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De acuerdo con las Resoluciones de 3 de diciembre de 2004 y al amparo de la Orden de 2 de enero de 2004, se les concedía el plazo de tres meses, desde la finalización del plazo concedido para la realización de la actividad subvencionada, para justificar, sin que a la fecha se haya aportado la documentación pedida a la siguiente interesada:
Exp. 541-2004-29-000010.
Vela Nucete, M.ª Teresa.
Torre del Mar.
Por tanto, se le requiere para que en el plazo de 20 días aporte la documentación justificativa de la subvención.
Asimismo, se le advierte que transcurrido el plazo concedido sin atender este requerimiento, se entenderá incumplida la obligación de justificar los gastos, con las consecuencias previstas en la Ley General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en la Ley General Presupuestaria y en los artículos 25 y 26 de la Orden de 2 de enero de 2004.
Málaga, 25 de julio de 2007.- La Delegada, P.A. (Decre-
to 21/1985, de 5.2), el Secretario General, Antonio Collado Expósito.
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