Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 192 de 28/09/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

Decreto 253/2007, de 25 de septiembre, de ampliación de medios patrimoniales transferidos a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, mediante Decreto 221/1997, de 30 de septiembre.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

La Ley 3/1997, de 1 de julio, de creación de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, crea en su disposición adicional primera una Comisión de Transferencias encargada de realizar las oportunas actuaciones para la integración en la Universidad Pablo de Olavide de las funciones, servicios, bienes materiales y personal de la Universidad de Sevilla ubicados en la sede de la citada Universidad.

La citada Comisión de Transferencias, dando cumplimiento al mandato legal, elevó su propuesta a la persona titular de la Consejería competente en materia de Universidades, siendo aprobada la misma por el Consejo de Gobierno mediante Decreto 221/1997, de 30 de septiembre, de transferencias a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

El mencionado Decreto disponía en su artículo 2 que se transferían a la Universidad Pablo de Olavide los bienes muebles e inmuebles de titularidad de la Comunidad Autónoma de Andalucía, adscritos a la Consejería de Educación y Ciencia, que formaban el antiguo Centro de Enseñanzas Integradas de Sevilla, sito en la carretera de Utrera, km 1, que fue transferido a la Comunidad Autónoma de Andalucía mediante Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, en materia de Educación, a excepción del Pabellón denominado San Fernando.

En su momento fueron tenidas en cuenta diversas razones para excluir de la transferencia el citado edificio, entre ellas el uso provisional que del mismo estaba haciendo un Centro Universitario adscrito a la Universidad de Sevilla. En la actualidad el centro adscrito se trasladó a otra sede de su propiedad y desde entonces lo viene utilizando de hecho la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Una vez removidas las causas que motivaron la exclusión del citado inmueble de entre los transferidos a la Universidad Pablo de Olavide, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley 3/1997, de 1 de julio, antes citada, a fin de completar las transferencias a la Universidad Pablo de Olavide, reunida la Comisión de Transferencias el día 23 de abril de 2007, ha adoptado el oportuno Acuerdo por el que se propone que se transfiera a la citada Universidad el denominado «Pabellón San Fernando» y cuya formalización exige su aprobación por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, mediante Decreto.

En consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el artículo 80 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, a propuesta del Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, de conformidad con lo establecido en el apartado 3 del artículo 21 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y en el Decreto 201/2004, de 11 de mayo, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de septiembre de 2007,

DISPONGO

Artículo 1. Transferencia del Pabellón denominado San Fernando.

Se transfiere a la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, de conformidad con la propuesta formulada por la Comisión de Transferencias formulada en su sesión de 23 de abril de 2007, el Pabellón denominado San Fernando, el cual fue construido en terrenos que formaban parte del antiguo Centro de Enseñanzas Integradas de Sevilla, con dirección en dicha ciudad, en la carretera de Utrera, s/n, km 1, que fueron transferidos a la Comunidad Autónoma de Andalucía mediante el Real Decreto 3936/1982, de 29 de diciembre, cuyos medios patrimoniales han sido modificados en cuanto a la superficie realmente afectada por el Real Decreto 1561/2005, de 23 de diciembre, y que fueron transferidos a la citada Universidad mediante el Decreto 221/1997, de 30 de septiembre.

Artículo 2. Subrogación en cuanto a la titularidad de los derechos, obligaciones y relaciones jurídicas.

La Universidad Pablo de Olavide se subroga en la titularidad de todos los derechos, obligaciones y relaciones jurídicas respecto al inmueble transferido en virtud del presente Decreto.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 25 de septiembre de 2007

manuel chaves gonzález

Presidente de la Junta de Andalucía

Francisco Vallejo Serrano

Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa

Descargar PDF