Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
La Jefa del Servicio de Prevención y Apoyo a la Familia, en su condición de instructora del procedimiento que se inicia sobre admisión en Centros de Atención Socioeducativa (Guarderías Infantiles) y en referencia a don Juan Gabriel Jaramillo López se ha constatado el impago de las mensualidades correspondientes a los meses de abril, mayo y junio del pasado curso 2006/2007, y de conformidad con el artículo 21.c) de la Orden de la Consejería de Asuntos Sociales (hoy para la Igualdad y Bienestar Social) de 6 de mayo de 2002, BOJA, núm. 55, de 11 de mayo) que habilita a dar de baja temporal o definitiva a los niños/as admitidos/as cuando se produzcan la acumulación de dos mensualidades impagadas, procedemos en aplicación del artículo 84 de la LRJAP y del PAC, a dar trámite de audiencia para que en el plazo de diez días hábiles pueda presentar alegaciones, documentos y las justificaciones que estime oportunas, haciéndole saber que si antes del vencimiento del plazo que se le indica no presenta las mencionadas alegaciones, ni aporta nuevos documentos o justificaciones, se tendrá por realizado el trámite.
Jaén, 29 de octubre de 2007.- La Delegada, Carmen Álvarez Arazola.
Descargar PDF