Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 185 de 19/09/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Resolución de 31 de julio de 2007, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se hace público el Acuerdo de 30 de julio de 2007, del Servicio de Coo-
peración Económica y Desarrollo Tecnológico de esta Delegación Provincial, por el que se delega la competencia de expedir y autorizar copias de documentos en el personal funcionario que se cita.

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El Decreto 90/1993, de 13 de julio, por el que asignan diversas funciones a determinados órganos administrativos de la Junta de Andalucía establece, en su artículo 4, que son funciones de las Secciones u órganos asimilados la expedición y autorización de copias de documentos públicos o privados obrantes en los expedientes que se encuentren tramitándose en dichos órganos.

Por otra parte se establece en la misma disposición que los Servicios tendrán entre sus funciones las que no estén expresamente atribuidas a órganos inferiores. En la actualidad no existe en el Servicio de Cooperación Económica y Desarrollo Tecnológico de esta Delegación Provincial ninguna sección u órgano asimilado que tramite determinados expedientes, con lo que dicha competencia estaría atribuida al propio Servicio.

Por razones técnicas, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

Por cuanto antecede, esta Delegación Provincial de Málaga

RESUELVE

Hacer público el Acuerdo de 30 de julio de 2007, del
Servicio de Cooperación Económica y Desarrollo Tecnológico de esta Delegación Provincial, por el que se delega la competencia de expedir y autorizar copias en el personal que se cita, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

Málaga, 31 de julio de 2007.- La Delegada, María Gámez Gámez.

ANEXO QUE SE CITA

Acuerdo de 30 de julio de 2007, del Servicio de Cooperación Económica y Desarrollo Tecnológico de la Delegación Provincial de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa en Málaga, por el que se delega la competencia de expedir y autorizar
copias en el personal funcionario que se cita

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, reconoce, en sus artículos 35.c) y 46, respectivamente, por una parte el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que se presenten, aportándola junto con los originales, así como la devolución de éstos, salvo cuando los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El Decreto 90/1993, de 13 de julio, establece, en su artículo 4, que son funciones de las Secciones u órganos asimilados la expedición y autorización de copias de documentos públicos o privados obrantes en los expedientes que se encuentren tramitándose en dichos órganos.

Por otra parte se establece en la misma disposición que los Servicios tendrán entre sus funciones las que no estén expresamente atribuidas a órganos inferiores. En la actualidad no existe en el Servicio de Cooperación Económica y Desarrollo Tecnológico de esta Delegación Provincial ninguna sección u órgano asimilado que tramite determinados expedientes, con lo que dicha competencia estaría atribuida al propio Servicio.

Por razones técnicas, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

La presente delegación de competencias se realiza en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 47 de la Ley del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma.

Por todo ello,

ACUERDO

Primero. La competencia de la expedición y autorización de copias autenticadas de documentos, privados y públicos, obrantes en los expedientes que se tramitan en este Servicio, cuando ésta no corresponda a ninguna Sección ni órgano asimilado, atribuida a la Jefatura del Servicio, a tenor de lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto 90/1993, de 15 de julio, por el que asignan diversas funciones a determinados órganos administrativos de la Junta de Andalucía, queda delegada en los funcionarios que desempeñan los puestos que a continuación se citan, que presten servicio dentro de este Servicio:

Código 9064110, Titulado Superior.

Código 9064710, Titulado Superior.

Código 8302110, Negociado de Gestión.

Segundo. De conformidad con lo establecido en el ar-
tículo 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Tercero. En las copias que se expidan en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Málaga, 30 de julio de 2007.- El Jefe de Servicio de Cooperación Económica y Desarrollo Tecnológico, Fernando Acuña Cáceres.

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