Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 156 de 08/08/2007

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Consejería de Educación

Orden de 24 de julio de 2007, por la que se hacen públicas las listas del personal seleccionado en el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, y se le nombra con carácter provisional funcionario en prácticas.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

De conformidad con lo establecido en la base novena, apartado 5, de la Orden de 24 de marzo de 2007, por la que se convoca procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros (BOJA de 26 de marzo), se procede a la publicación de las listas del personal seleccionado, ordenado por la puntuación global obtenida.

La ponderación de las puntuaciones de la fase de oposición y concurso será de un 60% para la fase de oposición y de un 40% para la fase de concurso, resultando de la suma de ambas fases, una vez realizadas las ponderaciones mencionadas, la puntuación global.

A la vista de lo anterior, y en virtud de las competencias que le confiere el Decreto 242/2004, de 18 de mayo, de estructura orgánica de la Consejería de Educación (BOJA del 21), esta Consejería de Educación,

DISPONE

Primero. Hacer públicas, por especialidades, las listas del personal que ha superado el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, con indicación de la puntuación global obtenida, según Anexo I de la presente Orden.

Segundo. Nombrar, con carácter provisional, como personal funcionario en prácticas hasta su nombramiento como funcionario de carrera, a quienes figuran como Anexo I a la presente Orden.

Dicho personal realizará la fase de prácticas en los destinos provisionales que a tal efecto le sean adjudicado. Los citados destinos serán irrenunciables.

Tercero. Quedarán anuladas todas las actuaciones de quienes, dentro del plazo fijado en la base 10.2 de la citada Orden de 24 de marzo de 2007, no presenten la documentación exigida, o, del examen de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Quienes precisen aplazamiento de incorporación a la fase de prácticas por causas debidamente justificadas, deberán solicitarlo mediante escrito dirigido a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, acompañando los documentos justificativos, que concederá, si procede, el aplazamiento temporal de la fase de prácticas. En ningún caso se permitirá la incorporación a la misma después del 28 de febrero de 2008.

En caso de que por causas justificadas no se complete el período mínimo de cuatro meses, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos dictará resolución concediendo el aplazamiento total de la fase de prácticas para realizarla durante el curso 2008/2009.

Cuarto. La fecha en que comenzará a surtir efectos el nombramiento como personal funcionario en prácticas será el 1 de septiembre de 2007. En el caso de no incorporarse a los destinos que se les adjudiquen en los primeros cinco días hábiles del mes de septiembre, se entenderá que renuncian al procedimiento selectivo, salvo que se les hubiese concedido el aplazamiento de incorporación a la fase de prácticas y con excepción de los supuestos de fuerza mayor, debidamente acreditados.

Quinto. Quienes hayan superado el procedimiento selectivo por la citada Orden de 24 de marzo de 2007 y por la correspondiente a otra u otras Administraciones Educativas, deberán, en el plazo de diez días naturales contados a partir de la publicación en el BOJA de esta Orden, optar por una de ellas mediante escrito dirigido a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos, renunciando a todos los derechos que pudieran corresponderles por su participación en las restantes. De no realizar esta opción, la aceptación del primer nombramiento como personal funcionario en prácticas se entenderá como renuncia tácita a las restantes.

Sexto. El nombramiento del personal funcionario de carrera se efectuará con efectos del día 1 de septiembre del curso escolar siguiente a aquel en el que fueran nombrados funcionarios en prácticas.

Séptimo. Se faculta a la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos para adoptar cuantas medidas e instrucciones sean necesarias para el desarrollo de esta Orden.

Octavo. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo establecido en los artículos 107, 109, 110, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 24 de julio de 2007

Cándida Martínez López

Consejera de Educación

Descargar PDF