante la notario doña María Concepción Medina Achirica, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 854 de su protocolo.

Segundo. Inscribir a los patronos de la Fundación, con sus respectivos cargos, de acuerdo con la certificación que figura en la escritura núm. 819, de 21 de abril de 2006, otorgada ante la notario doña María Concepción Medina Achirica.

Tercero. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados y su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 4 de julio de 2007.- La Directora General, M.ª Luisa García Juárez.

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