Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 12/11/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 17 de octubre de 2007, de la Delegación del Gobierno de Almería, por la que se conceden subvenciones a Entidades de Voluntariado sin ánimo de lucro en el área de actuación regulada en el artículo 1.2.2 de la Orden que se cita.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Vistas las solicitudes presentadas por las Entidades de Voluntariado sin ánimo de lucro, que en el anexo adjunto se relacionan, se constatan los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Con fecha 15 de marzo del presente año, se publica la Orden de 21 de febrero de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a Entidades de Voluntariado sin ánimo de lucro y Universidades Públicas Andaluzas y se efectúa su convocatoria para el año 2007, habiéndose recibido un total de veintiséis solicitudes de Entidades de Voluntariado sin ánimo de lucro en el área de actuación de Adaptación a las Nuevas Tecnologías del artículo 1.2.2 de la Orden anteriormente citada.

Segundo. Examinadas las solicitudes presentadas y la documentación adjuntada a las mismas, se comprueba que reúnen todos los requisitos exigidos en la citada Orden, constando dichos proyectos de inversiones destinados a adquisición de equipamiento informático en el área que se menciona en el apartado anterior.

Tercero. Valoradas las solicitudes presentadas conforme a los criterios establecidos en dicha Orden, se resuelve la concesión de subvenciones a las entidades no excluidas, por orden de puntuación y hasta el límite presupuestario existente, en el área del apartado 2 del artículo 1.2 de la citada convocatoria destinada a la mejora de la gestión u organización de las entidades de voluntariado y su adaptación a las nuevas tecnologías, a través de la adquisición de equipos informáticos.

La relación de Entidades de Voluntariado sin ánimo de lucro beneficiarias se consigna en el Anexo a la presente Resolución.

Cuarto. Existe dotación presupuestaria para atender las solicitudes de subvención valoradas favorablemente.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

1.º De conformidad con el artículo 1.2 de la Orden de 30 de junio de 2004, por la que delegan competencias en distintos órganos de la Consejería de Gobernación y el artículo 8.1 de la Orden 21 de febrero de 2007, el Delegado del Gobierno de Almería es competente para resolver, por delegación de la titular de la Consejería de Gobernación, el procedimiento de concesión de subvenciones a Entidades de Voluntariado sin ánimo de lucro.

2.º De acuerdo con el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el artículo 9 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, y conforme a lo dispuesto en el artículo 31.1 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, y en el artículo 1.1 de la Orden de 21 de febrero de 2007, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de voluntariado, el presente procedimiento se ha realizado en régimen de concurrencia competitiva.

3.º En virtud a lo dispuesto en el artículo 1.4 de la Orden de 21 de febrero de 2007, la financiación de las subvenciones se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios destinados a este fin en el programa presupuestario 31.H, estando limitados por el presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma para el año 2007.

4.º Examinadas y valoradas las solicitudes presentadas atendiendo a los criterios establecidos en el artículo 7 de la Orden de Convocatoria, se relacionan en el Anexo de la presente Resolución las Entidades de Voluntariado sin animo de lucro que han resultado favorables, desestimadas las solicitudes de la Entidades no incluidas en el citado Anexo.

RESUELVO

Primero. Que se conceda a las Entidades de Voluntariado sin ánimo de lucro, que se relacionan en el Anexo a la presente Resolución, las subvenciones que se especifican para cada una de ellas, con indicación del porcentaje de ayuda respecto al presupuesto aceptado, resultando un importe total de 33.996,89 euros destinados a proyectos del artículo 1.2.2 de la Orden de convocatoria.

Segundo. Que se desestimen las solicitudes no incluidas en el Anexo a la presente Resolución, que no han sido valoradas favorablemente.

Tercero. Que se abonen las subvenciones con cargo a la aplicación 0.1.09.00.02.04.781.00.31H.8 mediante un solo pago dado que sus importes no sobrepasan el límite que establece el artículo 32.4 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras.

Cuarto. Que el plazo de ejecución para la adquisición de los equipos informáticos sea de un mes, contado a partir de la fecha de transferencia bancaria del pago de la subvención concedida.

Quinto. Que las subvenciones concedidas habrán de ser justificadas en el plazo de cuatro meses a contar desde la finalización del plazo de ejecución, o desde el abono de la subvención si éste es posterior, mediante la presentación de los documentos a que se refiere el artículo 15 de la Orden de 21 de febrero de 2007, siendo la cantidad a justificar la totalidad del presupuesto aceptado que aparece en el Anexo a esta Resolución, lo cual supone la subvención concedida más la aportación de la propia Entidad y otras aportaciones que se realicen al proyecto.

Sexto. Que las entidades beneficiarias quedan obligadas al cumplimiento de lo establecido en el artículo 3 de la Orden de 21 de febrero de 2007.

Séptimo. Que en caso de incumplimiento de la finalidad para la que se conceda la subvención, se procederá al reintegro, total o parcial, de las cantidades percibidas y a la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención, que será el interés legal del dinero incrementado en un 25%, según el artículo 33.a) de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, y los artículos 112 y 116 de la Ley 5/1983, de 19 de julio, de la Hacienda Pública de Andalucía, así como en los restantes supuestos contemplados en el artículo 16 de la Orden de 21 de febrero de 2007.

Octavo. Que siempre que se haya alcanzado el objetivo o finalidad perseguida, si no se justificara debidamente el total de la actividad o la inversión subvencionada, se deberá reducir el importe de la subvención concedida aplicando el porcentaje de financiación sobre la cuantía correspondiente a los justificantes no presentados o no aceptados.

Noveno. Que independientemente de la publicación de las subvenciones concedidas, de acuerdo con las previsiones contenidas en el artículo 13 del Reglamento regulador de los procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 9.2.e), en relación con el 59.5.b), de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la resolución del procedimiento se publicará en los tablones de anuncios de las Delegaciones del Gobierno de la Junta de Andalucía con indicación de la estimación, desestimación o exclusión de cada una de las solicitudes y de las causas que fundamenten cada una de las decisiones adoptadas.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en e plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o potestativamente recurso de reposición ante la Consejera de Gobernación en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Almería, 17 de octubre de 2007.- El Delegado del Gobierno, Juan Callejón Baena.

ANEXO I: LISTADO DE BENEFICIARIOS
EXPEDIENTE DENOMINACIÓN ENTIDAD CIF IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN PRESUPUESTO ACEPTADO % DE FINANC. PLAZO DE EJECUCIÓN PLAZO DE
JUSTIFICACIÓN
DESCRIPCIÓN DEL EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO A ADQUIRIR
AL-VOL-EQ1/07 ASOC. CULTURAL EL BALNEARIO G-04300646 1.100,00 1.200,00 91,67% 1 MES 4 MESES EQUIPO INFORMÁTICO
AL-VOL-EQ2/07 FRATERNIDAD CRISTIANA DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD «FRATER» G-04035176 1.050,00 1.125,92 93,26% 1 MES 4 MESES ORDENADOR, IMPRESORA-FOTOCOPIADORA, FAX
AL-VOL-EQ4/07 ALCOHÓLICOS REHABILITADOS DE ALMERÍA: «ARA» G-04039525 1.500,00 1.589,00 94,40% 1 MES 4 MESES ORDENADOR E IMPRESORA LÁSER COLOR
AL-VOL-EQ7/07 HOGAR DE JUBILADOS Y PENSIONISTAS DE «EL ZAPILLO» G-04015426 2.800,00 3.050,00 91,80% 1 MES 4 MESES PORTÁTIL Y PROYECTOR
AL-VOL-EQ9/07 ASOCIACIÓN NEVA.
FEDERACIÓN RUSA
G-04598579 1.100,00 1.100,00 100,00% 1 MES 4 MESES ORDENADOR PORTÁTIL E IMPRESORA MULTIFUNCIÓN
AL-VOL-EQ10/07 ASOCIACIÓN DE PROTECCIÓN CIVIL Y EMERGENCIAS DE ROQUETAS DE MAR G-04577698 2.000,00 2.000,35 99,98% 1 MES 4 MESES ADQUISICIÓN DE ORDENADOR, PORTÁTILES, IMPRESORA Y CAÑÓN DE PROYECCIÓN
AL-VOL-EQ11/07 ASOCIACIÓN CULTURAL PEÑA BARCELONISTA TAPIA G-04238143 1.000,00 1.000,00 100,00% 1 MES 4 MESES ADQUISICIÓN DE PORTÁTIL E IMPRESORA MULTIFUNCIÓN
AL-VOL-EQ13/07 ASOC. VECINOS BASTETANIA G-04319117 2.500,00 2.728,32 91,63% 1 MES 4 MESES ORDENADOR PORTÁTIL Y CAÑÓN
AL-VOL-EQ14/07 FED. ASC. PADRES Y MADRES DEL ALUMNADO CC.EE. PÚBLICA DE ALMERÍA G-04027223 5.146,89 5.146,89 100,00% 1 MES 4 MESES PC FIJO, FOTOCOPIADORA, PC PORTATIL, CAÑÓN DE PROYECCIÓN Y PANTALLA
AL-VOL-EQ16/07 A TODA VELA G-04269189 2.800,00 3.000,00 93,33% 1 MES 4 MESES VOLUNTARIADO EN RED
AL-VOL-EQ18/07 ASOC. INNOVA ALMERÍA G-04405502 2.800,00 2.800,00 100,00% 1 MES 4 MESES 2 PCS. PORTÁTILES Y 2 IMPRESORAS
AL-VOL-EQ19/07 ASOC. MÓNSOLIS G-04311239 3.000,00 3.177,24 94,42% 1 MES 4 MESES 2 PCS FIJOS, 1 CAÑÓN DE PROYECCIÓN, 1 IMPRESORA LÁSER COLOR
AL-VOL-EQ20/07 UNIÓN PARA LA INTEGRACIÓN SOCIAL DE COLETIVOS DESFAVORECIDOS DE ANDALUCIA - «UNICODESA» G-04431466 1.500,00 1.500,00 100,00% 1 MES 4 MESES PORTÁTIL E IMPRESORA COLOR
AL-VOL-EQ21/07 ASOC. ALMERIENSE PROMOCIÓN MUJER CON DISCAPACIDAD - LUNA G-04557815 1.500,00 1.500,00 100,00% 1 MES 4 MESES 3 ORDENADORES
AL-VOL-EQ22/07 ASOCIACIÓN ECOLOGISTA RAKIS G-04342051 2.500,00 2.700,00 92,59% 1 MES 4 MESES ORDENADOR PORTÁTIL Y CAÑÓN
AL-VOL-EQ26/07 ASOCIACIÓN DE PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO STELLA MARIS DE ALMERÍA G-04027322 1.700,00 1.700,00 100,00% 1 MES 4 MESES PC PORTÁTIL Y CAÑÓN PROYECTOR
Descargar PDF