Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 19/09/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 6 de septiembre de 2007, de la Delegación del Gobierno de Sevilla, por la que se conceden subvenciones, en materia de consumo, a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía, para la realización de actividades concertadas en el marco de convenios suscritos con las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma, según la Orden de convocatoria que se cita.

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ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 16 de enero de 2007 se publicó en BOJA núm. 11 la Resolución de 27 de diciembre de 2006, de la Dirección General de Consumo, por la que se efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en materia de consumo, a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía que realicen actividades concertadas en el marco de convenios suscritos con las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma con sujeción a las bases reguladoras establecidas por Orden de la Consejería de Gobernación de 22 de marzo de 2005.

Segundo. Dentro del plazo establecido en el art. 5.6 de la Orden de 22 de marzo, las Asociaciones de Consumidores y Usuarios: Unión de Consumidores y Usuarios de Sevilla (UCA-UCE), Asociación de Consumidores y Usuarios de Sevilla-
FACUA, y la Asociación de Consumidores y Amas de Casa Hispalis (Al Andalus) solicitan la concesión de subvenciones, de conformidad con la citada Orden, con el objeto de financiar la realización de actividades en el marco de convenios suscritos con las Entidades Locales de Andalucía.

Tercero. En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de fecha 12 de marzo de 2007 se publica la Resolución de esta Delegación del Gobierno, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de errores en las solicitudes presentadas.

Cuarto. En fecha 19 de junio de 2007, y en orden a lo establecido en el artículo 24 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicó la Resolución de 31 de mayo de 2007 de esta Delegación del Gobierno por la que se hace pública la propuesta de la Jefatura del Servicio de Consumo en la que se propone la concesión de subvenciones a las diferentes Asociaciones de Consumidores solicitan-
tes. Ninguna de las Asociaciones de Consumidores solicitantes
presenta alegaciones en el plazo establecido en dicha Resolución.

Quinto. En el expediente obra la documentación requerida por el artículo 5.2 de la Orden.

ANTEDEDENTES DE DERECHO

Primero. El artículo 11 del Decreto del Consejo de Gobierno 199/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación, establece que las competencias en materia de consumo son asumidas por la Consejería de Gobernación a través de la Dirección General de Consumo.

Segundo. La Resolución de convocatoria, en relación con los artículos 7 y 10.1 de la Orden que establece las bases reguladoras de la convocatoria, prevé que la competencia para conocer y resolver el presente expediente corresponde al Delegado del Gobierno, por delegación de la Consejera de Gobernación.

Tercero. El artículo 9 de la citada Orden reguladora, en relación con lo dispuesto en los artículos 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 9.2.e) del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento que regula los procedimientos para la concesión y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, regula que tratándose de un procedimiento de concurrencia, los actos de instrucción deberán publicarse en el tablón de anuncios de la Delegación del Gobierno, y simultáneamente un extracto de su contenido en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Cuarto. El art. 4 de la citada orden de 22 de marzo de 2005 establece que podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Asociaciones de Consumidores y Usuarios de ámbito provincial, integradas en Federaciones cuyo ámbito de actuación abarque las ocho provincias y que realicen las actividades que constituyen los conceptos subvencionables a que se refiere el art. 3 de la misma, y en concreto la financiación de convenios de colaboración entre dichas Asociaciones y las Entidades Locales de Andalucía, y que además a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, tanto dichas Asociaciones como sus respectivas Federaciones se encuentren inscritas en el Registro Público de Asociaciones de Consumidores y Usuarios de Andalucía, sito en la Dirección General de Consumo.

Vistas las solicitudes presentadas, documentación y evaluado el expediente conforme a los artículos 7 y 8 de las bases reguladoras, así como las citadas disposiciones legales y demás de general y pertinente aplicación, esta Delegación del Gobierno

RESUELVE

Primero. Conceder a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios solicitantes las subvenciones que se especifican en Anexo I adjunto y asimismo denegar las solicitudes relacionadas por las causas que se especifican asimismo en Anexo II.

Segundo. El pago de las subvenciones concedidas se realizará mediante pagos en firme de justificación diferida, por transferencia bancaria a la cuenta indicada por los beneficiarios en su solicitud. Cuando la cuantía a abonar sea igual o inferior a seis mil cincuenta (6.050) euros, se efectuará en un solo pago por el importe total.

Tercero. La justificación, que habrá de reflejar el gasto total de la actividad subvencionada conforme al presupuesto aceptado por la Administración, deberá realizarse en los términos establecidos en el artículo 14 de la citada Orden de 22 de marzo de 2005.

La documentación justificativa que se establece deberá aportarse en el plazo de tres meses desde el cobro efectivo de la cuantía concedida.

Cuarto. Son obligaciones del beneficiario de la subvención realizar la actividad subvencionada en la forma prevista, hasta el 31 de diciembre de 2006, y además todas las que se establecen en el artículo 15 de la Orden de 22 de marzo de 2005.

Notificar a esta Delegación, con una antelación mínima de cinco días hábiles, la fecha, hora y lugar de realización de las actividades objeto de subvención.

La asociación beneficiaria queda obligada a comunicar a la Delegación del Gobierno de Sevilla la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración, ente o persona física o jurídica, pública o privada de cualquier ámbito nacional o internacional, tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos, así como toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención.

Quinto. En caso de producirse algunas de las circunstancias indicadas en los apartados 1 y 2 del artículo 18 de las bases reguladoras, procederá el reintegro de las cantidades percibidas en los términos establecidos en el mismo artículo.

Sexto. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de una subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión, siendo competente para resolver dichas incidencias la Delegación del Gobierno que, asimismo, resolverá los expedientes de pérdida de la subvención concedida por incumplimiento de sus condiciones y, si procede, los de reintegros que se deriven de los anteriores, por delegación
de la Consejera.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Gobernación en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción 
Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 6 de septiembre de 2007.- El Delegado del 
Gobierno, Demetrio Pérez Carretero.

ANEXO I
ASOCIACIÓN: ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS EN ACCIÓN DE SEVILLA- FACUA
Nº EXPEDIENTE ENTIDAD LOCAL ACTIVIDAD Subvención concedida Aportación Entidad Total a
justificar
Importe % Importe %
CSM/07CV-F01 Alanís Formación 578,7300 31,41 0,00 578,73
CSM/07CV-F02 Algaba (La) Formación 1.350,3700 81,43 184,25 12,01 1534,62
CSM/07CV-F03 Aznalcázar Formación 964,5500 52,35 0,00 964,55
CSM/07CV-F04 Aznalcóllar Asesoramiento y Formación 1.543,2800 44,28 0,00 1543,28
CSM/07CV-F05 Badolatosa Asesoramiento y Formación 1.543,2800 59,60 0,00 1543,28
CSM/07CV-F06 Cabezas (Las) Formación 1.543,2800 93,07 184,25 10,67 1727,53
CSM/07CV-F07 Campana (La) Formación 1.350,3700 73,29 0,00 1350,37
CSM/07CV-F08 Carmona* Formación 1.350,3700 81,43 184,25 12,01 1534,62
CSM/07CV-F09 Casariche Formación 964,5500 52,35 0,00 964,55
CSM/07CV-F10 Castilblanco de los Arroyos Asesoramiento y Formación 1.736,1900 57,80 333,75 16,12 2069,94
CSM/07CV-F11 Castillo de las Guardas (El) Asesoramiento y Formación 1.350,3700 57,94 258,95 16,09 1609,32
CSM/07CV-F12 Cazalla de la Sierra Formación 964,5500 52,35 0,00 964,55
CSM/07CV-F13 Coronil (El) Asesoramiento y Formación 1.350,3700 49,78 0,00 1350,37
CSM/07CV-F14 Dos Hermanas Formación 1.157,4600 69,80 184,25 13,73 1341,71
CSM/07CV-F15 Fuentes de Andalucía Formación 1.658,2500 100,00 184,25 10,00 1842,50
CSM/07CV-F16 Garrobo (El) Asesoramiento y Formación 1.929,1000 82,77 258,95 11,83 2188,05
CSM/07CV-F17 Guillena Asesoramiento y Formación 1.543,2800 38,58 444,45 22,36 1987,73
CSM/07CV-F18 Herrera Asesoramiento y Formación 1.736,1900 44,19 436,55 20,09 2172,74
CSM/07CV-F19 Lantejuela (La) Asesoramiento y Formación 1.543,2800 46,93 0,00 1543,28
CSM/07CV-F20 Lebrija Formación 1.157,4600 69,80 165,83 12,53 1323,29
CSM/07CV-F21 Mairena del aljarafe Formación 1.157,4600 69,80 184,25 13,73 1341,71
CSM/07CV-F22 Marchena Formación 1.350,3700 81,43 184,25 12,01 1534,62
CSM/07CV-F23 Marinaleda Asesoramiento y Formación 1.157,4600 49,66 258,95 18,28 1416,41
CSM/07CV-F24 Molares (Los) Asesoramiento y Formación 1.929,1000 82,77 258,95 11,83 2188,05
CSM/07CV-F25 Moron de la Frontera Formación 1.350,3700 81,43 184,25 12,01 1534,62
CSM/07CV-F26 Navas de la Concepción Asesoramiento y Formación 1.543,2800 63,22 0,00 1543,28
CSM/07CV-F27 Osuna Formación 1.543,2800 93,07 184,25 10,67 1727,53
CSM/07CV-F28 Paradas Formación 964,5500 52,35 0,00 964,55
CSM/07CV-F29 Pedrera Asesoramiento y Formación 1.736,1900 58,34 330,65 16,00 2066,84
CSM/07CV-F30 Pruna Asesoramiento y Formación 964,5500 39,51 271,25 21,95 1235,80
CSM/07CV-F31 San Juan de Aznalfarache Formación 1.350,3700 81,43 184,25 12,01 1534,62
CSM/07CV-F32 Santiponce Formación 1.658,2500 100,00 184,23 10,00 1842,48
CSM/07CV-F33 Utrera Formación 771,6400 41,88 184,25 19,28 955,89
CSM/07CV-F34 Villamanrique de la Condesa Asesoramiento y Formación 1.350,3700 46,73 321,05 19,21 1671,42
ASOCIACIÓN: ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS HISPALIS
Nº EXPEDIENTE ENTIDAD LOCAL ACTIVIDAD Subvención concedida Aportación Entidad Total a
justificar
Importe % Importe %
CSM/07CV-H01 Bollullos de la Mitación Asesoramiento y Formación 1.929,1000 38,58 0,00 0,00 1929,10
CSM/07CV-H02 Bormujos Asesoramiento y Formación 1.929,1000 38,58 2600,00 57,41 4529,10
CSM/07CV-H03 Gines Asesoramiento y Formación 1.929,1000 30,14 0,00 0,00 1929,10
CSM/07CV-H06 Palomares del Río Asesoramiento y Formación 1.929,1000 35,72 0,00 0,00 1929,10
CSM/07CV-H04 Tomares Asesoramiento y Formación 2.471,0100 49,42 3000,00 54,83 5471,01
CSM/07CV-H05 Villanueva del Río y Minas Asesoramiento y Formación 1.929,1000 38,58 0,00 0,00 1929,10
ASOCIACIÓN: ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS UCA-UCE
Nº EXPEDIENTE ENTIDAD LOCAL ACTIVIDAD Subvención concedida Aportación Entidad Total a
justificar
Importe % Importe %
CSM/07CV-U40 Alanís Formación 1.157,4600 37,94 0,00 0,00 1157,46
CSM/07CV-U01 Alcolea del Río Formación 1.061,0000 44,21 0,00 0,00 1061,00
CSM/07CV-U02 Arahal Formación 1.253,9100 49,32 0,00 0,00 1253,91
CSM/07CV-U03 Brenes Formación 1.446,8300 63,43 300,00 17,17 1746,83
CSM/07CV-U04 Campana (La) Formación 1.446,8300 55,71 0,00 0,00 1446,83
CSM/07CV-U05 Cañada Rosal Formación 1.253,9100 54,16 100,00 7,39 1353,91
CSM/07CV-U06 Carrión de los Céspedes Formación 1.061,0000 49,86 0,00 0,00 1061,00
CSM/07CV-U07 Casariche Formación 1.061,0000 44,00 0,00 0,00 1061,00
CSM/07CV-U08 Castilleja del Campo Formación 1.061,0000 53,27 0,00 0,00 1061,00
CSM/07CV-U09 Cazalla de la Sierra Formación 1.061,0000 37,81 0,00 0,00 1061,00
CSM/07CV-U10 Constantina Formación 1.061,0000 37,56 0,00 0,00 1061,00
CSM/07CV-U11 Cuervo de Sevilla (El) Formación 1.639,7300 70,63 100,00 5,75 1739,73
CSM/07CV-U12 Dos Hermanas Formación 1.061,0000 40,19 263,98 19,92 1324,98
CSM/07CV-U13 Ecija Formación 868,1000 34,43 0,00 0,00 868,10
CSM/07CV-U14 El Ronquillo Formación 1.061,0000 43,96 0,00 0,00 1061,00
CSM/07CV-U15 Espartinas Formación 1.061,0000 57,82 0,00 0,00 1061,00
CSM/07CV-U16 Fuentes de Andalucia Formación 1.446,8300 57,11 0,00 0,00 1446,83
CSM/07CV-U17 Gelves Formación 1.253,9100 68,00 200,00 13,76 1453,91
CSM/07CV-U18 Gilena Formación 1.061,0000 40,27 0,00 0,00 1061,00
CSM/07CV-U19 Guadalcanal Formación 1.639,7300 71,88 0,00 0,00 1639,73
CSM/07CV-U20 Isla Mayor Formación 1.446,8300 68,19 0,00 0,00 1446,83
CSM/07CV-U21 Isla Redonda-La Aceñuela Formación 1.061,0000 44,24 0,00 0,00 1061,00
CSM/07CV-U22 Lebrija Formación 1.253,9100 50,52 248,19 16,52 1502,10
CSM/07CV-U23 Luisiana (La) Formación 868,1000 31,65 0,00 0,00 868,10
CSM/07CV-U24 Mairena del Alcor Formación 1.639,7300 80,89 300,00 15,47 1939,73
CSM/07CV-U25 Mairena del aljarafe Formación 1.061,0000 58,17 100,00 8,61 1161,00
CSM/07CV-U26 Montellano Formación 1.639,7300 59,84 0,00 0,00 1639,73
CSM/07CV-U27 Osuna Formación 1.446,8300 62,35 185,00 11,34 1631,83
CSM/07CV-U28 Palacios y Villafranca (Los) Formación 868,1000 41,47 0,00 0,00 868,10
CSM/07CV-U29 Peñaflor Formación 1.253,9100 51,78 300,00 19,31 1553,91
CSM/07CV-U30 Pilas Formación 1.253,9100 60,67 30,00 2,34 1283,91
CSM/07CV-U31 Puebla de Cazalla (La) Formación 1.253,9100 49,14 0,00 0,00 1253,91
CSM/07CV-U32 Puebla de los Infantes Formación 1.061,0000 39,66 0,00 0,00 1061,00
CSM/07CV-U33 Rinconada (La) Formación 1.253,9100 85,88 720,00 36,48 1973,91
CSM/07CV-U34 Roda de Andalucía (La) Formación 1.061,0000 49,08 0,00 0,00 1061,00
CSM/07CV-U35 San Juan de Aznalfarache Formación 1.253,9100 70,52 184,25 12,81 1438,16
CSM/07CV-U36 San Nicolás del Puerto Formación 1.639,7300 56,13 0,00 0,00 1639,73
CSM/07CV-U37 Tocina Formación 1.446,8300 66,32 0,00 0,00 1446,83
CSM/07CV-U38 Utrera Formación 868,1000 32,91 0,00 0,00 868,10
CSM/07CV-U39 Villaverde del Río Formación 1.446,8300 57,63 0,00 0,00 1446,83
ANEXO II: EXCLUSIONES
ASOCIACIÓN: ASOCIACIÓN DE CONSUMIDORES Y USUARIOS EN ACCIÓN DE SEVILLA-FACUA
NÚM. EXPEDIENTE ENTIDAD LOCAL MOTIVO EXCLUSIÓN
CSM/07CV-F35 Alcalá del Río NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-F36 Benacazón NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-F37 Gerena NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-F38 Pedroso (El) NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-F39 Puebla del Río (La) NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-F40 Umbrete NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-F41 Villaverde del Río NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-F42 Camas EXCLUIDO ART.5.2.2
ASOCIACION: ASOCIACION DE CONSUMIDORES Y USUARIOS UCA- UCE
NÚM. EXPEDIENTE ENTIDAD LOCAL MOTIVO EXCLUSIÓN
C/07CV-U40 Albaida del Aljarafe NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-U41 Alcalá de Guadaíra NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-U42 Almadén de la Plata NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-U43 Camas NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-U44 Castilleja de Guzmán NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-U45 Coria del Río NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-U46 Lora del Río NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-U47 Navas de la Concepción (Las) NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-U48 Olivares NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-U49 Real de la Jara (El) NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-U50 Salteras NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-U51 Saucejo (El) NO SUBSANACIÓN
CSM/07CV-U52 Burguillos EXCLUIDO ART. 5.2.2
CSM/07CV-U53 Cantillana EXCLUIDO ART.5.2.2
CSM/07CV-U54 Estepa EXCLUIDO ART.5.2.2
CSM/07CV-U55 Sanlúcar la Mayor EXCLUIDO ART. 5.2.2
CSM/07CV-U56 Viso del Alcor (El) EXCLUIDO ART. 5.2.2
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