Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 190 de 26/09/2007

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Consejería de Gobernación

Resolución de 6 de septiembre de 2007, de la Delegación del Gobierno de Jaén, por la que se dispone la publicación de la Resolución de concesión de subvenciones a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios para la realización de actividades en el marco de Convenios con las Entidades Locales de Andalucía, al amparo de lo dispuesto en la Orden que se cita.

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Vista la Resolución de 19 de diciembre de 2005 (BOJA núm. 9, de 16 de enero) y Resolución de 27 de diciembre de 2006 (BOJA núm. 11, de 16 de enero), que efectúa convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en materia de consumo, a las asociaciones de consumidores y usuarios de Andalucía que realicen actividades concertadas en el marco de convenios suscritos con las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma para 2007 y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Las Asociaciones de Consumidores y Usuarios que se citan, mediante Anexo a la presente, presentaron solicitud de subvención al amparo de lo dispuesto en la mencionada Orden en el plazo y forma establecidas en la misma.

Segundo. Se han cumplido todos los requisitos de tramitación, conforme al procedimiento establecido en la Orden reguladora.

Tercero. Se han atendido los criterios de valoración establecidos en la Orden mencionada, así como las disponibilidades presupuestarias.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El Título VIII de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía, regula las subvenciones y ayudas públicas otorgadas en materia competencia de la Comunidad Autónoma y que se concedan por la Administración Autonómica y sus Organismos Autónomos con cargo al Presupuesto de la Comunidad.

Segundo. El Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, aprueba el Reglamento regulador de los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico.

Tercero. En el artículo 20 de la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el presente ejercicio se recogen las normas especiales en materia de subvención y ayudas públicas.

Cuarto. La Orden de 22 de marzo de 2005 de la Consejería de Gobernación establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Asociaciones de Consumidores y Usuarios para la realización de actividades en el marco de convenios con las Entidades Locales de Andalucía, disponiendo en su artículo 10 que la competencia para resolver las solicitudes tramitadas corresponde al Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía por delegación expresa de la Consejera de Gobernación.

En virtud de lo expuesto y evaluadas las solicitudes presentadas junto con la documentación que las acompaña,

RESUELVO

Primero. Conceder a las Asociaciones de Consumidores y Usuarios para el convenio con las Entidades Locales que se citan mediante Anexo a la presente una subvención, por el importe que se señala para cada una de ellas, para la finalidad que se indica y con cargo a la aplicación presupuestaria 01.09.00.01.23.486.00.44H.1.

Las subvenciones se imputarán a los ejercicios económicos que se señalan, con indicación, en su caso, de la aportación de la Entidad Local y de las condiciones impuestas.

En su caso, el compromiso de colaboración en la financiación por parte de la Entidad Local se acreditará ante este órgano mediante certificado del responsable de la Asociación de Consumidores en el que se haga constar el ingreso de la cantidad aportada por la Entidad Local, con expresión del asiento contable.

Se entenderán desestimadas el resto de las solicitudes para las actividades que se hayan presentado y no aparezcan en el Anexo como subvencionadas.

Segundo. Las subvenciones concedidas deberán ser aplicadas a la realización de las actuaciones para las que han sido otorgadas. El plazo de ejecución de las mismas comenzará el día de la firma de los convenios y finalizará el día 31 de diciembre de 2007.

Tercero. Una vez que hayan sido concedidas las subvenciones, las Asociaciones procederán a la firma de los respectivos convenios con las Entidades Locales.

Los convenios deberán indicar las actividades a desarrollar y el presupuesto para su ejecución. Dicho presupuesto será igual a la cantidad aportada por la Dirección General de Consumo a través de la subvención concedida o, en caso de que la Entidad Local aporte alguna cantidad, la suma de la subvención concedida por la Junta de Andalucía y la aportada por la Entidad Local.

Cuarto. Las subvenciones otorgadas se harán efectivas mediante el abono en único pago en firme, de justificación diferida, del 100% de la subvención concedida para aquellas cuya cuantía sea igual o inferior a 6.050 euros, y aquellas subvenciones cuya cuantía sea superior a 6.050 euros, se abonarán mediante el pago en firme, de justificación diferida, del 75% de la subvención, abonándose de igual modo el 25% restante, una vez justificado por el beneficiario la totalidad del gasto.

Quinto. La justificación se realizará ante el órgano concedente en la forma establecida en el artículo 13 de la Orden de la Consejería de Gobernación de 22 de marzo de 2005.

Sexto. Las obligaciones de los beneficiarios de las subvenciones concedidas por la Resolución que se dicta, así como, en su caso, el reintegro de las cantidades percibidas, se regularán por lo dispuesto en los artículos 105 y 112 de la Ley 5/1983, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Séptimo. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes Públicos o Privados, nacionales o internacionales, podrá dar lugar a la modificación de la Resolución de concesión.

Octavo. La presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, será publicada en el tablón de anuncios de la Delegación del Gobierno de Jaén y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Contra la misma se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este mismo órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación del presente acto, o interponer directamente recurso contencioso-adminitrativo ante los correspondientes órganos judiciales de ese orden, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Jaén, 6 de septiembre de 2007.- El Delegado del Gobierno, Francisco Reyes Martínez.

Anexo 1
ASOCIACION ENTIDAD LOCAL EXPEDIENTE IMPORTE
SUB. CONCEDIDA
CONCEPTOS SUBVENCIONADOS PORCENTAJE FINACIACIÓN ASUMIDO JUNTA APORTACIÓN EE.LL. PORCENTAJE FINACIACIÓN ASUMIDO EE.LL. PRESUPUESTO TOTAL ACEPTADO
F.P. “TRES MORILLAS” ALCALÁ
LA REAL CON:01/07 744 Talleres 744 100% 0 0% 744
F.P. “TRES MORILLAS” BAILEN CON:03/07 744 Talleres 744 100% 0 0% 744
F.P. “TRES MORILLAS” BEAS DE SEGURA CON:04/07 744 Talleres 744 100% 0 0% 744
F.P.”TRES MORILLAS” CAZORLA CON:05/07 744 Talleres 744 100% 0 0% 744
F.P.”TRES MORILLAS” FUERTE DEL REY CON:06/07 944 Asesoramiento: 200 100% 0 0% 944
F.P.”TRES MORILLAS” JAEN CON:07/07 944 Asesoramiento: 200 100% 0 0% 944
F.P.”TRES MORILLAS” JAMILENA CON:08/07 944 Asesoramiento: 200 100% 0 0% 944
F.P.”TRES MORILLAS” LA CAROLINA CON:09/07 744 Talleres 744 100% 0 0% 744
F.P.”TRES MORILLAS” LOPERA CON:10/07 744 Talleres 744 100% 0 0% 744
F.P.”TRES MORILLAS” UBEDA CON:11/07 744 Talleres 744 100% 0 0% 744
UCE-JAEN DIPUTACION PROVINCIAL CON:12/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN ALCAUDETE CON:13/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN ARJONA CON:14/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN ARJONILLA CON:15/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN BAEZA CON:16/07 944 Talleres 744 75,9% 300 24,1% 1.244
UCE-JAEN BAILEN CON:17/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN BEGIJAR CON:19/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN CAZORLA CON: 20/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN HUELMA CON:22/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN JAÉN CON:23/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN LINARES CON:24/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN MANCHA REAL CON:25/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN MARMOLEJO CON:26/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN PEGALAJAR CON:29/07 944 Talleres 744 94% 60 6% 1.004
UCE-JAEN PORCUNA CON:30/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN QUESADA CON:31/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN SABIOTE CON:32/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN SANTIAGO
CON:33/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN SANTISTEBAN DEL PUERTO CON:34/07 944 Talleres 744 81,1% 220 18,9% 1.164
UCE-JAEN SEGURA DE LA SIERRA CON:35/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN SILES CON:36/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN TORREDELCAMPO CON:37/07 944 Talleres 744 90,4% 100 9,6% 1.044
UCE-JAEN VVA. DE LA REINA CON:39/07 943,69 Talleres 744 54,1% 800 45,9% 1.743,69
UCE-JAEN IBROS CON:40/07 944 Talleres 744 86,29% 150 13,71% 1.094
UCE-JAEN ARQUILLOS CON:41/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN CASTILLO DE LOCUBIN CON:43/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
UCE-JAEN BAÑOS DE LA ENCINA CON:45/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
FACUA-JAEN BAILEN CON:46/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
FACUA-JAEN CAZORLA CON:47/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
FACUA-JAEN LINARES CON:50/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
FACUA-JAEN TORREPEROGIL CON:52/07 944 Talleres 744 100% 0 0% 944
FACUA-JAEN VILLACARRILLO CON:53/07 744 Talleres 744 100% 0 0% 744
ANEXO 2
ASOCIACIÓN EXPEDIENTE ENTIDAD LOCAL MOTIVO DE DENEGACIÓN
F.P. “TRES MORILLAS” CON: O2/07 ARJONILLA Denegada por falta de documentación
UCE-JAEN CON:18/07 BEAS DE SEGURA Denegada por falta de documentación
UCE-JAEN CON: 21/07 GÉNAVE Denegada por falta de documentación
UCE-JAEN CON: 27/07 MARTOS Denegada por falta de documentación
UCE-JAEN CON: 28/07 MENGÍBAR Denegada por falta de documentación
UCE-JAEN CON: 38/07 TORREDONJIMENO Denegada por falta de documentación
UCE-JAEN CON: 42/07 HORNOS Denegada por falta de documentación
UCE-JAEN CON: 44/07 CAMPILLO DE ARENAS Denegada por falta de documentación
FACUA-JAEN CON: 48/07 IBROS Denegada por falta de documentación
FACUA-JAEN CON: 49/07 JÓDAR Denegada por falta de documentación
FACUA-JAEN CON: 51/07 TORREBLASCOPEDRO Denegada por falta de documentación
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