Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 221 de 09/11/2007

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 15 de octubre de 2007, de la Dirección General para las Drogodependencias y Adicciones, mediante la que se hace público el Convenio entre la Consejería y la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social para la Encomienda de Gestión de actuaciones encuadradas en el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) denominada elaboración de un sistema de información en drogodependencias y adicciones.

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De conformidad con lo establecido en el artículo 15, apartado 3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esta Direccción General para las Drogodependencias y Adicciones ha resuelto dar publicidad al Convenio entre la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social para la Encomienda de Gestión de actuaciones encuadradas en el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) denominada Elaboración de un Sistema de Información en Drogodependencias y Adicciones.

Sevilla, 15 de octubre de 2007.- El Director General,
Andrés Estrada Moreno.

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL Y LA FUNDACIÓN ANDALUZA PARA LA ATENCIÓN A LAS DROGODEPENDENCIAS E INCORPORA-CIÓN SOCIAL PARA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DE AC-
TUACIONES ENCUADRADAS EN EL FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL (FEDER) DENOMINADA ELABORA-
CIÓN DE UN SISTEMA DE INFORMACIÓN EN DROGODE-PENDENCIAS Y ADICCIONES

En Sevilla, 3 de agosto de 2007

REUNIDOS

De una parte, la Excma. Sra. Consejera para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, doña Micaela Navarro Garzón, en nombre y representación de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, en ejercicio de las facultades representativas que tiene atribuidas y en virtud del artículo 39.1.º de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Y de otra, el Director-Gerente de la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social, don Javier Guzmán Cuevas, en nombre y representación de la misma, facultado para este acto en función del cargo que ostenta y de las facultades que le son atribuidas en los estatutos de la entidad.

Se reconocen la competencia suficiente para otorgar el presente documento, y a tal efecto

EXPONEN

Primero. La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 11 del Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, sobre reestructuración de Consejerías (corrección de errores de 7 de mayo, BOJA núm. 91, de 11 de mayo) y el artículo 1.1 del Decreto 205/2004, de 11 de mayo, por el que se establece su estructura orgánica, es el órgano encargado de la propuesta y ejecución de las directrices generales del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía sobre promoción de la igualdad, inclusión y el bienestar social.

Segundo. En este contexto legislativo, y dentro de las actuaciones llevadas a cabo por esta Consejería en el ámbito de las Drogodependencias y otras Adicciones y en relación con el área de inserción social de colectivos en riesgos de exclusión, existen proyectos cofinanciados por los Fondos de la Unión Europea.

En enero de 2007 ha entrado en vigor el nuevo Marco Estratégico Nacional de Referencia, aprobado por Decisión de la Comisión de 7.5.2007, que abarca el período 2007-2013. Dicho Marco es un documento aprobado por la Comisión Europea, una vez analizados los Planes presentados por los Estados miembros, y en el que se describe, la estrategia y prioridades de acción, objetivos específicos y la participación en los Fondos y demás recursos financieros de los Estados miembros, que se estructura en Ejes Prioritarios, aplicándose a través de uno o más Programas Operativos.

Este nuevo Marco establece tres objetivos prioritarios: «Convergencia», «Competitividad Regional y Empleo» y «Cooperación Territorial Europea».

Dentro del objetivo de «Convergencia», se encuentra el Programa. Operativo FEDER Andalucía en cuyo Eje1, relativo al Desarrollo de la economía del conocimiento y más concretamente en la Categoría de Gasto 13 de servicios y aplicaciones al ciudadano (servicios electrónicos en materia de salud, inclusión, ...), podemos enmarcar este proyecto de «Elaboración de un sistema de información en drogodependencias y adicciones», gestionado por esta Consejería a través de la Dirección General para las Drogodependencias y Adicciones, y cuyos objetivos principales son:

- Planificación de una historia clínica unificada para todos los profesionales de Andalucía, a partir de la de definición y protocolización de todas variables que es necesario recoger durante las distintas fases asistenciales.

- Desarrollo de un Sistema de Gestión de Centros y aplicación informática para la Gestión de programas de tratamiento con Metadona.

- Protocolización para favorecer la comunicación entre los profesionales.

- Homogeneización los criterios de registro de datos para posteriormente poder ser usados con fines terapeuticos y de investigación.

- Consultas on-line sobre la situación de cada paciente,

- Consultas on-line sobre la actividad de cada recurso (pacientes atendidos, ocupación de plazas, listas de espera por recurso…)

- Consultas on-line sobre el funcionamiento de los programas.

Tercero. Dado que la realización de las actuaciones que corresponden a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, requiere, para ser desarrolladas con la debida eficacia, de unos medios materiales, técnicos y de personal con un alto grado de especialización, y teniendo en cuenta que uno de los objetivos fundamentales de la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social
(FADAIS) es apoyar el proceso de incorporación social de las personas con problemas de adicción o dependencias y de otros colectivos desfavorecidos socialmente o en riesgo de exclusión social, favoreciendo el acceso en igualdad al medio laboral y social, resulta aconsejable encomendar determinadas tareas a dicha Fundación, por contar ésta con los medios personales y técnicos idóneos para su realización.

Cuarto. La Fundación Andaluza de Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social según el Título II, artículo 6 de sus Estatutos, tiene como fines fundacionales la gestión de los programas y centros que con carácter general presten atención a personas afectadas por las drogodependencias y adicciones y a otros colectivos desfavorecidos socialmente o en riesgo de exclusión social, el apoyo a su inserción sociolaboral, así como la mejora de su calidad de vida.

Quinto. El artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, prevé que la realización de actividades de carácter material, técnico o de servicios de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de derecho público pueda ser encomendada a otros órganos o Entidades de la misma o de distinta Administración, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño.

Sexto. A fin de facilitar el desarrollo del proyecto cofinanciado con Fondos Europeos, se ha considerado oportuno que el desarrollo de determinadas actuaciones del mismo se lleve a cabo a través de una encomienda de gestión a la citada Fundación Andaluza de Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social, entidad del sector público andaluz que dispone de los medios adecuados para su realización.

En virtud de cuanto antecede y de conformidad con el citado artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social y la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social, de común acuerdo, suscriben el presente Convenio de Colaboración, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Se encomienda a la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social, por razones de eficacia, que lleve a cabo la ejecución material, en coordinación con el Servicio de Coordinación Asistencial de la Dirección General para las Drogodependencias y Adicciones, de las actuaciones enmarcadas en el desarrollo del proyecto «Elaboración de un sistema de información en drogodependencias y adicciones», aprobado en el marco del Programa Operativo FEDER, Andalucía 2007-2013.

Segunda. Competencia.

Esta encomienda de gestión no supone la cesión de la titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, siendo su responsabilidad dictar cuantos actos o resoluciones de carácter jurídico den soporte o en los que se integren las actividades de la presente encomienda, y específicamente aquellos relacionados directamente con la gestión de los Fondos Europeos (certificaciones de gastos y propuestas de pagos y reembolso).

Tercera. Actuaciones.

Para el desarrollo de las actuaciones detalladas a continuación, que conforman la presente encomienda de gestión, la Fundación Andaluza de Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social y el Servicio de Coordinacioón Asistencial de la Dirección General para las Drogodependencias y Adicciones, elaborarán un Plan de Trabajo que se ajustará a los cronogramas y a los términos establecidos en el proyecto europeo citado.

Las actuaciones a desarrollar en la presente encomienda,son las siguientes:

Desarrollo de un sistema informático de gestión de las bases de datos que permita:

a) el almacenamiento de múltiples versiones de documentos.

b) la coexistencia de distintas versiones de un mismo protocolo.

c) persistencia de los documentos originales, es decir, se acceder a los documentos electrónicos del paciente tal como se introdujeron.

Cuarta. Coste económico.

El coste económico global de las actuaciones objeto de esta encomienda de gestión, teniendo como base el Presupuesto aprobado del Programa Operativo FEDER, se establecen en setenta y siete mil quinientos un euro con treinta y cuatro céntimos (77.501,34 €).

El pago se realizará mediante un anticipo del 50% de dicho importe, cuyo plazo de justificación será de cuatro meses una vez se haya realizado efectivamente el mismo, y el resto se abonará conforme a la actuación efectivamente realizada y previa presentación, con una periodicidad al menos bimestral, de Informe relativo a las actuaciones llevadas a cabo con una relación de los gastos realizados en concepto de justificación de la inversión realizada.

Dicho abono se realizará con cargo a la siguiente aplicación presupuestaria, en la que existe crédito suficiente y adecuado para ello:

Aplicación presupuestaria: 0.1.19.00.17.00.609.00. 31B.7

Importe: 77.501,34 €

Total: 77.501,34 €

Asimismo, dado que la financiación de estas actuaciones se efectúa con cargo a fondos FEDER, deberá asegurarse la elegibilidad de estos gastos de acuerdo con lo establecido en la normativa comunitaria de aplicación.

La ejecución de las actuaciones a desarrollar tendrán un plazo que abarcará desde la firma del presente Convenio hasta el 31 de diciembre de 2007, comprometiéndose la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social (FADAIS) a presentar un Informe final relativo a las actuaciones llevadas a cabo en desarrollo de la presente encomienda.

Quinta. Publicidad.

En toda divulgación o publicidad que se realice de las actuaciones previstas en esta encomienda de gestión se hará referencia expresa que se efectúan en desarrollo de un programa europeo establecido por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía, así como a la cofinanciación con los Fondos Estructurales Europeos
(FEDER), ciñéndose a lo establecido en el Reglamento (CE) núm. 1828/2006 de la Comisión, en sus artículos 8, apartados 2, 3 y 4, y el art. 9 del mismo.

Por otra parte, y de acuerdo con lo previsto en el art. 6 del Rto. 1828/2006, la aceptación de la financiación comunitaria implica la aceptación expresa de la publicación del nombre de FADAIS en la lista de beneficiarios prevista en el art 7.2.a) del mismo Reglamento.

Sexta. Normativa.

Serán de aplicación a las actuaciones de desarrollo del Proyecto «Elaboración de un sistema de información en drogodependencias y adicciones» la siguiente Normativa Autonómica y Reglamentos Comunitarios reguladores del Fondo Social Europeo, dentro de cuyo ámbito de intervención se incluyen.

- Ley de Presupuestos para el 2007 de la Comunidad Autónoma Andaluza.

- El Reglamento (CE) núm. 1828/2006, de la Comisión de 8 de diciembre de 2006 que fija normas de desarrollo para el Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión.

- Reglamento (CE) núm. 1080/2006, del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de julio de 2006 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

- Reglamento (CE) núm. 1083/2006, del Consejo por el que se establecen las disposiciones generales relativas al, entre otros, Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

- Decreto 239/2004, de la C.A. Andaluza, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.

- Decreto 450/2000, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía y del Cuerpo de Letrados de la Junta de Andalucía.

- Instrucción conjunta de 10 de enero de 2005, de la G. Gral. de Fondos Europeos y de la Intervención Gral. de la Junta de Andalucía, sobre el tratamiento del IVA en los gastos presupuestarios cofinanciados con Fondos Europeos a favor de empresas públicas.

- Instrucción conjunta de 7 de julio de 2004 de la Dirección General de Presupuestos, de la D. Gral de Planificación, de la D. Gral. de Tesorería y Deuda P., de la D. Gral. de Fondos Europeos, de la Intervención Gral. de la Junta de Andalucía, de la D. Gral. de Relaciones Financieras con otras Administraciones Públicas y de la D. Gral. de Sistemas de Información E. y F. por la que se establecen reglas para la gestión y coordinación de las intervenciones cofinanciadas con Fondos Europeos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Séptima. Responsabilidad.

Los medios que hayan de ser empleados, para la ejecución de las actividades objeto de esta encomienda, son en todo caso dependientes y de exclusiva responsabilidad de la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social, quedando la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social a salvo de cualquier responsabilidad derivada de la ejecución de las mismas, siendo a todos los efectos atribuible a la citada entidad.

No obstante, es obligación de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social velar por el cumplimiento de la normativa estatal y comunitaria, y proporcionar a la Fundación FADAIS información suficiente para el correcto cumplimiento de las normas aplicables.

Octava. Comisión de Seguimiento.

Para el seguimiento, control y evaluación del presente Convenio, se crea una Comisión Mixta constituida por dos representantes de cada una de las partes firmantes. La Comisión se constituirá dentro del primer mes desde la firma del presente Convenio, debiendo establecer en esa primera reunión la periodicidad de las mismas, así como la posibilidad de que éstas tengan lugar en cualquier momento a instancia de cualquiera de las partes, siempre que alguna lo estime oportuno y lo plasme en un orden del día del que dará traslado a la otra parte con una semana de antelación.

Esta Comisión tendrá competencia para resolver los problemas de interpretación y seguimiento que puedan plantearse respecto al mismo, e intentará alcanzar una resolución de éstos por consenso, de no ser así se estará a lo establecido en la cláusula undécima del presente Convenio.

No obstante, la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social se reserva la facultad de efectuar, en el seno de la presente encomienda de gestión, las instrucciones organizativas o técnicas que respecto a la ejecución y desarrollo de las actuaciones previstas fuesen necesarias.

Novena. Vigencia.

La vigencia de la presente encomienda de gestión se extenderá desde la firma de la misma hasta el día 31 de diciembre de 2007.

Antes de la finalización de la vigencia del Convenio, las partes, de mutuo acuerdo, podrán decidir la prórroga del mismo.

Cada una de las partes firmantes podrá acordar la resolución del presente Convenio, previa denuncia por causa justificada y dando traslado a la otra parte.

Décima. Modificación.

El presente Convenio podrá ser modificado por acuerdo de las partes a petición de cualquiera de ellas. Las modificaciones, una vez firmadas por ambas partes, se registrarán en un documento que se anexará al Convenio.

Estas modificaciones entrarán en vigor en la fecha que las entidades acuerden.

Undécima. Control.

La Fundación FADAIS se someterá a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones en materia de esta encomienda.

Así mismo, FADAIS deberá, en virtud de las competencias de seguimiento atribuidas a la Dirección Gral. de Fondos Europeos, por el art. 13 del Decreto 239/2004, de 18 de mayo, sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda, someterse a las actuaciones de control realizadas por la misma.

Igualmente, FADAIS facilitará toda la información que le sea requerida por el Tribunal de Cuentas, la Cámara de Cuentas de Andalucía y la Intervención General de la Junta de Andalucía.

Duodécima. Cuestiones litigiosas.

Las cuestiones litigiosas que puedan surgir en la interpretación y cumplimiento del presente Convenio, sin perjuicio de lo previsto en la estipulación octava, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de lo Contencioso-
Administrativo.

En prueba de conformidad y comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento de cuanto antecede, firman el presente documento en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento. La Consejera para la Igualdad y Bienestar Social, Fdo.:Micaela Navarro Garzón; el Director-Gerente de la Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias e Incorporación Social, Fdo.: Javier Guzmán Cuevas.

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