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NIG: 2906742C20060018689.
Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 898/2006. Negociado: AM.
Sobre: Resolución contrato de arrendamiento.
De: Doña María Rodríguez Jiménez.
Procurador: Sr. Carlos Buxo Narváez.
Letrada: Sra. Juana Palomares González.
Contra: Don Francisco Penzo.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Verbal-Desh. F. Pago (N) 898/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Málaga a instancia de María Rodríguez Jiménez contra Francisco Penzo sobre resolución contrato de arrendamiento, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA Núm. 141
En Málaga, a dieciocho de julio de dos mil siete.
El Sr. don Juan de Dios Anguita Cañada, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Málaga y su partido, habiendo visto los presentes autos de Verbal-Desh. F. Pago (N) 898/06 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante doña María Rodríguez Jiménez con Procurador don Carlos Buxo Narváez y Letrada doña Juana Palomares González; y de otra como demandado don Francisco Penzo, sobre desahucio
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales don Carlos Buxo Narváez, en nombre y representación de doña María Rodríguez Jiménez, asistida por la Letrada doña Juana Palomares González, contra don Francisco Penzo, en rebeldía procesal, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento con relación al local sito en Málaga, C/ Manuel Altolaguirre, núm. 30, bajo, local 2, debo condenar y condeno a la parte demandada a que, dentro del plazo legal, desaloje y deje libre a disposición de la actora la meritada finca bajo apercibimiento de que si así no lo hiciere se producirá el lanzamiento y a su costa, imponiéndose las costas causadas a la parte demandada.
Así por esta mi sentencia contra la que es susceptible de interponer recurso de apelación en los términos de la Ley 1/2000, de 7 de enero, siempre que se abonen por la parte demandada las rentas que se generen, lo pronuncio, mando y firmo.
E/
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Francisco Penzo, extiendo y firmo la presente en Málaga, a diecinueve de julio de dos mil siete.- El/La Secretario.
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