Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 233 de 27/11/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 2 de noviembre de 2007, de la Delegación del Gobierno de Cádiz, por la que se conceden subvenciones en la modalidad de programas a entidades sin fines lucrativos, al amparo de la Orden que se cita, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones destinadas al arraigo, la inserción y promoción social de personas inmigrantes en la modalidad de programas.

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Vista la Orden de 2 de enero de 2007, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para Programas e Infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes dirigidas a Entidades sin ánimo de lucro y Universidades en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2007 (BOJA núm. 14, de 19 de enero de 2007), y en base a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

1.º Con fecha 19 de enero del presente año se publica la Orden de 2 de enero de 2007, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2007, se han presentado 33 solicitudes de entidades en la Modalidad de Programas.

2.º Examinadas las solicitudes, se admiten 32, que reúnen todos los requisitos exigidos en la citada Orden de Convocatoria.

3.º Los proyectos presentados se dirigen a promover la participación social y el asociacionismo de la población inmigrante; potenciar las buenas prácticas de información y asesoramiento que faciliten la integración de hombres y mujeres inmigrantes; a mejorar la formación en materia de inmigración de profesionales que desarrollan su trabajo en contacto directo con inmigrantes o bien difundir conocimientos y a crear opiniones y actitudes en la población sobre esta materia; a la realización de encuentros que favorezcan el intercambio y el enriquecimiento mutuo entre las personas que intervienen o investigan en el ámbito de la inmigración; conocer la realidad de la inmigración en Andalucía, de los factores que la determinan y de sus repercusiones, así como de su evolución en el ámbito autonómico provincial y municipal; medidas que propicien en la sociedad actitudes favorables a la acogida y a la integración social de la población inmigrante, tratando de prevenir la aparición, provincial y municipal; medidas que propicien en la sociedad actitudes favorables a la acogida y a la integración social de la población inmigrante, tratando de prevenir la aparición de actitudes negativas hacia el hecho migratorio, así como modificar las posibles conductas racistas y xenófobas ya existentes; y actividades dirigidas a mejorar el conocimiento del fenómeno de la inmigración por parte de la sociedad en general y que promuevan la normalización de la convivencia entre la población inmigrante y autóctona.

4.º Valoradas las solicitudes conforme a los criterios establecidos en la Orden de convocatoria, se estiman favorables para obtener subvenciones aquellas cuya puntuación alcanzan los 50 puntos en la modalidad de infraestructuras.

5.º Existe dotación presupuestaria para atender las solicitudes de subvención valoradas favorablemente.

Ante los anteriores hechos procede la siguiente

VALORACIÓN JURÍDICA

1.º El Delegado del Gobierno tiene la competencia delegada para dictar la presente Resolución, en virtud del artícu-
lo 11, número 2, de la Orden de 2 de enero de 2007, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Coordinación de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2007.

2.º El artículo 6.2 de la Orden de convocatoria establece que el procedimiento de concesión de subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, estando limitada a la disponibilidad presupuestaria, por lo que ha sido necesario proceder a la ordenación de las solicitudes, atendiendo a los criterios establecidos en la Orden de convocatoria, con el fin de conceder subvenciones a las solicitudes que hayan obtenido mayor valoración. Una vez valoradas todas las solicitudes de la modalidad de programas, que reúnen los requisitos exigidos en la citada convocatoria, la calificación mínima necesaria para obtener subvención se ha establecido en 50 puntos.

3.º Examinadas las solicitudes correspondientes al Anexo de referencia, se aprecia que han obtenido una calificación superior a los 50 puntos y, por tanto, valoradas favorablemente según los criterios referidos para la obtención de una subvención en la modalidad de programas.

El resto de solicitudes que han obtenido una puntuación menor son contrarias a la estimación positiva de subvención.

En virtud de cuanto antecede,

RESUELVO

1.º Conceder a las Entidades que se relacionan en el Anexo las subvenciones que se especifican para cada una de ellas, con indicación del porcentaje de ayuda respecto al presupuesto aceptado, por un valor total de ochenta y nueve mil doscientos diecisiete euros (89.217,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria, para las actividades detalladas, y denegar las restantes solicitudes que no han sido valoradas favorablemente.

2.º La resolución de concesión de la subvención podrá modificarse en las condiciones y supuestos determinados en el artículo 15 de la Orden de 2 de enero de 2007.

3.º Las subvenciones concedidas serán abonadas a los beneficiarios sin justificación previa y en un solo pago, con cargo a la aplicación presupuestaria 01.09.00.02.11.483.00.31J.3, conforme a lo establecido en la Ley del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2007.

4.º El plazo de ejecución de los proyectos será el señalado en el Anexo de esta Resolución, en el caso de que se establezca por:

- Meses: Comenzarán a contarse desde la fecha de pago de la subvención.

- En el resto de los casos: De fecha a fecha, de acuerdo con lo establecido en el art. 19.5 de la Convocatoria, y de las fechas indicadas en solicitud.

5.º Las subvenciones concedidas habrán de ser justificadas en el plazo de un mes a contar desde la finalización del plazo de ejecución, mediante la presentación de los documentos a que se refiere el artículo 19 de la Orden de convocatoria y en particular de los siguientes:

a) Certificado de la Entidad en el que conste que el importe de la subvención ha quedado registrado en su contabilidad.

b) Memoria del proyecto desarrollado y de la aplicación al mismo de los fondos de la subvención, conforme al modelo que se podrá obtener en la página web de la Consejería de Gobernación citada en el art. 7.1.

c) Relación de los gastos en la que se reflejará el detalle de los mismos, a la que se acompañará facturas originales o copias para su cotejo con devolución del original, numeradas y ordenadas por cada concepto subvencionado, emitidas a nombre del beneficiario con indicación del CIF, nombre o razón social y CIF de quien la expide, desglose del impuesto que corresponda, fecha y firma de quien la emite.

d) Los justificantes que afecten a gratificaciones personales por colaboraciones esporádicas figurarán en recibos en los que se hará constar el carácter de las mismas, su cuantía, nombre y fotocopia del NIF del perceptor firmante y la correspondiente retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

e) Certificación del representante legal de la Entidad en la que se haga constar que las facturas justificativas corresponden a pagos realizados y derivados de la finalidad para la que fue concedida la subvención, que los originales quedan depositados en la sede de la Entidad, donde estarán disponibles para cualquier inspección, y que no han servido de justificación ante otras Administraciones Públicas o Entidades Privadas en la cuantía del objeto subvencionado.

f) Para los gastos de personal, copia de los contratos laborales, de los recibos de nóminas firmados por los perceptores, y de los justificantes de las cotizaciones a la Seguridad Social y de las retenciones de Hacienda.

6.º Las entidades beneficiarias quedan obligadas al cumplimiento de lo establecido en el artículo 18 de la Orden de convocatoria.

7.º Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se dicte la resolución de reintegro, en los supuestos contemplados en el artículo 20 de la Orden de convocatoria.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Cádiz en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o potestativamente recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día a la publicación referida, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Cádiz, 2 de noviembre de 2007.- El Delegado del Gobierno, José Antonio Gómez Periñán.

Expte. Entidad Presupuesto aceptado Cuantía subvención Conceptos subvencionados Plazo de ejecución
PM-001/2007 ASOCIACIÓN DE MUJERES PROGRESISTAS «VICTORIA KENT» 3.956,00 3.956,00 Personal contratado, material fungible. 6 MESES
PM-002/2007 FUNDACIÓN MÁRGENES Y VÍNCULOS 4.943,24 4.943,24 Personal contratado, material fungible. 15-08-2007 a 14-05-2008
PM-004/07 COLECTIVO DE PREVENCIÓN E INSERSIÓN CEPA 5.042,49 5.042,49 Personal voluntario, suministros, material fungible, correos y mensajería, alquiler de equipamientos; asesoría; seguros…) 03-09-2007 a 30-11-2007
PM-006/07 CE.A.IN (CENTRO DE ACOGIDA DE INMIGRANTES) 25.146,00 25.146,00 Personal contratado, suministros, material fungible, material/gasto didáctico y de difusión 12 MESES
PM-014/07 ASOCIACIÓN CARDIJN 23.551,15 23.251,15 Personal contratado, dietas y desplazamientos, material fungible, elaboración y difusión de material informativo y envío de mensajes a móviles. 01-10-2007 a 01-10-2008
PM-16/07 ASOCIACIÓN PRO DERECHOS HUMANOS DE ANDALUCÍA 3.202,50 3.102,50 Personal contratado, dietas y desplazamientos, material fungible, suministros. 03-09-2007 a 28-12-2007
PM-017/07 ASOCIACIÓN PRO DERECHOS HUMANOS DE ANDALUCÍA 3.060,00 3.060,00 Dietas y desplazamientos, personal contratado, material fungible, sumistros. 01-01-2007 a 31-12-2007
PM-018/07 ASOCIACIÓN PRO DERECHOS HUMANOS DE ANDALUCÍA 6.900,00 6.800,00 Personal contratado, dietas y desplazamientos, suministros, material fungible. 01-01-2007 a 31-12-2007
PM-022/07 ASOCIACIÓN DE INMIGRANTES LATINOS DE ANDALUCÍA (AILA) 8.820,00 8.820,00 Personal contratado, material fungible. 01-09-2007 a 31-08-2008
PM-038/07 FEDERACIÓN LOCAL DE ASOCIACIONES PADRES DE ALUMNOS 5.074,00 5.074,00 Personal contratado, material fungible, pago gestoría 4 MESES
Cádiz, 2 de noviembre de 2007.- La Consejera de Gobernación, P.D. (Orden 2.1.2007, BOJA núm. 14, 19.1), el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía, José Antonio Gómez Periñán.
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