Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 211 de 25/10/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación.

Resolución de 8 de octubre de 2007, de la Delegación del Gobierno en Sevilla, por la que se conceden subvenciones a entidades de voluntariado sin ánimo de lucro en el área de actuación regulada en el artículo 1, aparatdos 2.1. y 2.2 de la Orden que se cita.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 109 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, General de Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en virtud de la delegación expresamente conferida por la Consejera de Gobernación en el artículo 8.2 de la Orden de 21 de febrero de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades de voluntariado sin ánimo de lucro y se efectúa su convocatoria para el año 2007, el Delegado del Gobierno es competente para resolver el procedimiento de concesión de subvenciones a entidades de voluntariado sin ánimo de lucro para proyectos de ámbito provincial, a propuesta de la Comisión de Valoración.

En virtud de cuanto antecede,

RESUELVO

Primero. Que se conceda a las entidades de voluntariado sin ánimo de lucro que se relacionan en los Anexos a la presente Resolución, las subvenciones que se especifican para cada una de ellas para proyectos de los apartados 2.1 y 2.2 del artículo 1 de la Orden de convocatoria. Las subvenciones concedidas deberán ser justificadas en el plazo de cuatro meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de ejecución del proyecto subvencionado o desde el abono de la subvención si es éste posterior, siendo la cantidad a justificar la totalidad del Presupuesto Aceptado que aparece en los citados Anexos.

Segundo. El contenido íntegro de la Resolución y de los Anexos estarán expuestos en los tablones de anuncios de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla y en la Consejería de Gobernación a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación del presente acto, o interponer directamente el recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes Organos Judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la citada publicación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 8 de octubre de 2007.- El Delegado del Gobierno, Demetrio Pérez Carretero.

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