Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 213 de 29/10/2007

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Consejería de Obras Públicas y Transportes.

Anuncio de 11 de septiembre de 2007, de la Delegación Provincial de Huelva, referente al expediente CP-140/2007 sobre "Plan Especial de Infraestructura del Proyecto de Modernización de Regadíos de la Comunidad de Regantes El Fresno" en los municipios de Moguer, Palos de la Frontera y Lucena del Puerto a los efectos de la formulación de alegaciones.

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APROBACION INICIAL DEL PLAN ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURAS DEL PROYECTO DE MODERNIZACION DE REGADIOS COMUNIDAD DE REGANTES "EL FRESNO", EN LOS TERMINOS MUNICIPALES DE PALOS DE LA FRONTERA, MOGUER Y LUCENA DEL PUERTO CP-140-2007

Visto el Proyecto de Modernización de Regadíos de la Comunidad de Regantes "El Fresno", redactado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y teniendo en cuenta las competencias atribuidas por la Ley 7/2002 de 17 de diciembre y el Decreto 220/2006, se dicta la presente Resolución conforme a los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En fecha 22 de mayo de 2007 tuvo entrada en esta Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía el Proyecto citado en el encabezamiento a los efectos de su formulación y tramitación.

Segundo. El presente Plan Especial de Modernización de Regadíos de la Comunidad de Regantes "El Fresno" tiene por objeto llevar a cabo la realización del conjunto de obras, clasificadas como de interés general, en el perímetro regable de "El Fresno", incardinados y pertenecientes a la Cuenca Hidrográfica del Guadiana.

El área de actuación se haya enmarcada dentro de los límites del Río Tinto al Norte, el Océano Atlántico al Sur, el Estuario del Tinto-Odiel al Oeste y el término municipal de Bonares. Todo ello se encuadra en la Comarca del Condado de la Provincia de Huelva, en los términos municipales de Palos de la Frontera, Moguer y Lucena del Puerto.

Tercero. El Delegado Provincial acordó, en fecha 28 de mayo de 2007, en virtud de las competencias que le atribuye el art. 14.1.E) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo y teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 31.2.A).a) de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, la Formulación del presente Plan Especial de Modernización de Regadíos de la Comunidad de Regantes "El Fresno" en suelo no urbanizable.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

I. Corresponde al Delegado Provincial la aprobación inicial del presente Plan Especial en suelo no urbanizable en virtud de lo dispuesto en el art. 14.1.E) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, así como lo dispuesto en el art. 31.2.A).a) de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Asimismo y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 1 de la Disposición Adicional Primera del Decreto 220/2006 de 19 de diciembre los acuerdos de formulación de los distintos instrumentos de la ordenación urbanística que realicen los órganos de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía determinarán el órgano competente para la instrucción e impulso del expediente y para la adopción de los acuerdos que procedan en su tramitación. Tratándose de Planes Especiales de ámbito supramunicipal relativos a actuaciones de interés público en suelo no urbanizable, el órgano competente será el titular de la Delegación de la Consejería de Obras Públicas y Transportes.

II. La figura elegida del Plan Especial se considera adecuada por encontrarse la presente actuación de interés público incluida en los apartados a) y b) del art. 42.4 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, conteniendo el expediente las determinaciones previstas en el art. 42.5 de dicha Norma.

III. Según lo establecido en el art. 32.1.2.ª de la repetida Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía de 17 de diciembre de 2002 la aprobación inicial del instrumento de planeamiento obligaría al sometimiento de éste a información pública por plazo no inferior a un mes, a dar audiencia a los municipios afectados y al requerimiento de los informes, dictámenes o cualquier otro tipo de pronunciamiento, así como a dar comunicación a los restantes órganos y entidades administrativas, gestores de intereses públicos con relevancia o incidencia territorial para que, si lo estiman pertinente, puedan comparecer en el procedimiento y hacer valer las exigencias que deriven de dichos intereses.

IV. En virtud de lo establecido en el art. 39.1 de la indicada Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía de 17 de diciembre de 2002, el pertinente período de información pública deberá ser objeto de publicación en el Boletín Oficial correspondiente, en uno de los diarios de mayor difusión provincial y en el tablón de anuncios de los municipios afectados.

Asimismo la Disposición Adicional Tercera del Decreto 220/2006 de 19 de diciembre, regulador del ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, dispone que los acuerdos adoptados en la tramitación de los instrumentos de ordenación urbanística por los órganos de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, previstos en el art. 39 de la LOUA, deberán ser publicados en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Vistos los antecedentes fácticos y los fundamentos jurídicos expuestos, esta Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía,

R E S U E L V E

Primero. Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras del Proyecto de Modernización de Regadíos de la Comunidad de Regantes "El Fresno" en los términos municipales de Moguer, Palos de la Frontera y Lucena del Puerto.

Segundo. Someter el presente Plan Especial de Infraestructuras del Proyecto de Modernización de Regadíos de la Comunidad de Regantes "El Fresno" a información pública por el plazo de un mes, así como a audiencia de los municipios de Moguer, Palos de la Frontera y Lucena del Puerto, como municipios afectados, efectuando, asimismo, comunicación a la Diputación Provincial de Huelva en su calidad de gestora de intereses públicos con relevancia o incidencia territorial para que, si lo estima pertinente, pueda comparecer en el procedimiento y hacer valer las exigencias que deriven de dichos intereses, y requiriendo los informes, dictámenes o cualquier otro tipo de pronunciamiento procedentes.

Lo que se hace público de conformidad con los artículos 32.1.2.° y 39.1 de la Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía, para conocimiento general, el cual podrá ser examinado en la sede del Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes de Huelva, sita en calle Jesús Nazareno, 21 de Huelva, pudiéndose presentar cuantas alegaciones se deseen durante el plazo indicado.

Tercero. Solicitar los informes sectoriales a los organismos siguientes:

- Delegación Provincial de Medio Ambiente: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 7/1994 de 18 de mayo, de Protección Ambiental, están sometidas al requisito de Evaluación de Impacto Ambientales actuaciones, tanto públicas como privadas, que se lleven a cabo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y que se hallen comprendidas en el Anexo primero de la presente Ley, así como el Decreto 194/1990 de 19 de junio, por el que se establecen normas de protección de la avifauna.

- Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes: En virtud de lo dispuesto en el artículo 35 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía y Orden del Ministerio de Fomento, de 12 de diciembre de 1997, una vez acordada la redacción, revisión o modificación de un instrumento de planeamiento urbanístico que afecte a carreteras andaluzas, la Administración Pública que lo estuviera tramitando podrá solicitar información previa, en relación con tales afecciones, con anterioridad a su aprobación inicial, a la Administración titular de la carretera quien deberá emitirla en el plazo máximo de un mes. De igual forma, aprobado inicialmente el instrumento de planeamiento urbanístico general, éste se someterá a informe vinculante de la Consejería competente en materia de carreteras, que versará exclusivamente sobre las afecciones a la red de carreteras de Andalucía y que deberá evacuarse en el plazo de un mes.

- Agencia Andaluza del Agua: En virtud de lo dispuesto en el artículo 25 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas y Reglamento de Dominio Público Hidráulico, aprobado por Real Decreto 606/2003 de 23 de mayo.

- Delegación Provincial de Cultura: En virtud de lo dispuesto en el Decreto 19/1995, de 7 de febrero, de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía y Ley 1/1991 de 3 de junio de Patrimonio Histórico de Andalucía.

- Delegación Provincial de Agricultura y Pesca: En virtud de lo dispuesto en la Ley de Modernización de Regadíos, Decreto 175/1997, de 1 de junio, de Declaración de Interés General de la Comunidad Autónoma de Andalucía de Obras de Mejora de las Infraestructuras Agrarias del Entorno de Doñana.

- Delegación Provincial de Innovación, Ciencia y Empresa: En virtud de lo dispuesto en el Decreto 1151/1968 de Reglamento Técnico de Líneas de Alta Tensión.

- Excma. Diputación Provincial de Huelva: A tenor de lo dispuesto en Ley 8/2001, de 12 de julio, de Carreteras de Andalucía y Orden del Ministerio de Fomento, de 12 de diciembre de 1997, dado que el proyecto discurre y cruza las Carreteras HU-3110 y A-494.

Cuarto. En la tramitación se estará a lo dispuesto a continuación. Transcurrido el período de información pública y audiencia municipal y a la vista de los trámites realizados de conformidad con lo dispuesto en el art. 32.1.3.ª procederá la Aprobación Provisional por el Delegado Provincial o, en su caso, la Aprobación Definitiva por la Comisión Provincial en virtud de la competencia atribuida por el art. 13.2.b del Decreto 220/2006 de 19 de diciembre se producirá de forma expresa en el plazo máximo de cinco meses.

Quinto. La presente Resolución será notificada a los interesados en los términos previstos en el art. 58 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

HueIva, 11 de septiembre de 2007.- El Delegado, Gabriel Cruz Santana.

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