Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 234 de 28/11/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 19 de octubre de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Córdoba, dimanante del procedimiento ordinario núm. 148/2006. (PD. 5113/2007).

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NIG: 1402142C20060001225.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 148/2006. Negociado: CC.

De: Convisur.

Procuradora: Sra. María Leña Mejías.

Letrado: Sr. José Antonio Navarro Párraga.

Contra: Don Rafael Pérez Guerrero.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIóN

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 148/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Córdoba a instancia de Convisur contra Rafael Pérez Guerrero, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de PRIMERA INSTANCIA Núm. dos de CóRDOBA AUTOS: 148/2006

JUICIO ORDINARIO

SENTENCIA NÚM. 217/07

Córdoba, diecinueve de octubre de dos mil siete.

Vistos por Antonio Salmoral García, Juez que sirve el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de los de Córdoba y su partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguido con el ordinal 148/2006, a instancia de Convisur, representada por la Procuradora doña María Leña Mejías y con la asistencia del Letrado don José Antonio Navarro Párraga, contra don Rafael Pérez Guerrero, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Debiendo estimar parcialmente la demanda formulada a instancia de Convisur representada, por la Procuradora doña María Leña Mejías y con la asistencia del Letrado don José Antonio Navarro Párraga, contra don Rafael Pérez Guerrero, en situación procesal de rebeldía, la estimo parcialmente declarando resueltos los dos contratos de compraventa suscritos entre las partes y haber lugar a la pérdida del 50% de las cantidades entregadas por todos los conceptos en concepto de indemnización, ello con desestimación de las restantes peticiones y sin efectuar especial declaración sobre costas procesales igualmente en la forma que se razona en sentencia.

Notifíquese haciendo saber que no es firme, pues contra ella cabe formular recurso de apelación ante este Juzgado y para la Audiencia Provincial de Córdoba.

Así por esta sentencia, que se emite por el Juez en el lugar y fecha en el encabezamiento signados.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Rafael Pérez Guerrero, extiendo y firmo la presente en Córdoba a diecinueve de octubre de dos mil siete.- El/La Secretario.

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