Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 214 de 30/10/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 29 de abril de 2005, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Estepona, Málaga, dimanante del procedimiento de juicio monitorio núm. 227/2002. (PD. 4588/2007).

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NIG: 2905142C20020001036.

Procedimiento: Juicio Monitorio (N) 227/2002. Negociado: DM.

De: Cdad. P. Edificio Cigala.

Procuradora: Sra. Presentación Garijo Belda.

Contra: Duquesa Investments Limited.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Juicio Monitorio (N) 227/2002, seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Estepona, Málaga, a Instancia de Cdad. P. Edificio Cigala, contra Duquesa Investments Limited, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 46/04

En Estepona, a 20 de mayo de 2004.

El Sr. don Alejandro Cabral Rodríguez, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número tres de los de Estepona, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al número 227/2002, a instancia de la Comunidad de Propietarios del edificio "La Cigala", representados por la Procuradora Sra. Presentación Garijo Belda, contra la mercantil Duquesa Investments Limited, en situación de rebeldía procesal, en este procedimiento que versa sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Estimo sustancialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Presentación Garijo Belda, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios del Edificio La Cigala, y en consecuencia condeno a la mercantil Duquesa Investments Limited a satisfacer a la actora la suma de 3.465,74 euros, más los intereses legales de la citada cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, con imposición de las costas procesales originadas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado, en el plazo de cinco días, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su incorporación a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Duquesa Investments Limited, extiendo y firmo la presente en Estepona, a veintinueve de abril de dos mil

cinco.- El/La Secretario.

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