Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 04/12/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Resolución de 20 de noviembre de 2007, de la Secretaría General Técnica, para el cumplimiento de la sentencia de 20 de septiembre de 2007, dictada por la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, dentro del procedimiento núm. 209/2005.

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En el recurso contencioso-administrativo núm. 209/2005, interpuesto en su día por la Federación Andaluza de Consumidores y Usuarios de Andalucía -FACUA- contra la Resolución de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra la Resolución de 22 de mayo de 2004, de la Viceconsejería, por la que se autorizan las tarifas de agua potable de Alcolea del Río, Brenes, Las Cabezas de San Juan, Cantillana, Carmona, El Coronil, El Cuervo, Lebrija, Los Molares, Los Palacios y Villafranca, El Pedroso, Tocina, Utrera, Villanueva del Río y Minas, El Viso del Alcor, integrados en el Consorcio de Aguas del Huesna (Sevilla), se ha dictado sentencia por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede en Sevilla, con fecha 20 de septiembre de 2007, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«Fallamos: Que debemos estimar parcialmente el recurso interpuesto por Federación de Asociaciones de Consumidores y Usuarios en Acción de Andalucía -FACUA- contra la Resolución presunta de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Andalucía, desestimatoria del recurso de alzada deducido contra la Resolución de 22 de mayo de 2004, de la Viceconsejería, por la que se autorizan las tarifas de agua potable de Alcolea del Río, Brenes, Las Cabezas de San Juan, Cantillana, Carmona, El Coronil, El Cuervo, Lebrija, Los Molares, Los Palacios y Villafranca, El Pedroso, Tocina, Utrera, Villanueva del Río y Minas, El Viso del Alcor, integrados en el Consorcio de Aguas del Huesna (Sevilla) (BOJA núm. 121, de 22 de junio), que anulamos respecto a la aprobación de la cuota de contratación y reconexión por no ajustarse a Derecho, desestimando el resto de la demanda. Sin costas.»

En virtud de la delegación de competencias conferidas por el artículo 18.2 de la Orden de la Consejería de Economía y Hacienda, de 22 de febrero de 2005, y de conformidad con lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, los artículos 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento, en sus propios términos, de la referida sentencia, así como su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 20 de noviembre de 2007.- El Secretario General Técnico, Luis Nieto Ballesteros.

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