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La Orden de 19 de junio de 2006, por la que se regula la distribución de las transferencias a los Ayuntamientos andaluces para la Nivelación de los Servicios Municipales vinculados a la acogida y la integración de inmigrantes, publicada en el BOJA núm. 128, de 29 de junio de 2007, establece en su artículo 4 los indicadores y la fórmula de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinado a dicha finalidad.
Con base en los criterios de valoración señalados en dicho artículo 4, y respetando lo establecido en el artículo 5, la citada Orden distribuye los créditos entre los municipios andaluces con mayor presión migratoria, correspondiendo a las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía en cada provincia el abono de las transferencias de las cuantías correspondientes a cada municipio.
RESUELVO
Primero. Distribuir la cantidad de 566.330,79 euros, correspondientes a la nivelación de los servicios municipales vinculados a la acogida e integración de inmigrantes en los municipios de la provincia de Sevilla, atribuyendo a los municipios que corresponde, por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de 19 de junio de 2007, las cantidades que se indican el Anexo.
Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria 01.09.00.18.41.463.00. 31 J. 3 el gasto correspondiente a las transferencias resultantes, que se harán efectivas en un solo pago para cada Ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda.
Tercero. Dada la naturaleza jurídica de transferencias no condicionadas, los documentos de pago correspondientes se efectuarán en firme. No obstante, y únicamente a los efectos de que el órgano gestor tenga constancia de la recepción de los fondos, los municipios receptores remitirán a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, en el plazo de tres meses a partir de la materialización del pago, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.
Cuarto. Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Quinto. Ordenar la publicación del presente acto en el BOJA.
Sevilla, 27 de agosto de 2007.- El Delegado del Gobierno, Demetrio Pérez Carretero.
ANEXO | |
AYUNTAMIENTO | IMPORTE (euros) |
SAN JUAN DE AZNALFARACHE | 55.645,18 |
SEVILLA | 46.975,82 |
RINCONADA (LA) | 41.330,66 |
CAMAS | 34.274,20 |
DOS HERMANAS | 36.290,33 |
CASTILLEJA DE LA CUESTA | 38.306,46 |
CORIA DEL RÍO | 36.693,56 |
SANLÚCAR LA MAYOR | 35.282,27 |
BRENES | 34.274,20 |
MARCHENA | 33.467,75 |
PALACIOS Y VILLAFRANCA (LOS) | 34.274,20 |
CANTILLANA | 33.870,98 |
OLIVARES | 34.677,42 |
CUERVO DE SEVILLA (EL) | 34.274,20 |
ÉCIJA | 36.693,56 |