Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 219 de 07/11/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 25 de octubre de 2007, por la que se acuerda el cumplimiento de la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Ocho de Sevilla, en el recurso contencioso-administrativo, procedimiento ordinario núm. 217/2006, interpuesto por Fisioterapia Cordobesa, S.L.

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En el recurso contencioso-administrativo P.O. número 217/2006, interpuesto por Fisioterapia Cordobesa, S.L., contra Resolución de 7 de marzo de 2005, del Director Provincial del Servicio Andaluz de Empleo en Córdoba de la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía, en el expediente núm. CO/PME/00952/2003, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Ocho de Sevilla, con fecha 26 de septiembre de 2007, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallo. Que estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Procuradora doña Laura Leyva Royo, en nombre y representación de la entidad Fisioterapia Cordobesa, S.L., frente a la Resolución de fecha 7 de marzo de 2005, del Director Provincial en Córdoba del
Servicio Andaluz de Empleo (SAE) de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, recaída en el expediente CO/PME/00952/2003, que denegó a Fisioterapia Cordobesa, S.L., los incentivos solicitados al empleo estable, debo anular y anulo dicha Resolución, la que dejo sin valor ni efecto jurídico alguno, ordenando la retracción de las actuaciones del expediente con objeto de que quede constancia documentada en el procedimiento, mediante certificación o informe, del importe de las disponibilidades presupuestarias, de las solicitudes presentadas y fecha de las mismas, de la manera como se han distribuido las disponibilidades presupuestarias entre las solicitudes, y del agotamiento, en su caso, de la consignación presupuestaria correspondiente al programa de referencia, se confiera seguidamente a la interesada el trámite de audiencia legalmente previsto respecto de los anteriores extremos, y a la vista de todo lo anterior se dicte nueva resolución suficientemente motivada que decida lo oportuno, resolviendo las cuestiones planteadas. Sin costas del procedimiento.»

Según lo establecido en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.

Sevilla, 25 de octubre de 2007.- El Secretario General Técnico, Javier Aguado Hinojal.

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