Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 176 de 06/09/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 30 de julio de 2007, por la que se autoriza a impartir ciclos formativos de Formación Profesional específica en la modalidad a distancia al Centro docente privado «Santa María de los Ángeles», de Málaga.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vista la solicitud de autorización de doña M.ª de la Cruz Martínez Parra, como Presidenta de la entidad Escuela de Formación Profesional Santa María de los Ángeles, titular del Centro docente privado «Santa María de los Ángeles», de Málaga, con domicilio en Plaza Pío XII, núm. 2, para impartir ciclo formativo de Formación Profesional Específica en la modalidad a distancia, realizada según lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 20 de julio de 2006, por la que se regula la implantación y organización de la Formación Profesional Específica en la modalidad a distancia (BOJA núm. 175, de 8 de septiembre).

Considerando que el Centro docente privado «Santa María de los Ángeles», de Málaga, por Orden de 27 de junio
de 2005 (BOJA núm. 142, de 22 de julio), tiene autorización definitiva para impartir, entre otros, el ciclo formativo de Administración y Finanzas.

Teniendo en cuenta que la metodología de estas enseñanzas y los materiales didácticos utilizados deberán atender a la utilización de las tecnologías de la información y de la comunicación y los recursos que proporciona internet, según establecen los artículos 21.1 y 22.4 de la citada Orden de 20 de julio de 2006.

Considerando que la solicitud de autorización cumple las condiciones generales establecidas en el artículo 3 de la Orden de 20 de julio de 2006, esta Consejería de Educación ha dispuesto:

Primero. Autorizar al Centro docente privado «Santa María de los Ángeles», de Málaga, con código núm. 29012088, la impartición de los módulos profesionales correspondientes al primer curso del ciclo formativo de Administración y Finanzas en la modalidad a distancia.

Segundo. El número de puestos escolares será de 80.

Tercero. La autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2007/2008.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los arts. 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los arts. 107.1, 116 y 117 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 30 de julio de 2007

cándida martínez lópez

Consejera de Educación

Descargar PDF