Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 19 de 25/01/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Orden de 5 de diciembre de 2006, por la que se encarga el desarrollo del sistema de calidad para los Centros de Internamiento de Reforma Juvenil.

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Según lo dispuesto por el artículo 2 del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, compete a este Organismo la ejecución de las medidas adoptadas por los Juzgados, Tribunales y Fiscalías radicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en aplicación de la legislación sobre responsabilidad penal de los menores.

El pleno del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada los días 31 de mayo y 1 de junio de 2006 aprobó la Proposición no de Ley 7-06/PNLP-000049, relativa a acreditación de la calidad de los centros de internamiento, en la que insta al Consejo de Gobierno a:

1. Diseñar un sistema de evaluación de la calidad de los centros de internamiento que defina criterios y estándares que permitan la evaluación de la calidad prestada en esos centros

2. Que en dicho diseño se tenga en cuenta la participación y las expectativas de los grupos de interés en la materia en cuanto a un servicio de calidad.

3. Que dicho sistema se recoja en una disposición normativa de autorización y acreditación de calidad de los centros de internamiento que regule la garantía de calidad a extender en los mismos.

4. La elaboración del Sistema de acreditación de Calidad deberá diseñarse favoreciendo la participación social, teniendo en cuenta la opinión de entidades y colectivos interesados, tales como: Jueces y Fiscales de menores, abogados, profesionales de los Centros de Reforma Juvenil, menores y jóvenes que estén cumpliendo medidas judiciales, familias, representantes sindicales de los trabajadores, Defensor del Menor, etc. De esta forma, se valorará la necesidad de la gestión pública de estos centros, se definirán los criterios de calidad en materia de instalaciones, procesos y profesionales, y se elaborará un dictamen de propuestas y actuaciones orientadas a la mejora de la calidad de los servicios que se prestan y el desarrollo de programas para una mejor intervención en la reeducación y reinserción de los menores.

La Escuela Andaluza de Salud Pública (EASP) se crea como medio propio de la Administración por acuerdo de 2 de mayo de 1985 y se plantea como objetivos prioritarios: La enseñanza, el asesoramiento y la investigación, dirigidas a los profesionales y Entidades, en el entendimiento de que tales actuaciones conducirán a la formación de una corriente de pensamiento y de especialista en Salud Pública y Administración Sanitaria, así como en la promoción de la colaboración y el intercambio científico y técnico a nivel nacional e internacional. En particular, el área de consultoría de la EASP tiene como misión "contribuir a la solución de los problemas de salud y de gestión de los servicios sanitarios y sociales". Su objetivo final es contribuir a mejorar el estado de salud y de bienestar de los ciudadanos. En este sentido, la EASP posee amplia experiencia en el desarrollo e implantación de sistemas de calidad y acreditación externa de la misma en centros asistenciales de todo tipo, lo que garantiza su idoneidad para colaborar en el proyecto de la Consejería de Justicia y Administración Pública por su demostrado recorrido y experiencia en este ámbito.

Conforme con lo establecido en el artículo 19.3.1 de la Ley 16/1999, de 28 de diciembre, del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2000, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás normativa de aplicación,

D I S P O N G O

1.º Encargar a la Escuela Andaluza de Salud Pública (EASP) la ejecución del desarrollo del sistema de calidad de los centros de internamiento de Reforma Juvenil. Este encargo se realizará de conformidad con lo establecido en el Presupuesto Técnico de actuación aprobado por la Dirección General de Reforma Juvenil y a las condiciones expresadas en el pliego de prescripciones técnicas correspondiente.

3.º Designar como Director Técnico de los trabajos al Coordinador de la Dirección General de Reforma Juvenil.

4.º Establecer como plazo de ejecución el comprendido entre la toma de razón por parte de la empresa y el 20 de diciembre de 2006.

5.º El presupuesto para la realización de los mismos se fija en ciento cuatro mil ochocientos treinta y tres con sesenta y siete euros (104.833,67 euros).

El mencionado presupuesto se distribuye en las siguientes anualidades:

Ejercicio Aplicación Importe

2006 0.1.11.00.03.00.619.00.31N 104.833,67 euros

6.º El pago de los trabajos se realizará mediante la presentación de las certificaciones o facturas determinadas en el documento técnico de actuación y con la periodicidad establecida en dicho documento.

Sevilla, 11 de diciembre de 2006

MARIA JOSE LOPEZ GONZALEZ

Consejera de Justicia y Administración Pública

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