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El art. 13 del Decreto 241/2004, de 18 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, atribuye a esta Dirección Gerencia las competencias genéricas en materia de contratación administrativa, entre las que se incluyen las relativas al establecimiento de Convenios de Colaboración con otras Instituciones.
No obstante, el art. 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, permite la delegación del ejercicio de determinadas competencias en otros órganos, cuando razones de oportunidad o conveniencia así lo aconsejen.
Siendo conscientes de la necesidad de la formación técnica del alumnado, está prevista la cooperación entre el Centro Municipal de Formación Integral de Pilas y el Distrito de Atención Primaria Aljarafe para la realización de prácticas en el Centro de Salud de Pilas.
En virtud de lo expuesto,
RESUELVO
Delegar en el titular de la Dirección Gerencia del Distrito de Atención Primaria Aljarafe, de la provincia de Sevilla, el ejercicio de las competencias necesarias para suscribir Acuerdo de Colaboración con el Centro Municipal de Formación Integral de Pilas para la realización de prácticas formativas del alumnado del Taller de Empleo «Ayuda Social» con núm. de expediente SE/TE/00054/2006.
En los acuerdos que se adopten en virtud de esta delegación deberá hacerse constar la oportuna referencia a esta Resolución.
Sevilla, 9 de agosto de 2007.- El Director Gerente, P.S. (Orden de 27.6.2007), el Director General de Asistencia Sanitaria, Joaquín Carmona Díaz-Velarde.
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