Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 201 de 11/10/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 29 de marzo de 2007, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Huércal-Overa, dimanante del procedimiento ordinario núm. 139/2006. (PD. 4294/2007).

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NIG: 0405342C20060000288.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 139/2006. Negociado:

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Huércal-Overa (Almería).

Juicio: Proced. Ordinario (N) 139/2006.

Parte demandante: Renault Financiaciones, S.A.

Parte demandada: Antonia Torres Moreno y Juan Petronilo Rodríguez Torres.

Sobre: Proced. Ordinario (N).

En el juicio referenciado, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo, resultan del tenor literal siguiente:

Juicio Ordinario 139/06

«SENTENCIA

En Huércal-Overa, a dieciocho de enero de dos mil siete.

Doña Marina Hidalgo Belmonte Juez del Juzgado de Primera Instancia número Uno de Huércal-Overa y su Partido, ha visto y examinado los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado con el número 139 del año 2006, a instancia de Renault Financiaciones, S.A., representada por la Procuradora de los Tribunales doña Nicolasa Enciso Cháscales, y defendida por el Letrado don Pedro Antonio López Pérez-Lanzac, contra Antonia Torres Moreno y Juan Petronilo Rodríguez Torres, en situación procesal de rebeldía, sobre reclamación de cantidad.»

«FALLO

Que estimando la demanda instada por la Procuradora de los Tribunales doña Nicolasa Enciso Cascales, en nombre y representación de Renault Financiaciones, S.A., debo condenar y condeno a los demandados a que abonen a la actora la cantidad de 6.598,82 euros, más intereses de demora correspondientes, y al pago de las costas causadas en este procedimiento.

La presente Resolución no es firme y contra la misma cabe interponer, recurso de apelación ante este Juzgado para conocimiento de la Ilma. Provincial de Almería, en el plazo de cinco días siguientes a su notificación, y de conformidad con lo establecido en los artículos 457 y siguientes de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio expedido por el Secretario de este Juzgado a las actuaciones principales, quedando el original en el Libro de Sentencias, juzgando definitivamente en primera instancia y administrando justicia en nombre de Su Majestad El Rey, lo pronuncio, mando y firmo.»

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por Providencla de esta fecha el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia a los demandados.

En Huércal-Overa, 29 de marzo de dos mil siete.- El/La Secretario/a Judicial.

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