Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 168 de 27/08/2007

2. Autoridades y personal2.2. Oposiciones y concursos

Universidades

Resolución de 22 de julio de 2007, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión de una plaza de Personal Laboral (Grupo II), en la categoría de Titulado de Grado Medio Apoyo a la Docencia e Investigación (SCAI-Servicio
Central de Apoyo a la Investigación) por el sistema de
acceso libre.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

En cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 27.10.2003), y con el fin de atender las necesidades del Personal de Servicios.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el 2.2.e), así como en los Estatutos de esta Universidad ya citados, ha resuelto convocar pruebas selectivas para proveer una plaza de Personal Laboral del Grupo II, en la categoría de Titulado de Grado Medio Apoyo a la Docencia e Investigación, con sujeción a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza, en régimen de Personal Laboral Fijo, con las siguientes características:

Plaza número: 184 S 06.

Categoría: Titulado de Grado Medio Apoyo a la Docencia e Investigación.

Departamento/Servicio: Servicio Central de Apoyo a la Investigación (SCAI).

Observaciones:

Perfil de la plaza: Identificación y catalogación de variedades de olivo por métodos moleculares mediante la aplicación de herramientas y estrategias genómicas.

1.2. La presente convocatoria se regirá por lo previsto en estas bases y anexos correspondientes y, en su defecto, por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades (LAU), Estatutos de la Universidad de Córdoba, promulgados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre (BOJA núm. 206, de 27 de octubre), el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía (BOJA núm. 36, de 23.2.2004), en el Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y en el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril).

1.3. En consideración a la naturaleza profesional y a las tareas a realizar por el personal a seleccionar, el sistema de selección será el de oposición, con arreglo a las pruebas y ejercicios que se especifican en el Anexo I.

1.4. El Programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo III.

1.5. Las pruebas selectivas se desarrollarán quedando garantizados, en todo caso, los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como el de publicidad.

1.6. La fecha, hora y lugar en que se realizará el primer ejercicio se fijará en la Resolución del Rectorado en que se apruebe la lista de admitidos y excluidos.

1.7. El orden de actuación de los aspirantes en las pruebas se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «B», de conformidad con lo previsto en la Resolución de 17 de enero de 2007, de la Secretaría General de la Administración Pública (BOE del 26).

1.8. Las funciones que, con carácter general, corresponden a la plaza en relación con la categoría y grupo que se convoca, así como la jornada de trabajo y horario de la misma, se ajustarán a lo que determine el Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

1.9. El desempeño de la plaza convocada quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 diciembre, en materia de incompatibilidades.

2. Requisitos de los aspirantes.

2.1. Para ser admitidos a las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser español o nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder la edad de jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos años, el acceso al empleo público.

e) Estar en posesión del Título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Título equivalente reconocido por el Ministerio de Educación y Ciencia. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación.

2.2. Los requisitos establecidos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la formalización del contrato.

3. Solicitudes.

3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en la solicitud que se adjunta como Anexo II. Las solicitudes, que se podrán retirar en el Rectorado de la Universidad (Conserjería), serán dirigidas al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba y presentadas en el Registro General de esta Universidad (Avda. Medina Azahara, s/n, C.P. 14071) y en el Registro Auxiliar del Campus de Rabanales (Edificio de Gobierno, Ctra. Madrid, km 14, C.P. 14071) o en la forma establecida en el art. 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado o en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

3.2. Los derechos de examen serán de 18 euros. Dicha cantidad deberá ser ingresada en la cuenta del Banco Santander Central Hispano, número 0049 2420 38 2014628248 a nombre de la Universidad de Córdoba. La falta de pago de estos derechos no es subsanable y determinará la exclusión del aspirante.

En ningún caso, la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud ante el órgano expresado en estas bases.

A la instancia se acompañará necesariamente:

a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los aspirantes extranjeros deberán presentar documento que acredite que es nacional de la Unión Europea o de algún Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. Los familiares de los anteriores deberán presentar una fotocopia compulsada de un documento que acredite esta condición. Todos los documentos deberán estar traducidos al español.

b) Justificante original de haber abonado los derechos de examen (18 €).

c) Fotocopia, firmada por el propio interesado, del documento que acredite la titulación exigida para participar en las pruebas selectivas y, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán presentar también la credencial que acredite su homologación.

d) Currículum vitae junto con los documentos acreditativos de los méritos alegados en el mismo, mediante fotocopias firmadas por el propio interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de Córdoba dictará Resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web de la Universidad, se indicará además el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio, así como la relación de aspirantes excluidos con mención expresa, en todo caso, de los apellidos, nombre, número de Documento Nacional de Identidad y motivo de la exclusión.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión u omisión.

4.3. En los supuestos de exclusión de los aspirantes por causas imputables a los interesados, no procederá la devolución de los derechos de examen.

4.4. Los errores de hecho, materiales o aritméticos, podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador de estas pruebas tendrá la composición prevista en el artículo 21 del IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía y se anunciará en la Resolución por la que se apruebe la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.3. Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal, con la asistencia, al menos, de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrará su sesión de constitución en el plazo máximo de treinta días a partir de su designación y mínimo de diez días antes de la realización del ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.4. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia del Presidente y del Secretario, o de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, de sus miembros.

5.5. Durante el desarrollo de las pruebas selectivas, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.6. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en las funciones de la plaza convocada. Los asesores se limitarán, sin voto, al ejercicio de sus especialidades técnicas, exclusivamente colaborando con el Tribunal.

5.7. A los efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal Calificador tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad de Córdoba, Avda. Medina Azahara, s/n. El Tribunal dispondrá que en esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.8. El Tribunal Calificador tendrá la categoría segunda de las recogidas en el Anexo V del Presupuesto de la Universidad de Córdoba para el año 2007.

5.9. En ningún caso el Tribunal Calificador podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Relación de aprobados y calificación final.

6.1 La relación de aprobados de cada uno de los ejercicios se publicará en el tablón de anuncios del Rectorado, en el local donde se haya celebrado cada uno de ellos, así como en la página web de la Universidad.

6.2 Finalizadas las pruebas, el Tribunal hará publica la calificación final de los aspirantes, por orden de puntuación total, en el tablón de anuncios del Rectorado y en la página web de la Universidad y elevará propuesta de contratación al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, sin que en ningún caso exceda la propuesta del número de plazas convocadas.

El Tribunal, igualmente, podrá hacer pública una relación complementaria en la que figure la puntuación obtenida por el resto de los aspirantes no seleccionados y, en el caso de que alguno de los aspirantes propuestos no llegase a formalizar el correspondiente contrato, se incluirá en la propuesta al aspirante que le siga en el orden de puntuación.

7. Presentación de documentos.

7.1. El aspirante que supere las presentes pruebas selectivas, presentará en el Registro General de la Universidad, dentro de los veinte días naturales siguientes a aquel en que se publique por el Tribunal la propuesta de adjudicación de la plaza, los siguientes documentos:

a) Fotocopia, debidamente compulsada, del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Número de Identidad Extranjero. En el supuesto de descendientes de españoles o de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea y de su cónyuge, contemplados en la base 2.1.a) deberán acreditar, además, el vínculo de parentesco y, en su caso, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del español o nacional de la Unión Europea con el que tengan dicho vínculo.

b) Fotocopia, debidamente compulsada, del Título Académico Oficial exigido en la base 2.1.e) o de la justificación acreditativa de haber solicitado y abonado los correspondientes derechos de expedición del mismo.

c) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públicas mediante sentencia penal firme.

Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea que no ostenten la nacionalidad española habrán de acreditar, mediante documento suficiente, debidamente traducido al castellano, no estar sometido a sanción disciplinaria o condena legal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública.

d) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni limitaciones físicas que le imposibiliten para el ejercicio de las funciones de la plaza convocada, expedido por el facultativo de la Seguridad Social que le corresponda al interesado.

7.2. Quienes tuvieran la condición de empleado público estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados para obtener su anterior empleo, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependan para acreditar tal condición.

7.3. Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la referida documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud de participación.

8. Formalización de los contratos.

8.1. El Órgano competente procederá a la formalización de los contratos, momento hasta el cual el aspirante no tendrá derecho a percepción económica alguna.

8.2. En el contrato que se suscriba se fijará el periodo de prueba que determine el Convenio Colectivo y tendrá los efectos que el ordenamiento jurídico laboral dispone.

8.3. El contrato, una vez formalizado, se inscribirá en el Registro Central de Personal.

9. Normas finales.

9.1. La convocatoria y sus bases, así como cuantos actos administrativos se deriven de aquella y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados en el plazo y forma establecidos en la Ley de 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

9.2. Transcurrido 1 año sin que se hubiera interpuesto recurso alguno, la Administración procederá a la devolución de la documentación a los interesados que lo hayan solicitado, procediéndose a la destrucción de la restante.

9.3. Los datos personales recogidos en la solicitud de participación a la presente convocatoria serán incorporados a la base de datos de la Universidad de Córdoba para la gestión interna de la relación empresa-empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por Ley.

Asimismo, salvo que manifieste por escrito su disconformidad, podrán ser cedidos a otros Servicios de la Universidad para el desarrollo de las funciones propias de los mismos y prestación de servicios a la Comunidad Universitaria.

De acuerdo con la Ley Orgánica 15/1999, los interesados tienen derecho en cualquier momento a ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose mediante carta certificada, adjuntando fotocopia de sus DNI, a la siguiente dirección: Secretaría General de la Universidad de Córdoba, Avda. Medina Azahara, s/n, Córdoba (14071).

Córdoba, 22 de julio de 2007. El Rector, José Manuel
Roldán Nogueras.

ANEXO I

EJERCICIOS A REALIZAR POR LOS ASPIRANTES
Y CALIFICACIÓN

La fase de oposición constará de tres ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de 80 preguntas con tres respuestas posibles, siendo sólo una de ellas la correcta, basado en el contenido de los programas común y específico, que se relacionan en el Anexo III. El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos. Las respuestas erróneas se valorarán negativamente con un tercio del valor de la pregunta.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de dos supuestos prácticos relacionados con los contenidos del temario específico del Anexo III, debiendo anunciar el Tribunal, al inicio del ejercicio, el tiempo de que se dispone para su realización, no siendo, en ningún caso, inferior a 30 minutos.

Tercer ejercicio: Los aspirantes que hayan superado los anteriores ejercicios serán convocados a la defensa del currículum aportado sin sujeción a tiempo, con los miembros del Tribunal.

Los ejercicios serán valorados de la siguiente forma:

Primer ejercicio: De 0 a 10 puntos, quedando eliminados los aspirantes que no obtuvieran 5 puntos como mínimo.

Segundo ejercicio: De 0 a 5 puntos, cada uno de los supuestos prácticos, quedando eliminados los aspirantes que no alcancen la puntuación, al menos, de 2,5 puntos en cada uno de ellos. La calificación global de este ejercicio será la suma de la calificación de los dos supuestos.

Tercer ejercicio: Será calificado de 0 a 5 puntos, no siendo eliminatorio.

El Tribunal queda facultado para la determinación de nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones en los ejercicios, de conformidad con el sistema de valoración que acuerde en cada ejercicio.

Calificación final: La calificación final de los aspirantes será la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios. El número de aprobados, por orden de calificación final, no podrá ser superior al número de plazas convocadas. En caso de renuncia o de imposibilidad de formalización del contrato de alguno de los aprobados, se seleccionará al aspirante siguiente.

ANEXO II

MODELO DE SOLICITUD

Don/doña…………………………………..........…………con
DNI/Pasaporte ………………………, de estado civil ….....………….,
nacido/a el ………………………. en ………………………., provin-
cia de .…......…………, con domicilio en ………………………………,
número ………. código postal ……………, localidad …………........…, provincia ………………. y teléfono ……………………., solicita la participación en las pruebas selectivas convocadas por la Universidad de Córdoba en el «Boletín Oficial de ............» del día ………………………. para acceso a la plaza del Grupo II de su plantilla laboral con la categoría de Titulado de Grado Medio de SCAI.

El/la abajo firmante ha abonado los derechos de examen correspondientes y declara bajo su responsabilidad reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, cuyos documentos originales o fotocopias firmadas adjunta. Asimismo, declara ser ciertos los datos expuestos en esta instancia.

Córdoba, ……… de …………………………. de 200…..

El/la Solicitante,

Fdo.: ……………………………………

EXCMO. SR. RECTOR MAGFCO. DE LA UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA

ANEXO III

PROGRAMA

A) PARTE COMÚN:

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

Tema 2. Los Estatutos de la Universidad de Córdoba: Naturaleza, fines, competencias y estructura general de la Universidad de Córdoba.

Tema 3. Los Estatutos de la Universidad de Córdoba: Órganos de Gobierno de la Universidad de Córdoba: Naturaleza, composición y funciones.

Tema 4. Los Estatutos de la Universidad de Córdoba: Especial referencia al Personal de Administración y Servicios. Incompatibilidad del personal al servicio de las Administraciones Públicas: Ley 53/1984, de 26 de diciembre. El IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

Tema 5. El Estatuto de los Trabajadores. Derechos y deberes laborales básicos. Derechos y deberes derivados del contrato. Participación de los trabajadores en la Empresa: Órganos de representación. El derecho de reunión.

Tema 6. Ley Orgánica de Libertad Sindical (11/85, de 2 de agosto).

Tema 7. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.

B) PARTE ESPECÍFICA:

Tema 1. Introducción: Localización botánica del olivo. Sistema reproductivo de la especie. Origen del cultivo de olivo. Origen y difusión de las variedades cultivadas. Definición de variedad cultivada. Denominaciones de las variedades de olivo.

Tema 2. Recursos genéticos en olivo: Diversidad genética en olivo. Importancia de la conservación de recursos genéticos en olivo. Etapas y métodos para la conservación de los recursos genéticos en olivo.

Tema 3. Bancos de Germoplasma de Olivo: Establecimiento de un Banco. Terminología utilizada. Etapas establecidas para su manejo. El Banco de Córdoba. Métodos de identificación utilizados. Gestión de la Base de Datos.

Tema 4. Identificación de variedades del olivo con marcadores moleculares: Antecedentes. Ventajas, limitaciones y utilidad de los métodos morfológicos en olivo. Tipo de marcadores moleculares utilizados en la identificación varietal en olivo. Criterios de selección del tipo de marcador a utilizar en estudios de identificación. Estudios de identificación varietal realizados en olivo con marcadores moleculares.

Tema 5. Secuenciación automática para la identificación de nuevos marcadores moleculares en olivo: Métodos de secuenciación de ADN, secuenciación química y enzimática. Principios de la secuenciación didesoxi automática de ADN. Secuenciación automática capilar. Tipo de instrumentación. Manejo (Data Cellection v3.0) y Mantenimiento. Preparación de muestras para secuenciación automática. Diseño de oligonucleótidos para secuenciación. Reacciones de secuenciación: químicas disponibles, puesta a punto para diferentes moldes a secuencial. Soluciones a problemas en secuencias complicadas. Resultados en secuenciación de ADN: Análisis y evaluación de dados de secuencia (Sequencing Anaysis v 5.2 Chromas, etc…), solución a problemas en secuencias conflictivas y bases de datos.

Tema 6. Amplificación de secuencias microsatélites de ADN del olivo mediante PCR: Fundamentos de la técnica. Diseño de oligos. Optimización de los parámetros. Variantes de la PCR y estrategias de amplificación. Detección de productos de PCR: métodos de visualización.

Tema 7. Estudios de paternidad mediante microsatélites. Sistemas de detección fluorescente: marcaje de oligos, matrices y filtros. Preparación y análisis de muestras. Tipificación de variantes alélicas de los microsatélites de olivo: GeneScan v3.7, Genotyper v 3.7, GeneMapper v 4.0.

Tema 8. Identificación de SNPs en secuencias genómicas. Concepto. Métodos de identificación (SnaPshot, sondas Taq-Man, etc…) y plataformas de análisis. Análisis de datos. Aplicaciones.

Tema 9. Estudios de genómica del olivo mediante microarrays de ADN: Fundamentos de la técnica. Metodología de trabajo: diseño experimental, técnicas de impresión, tipos de «slides». Hibridación y lavado. Escaneado y análisis de datos. Aplicaciones.

Descargar PDF