Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 238 de 04/12/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

Resolución de 25 de octubre de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 28 de septiembre de 2007, en relación con la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Los Molares (Sevilla), Sector SI-4 (Expte. SE-312/07).

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, adoptada en su sesión de fecha 28 de septiembre de 2007, por la que se suspende la aprobación definitiva de la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Los Molares (Sevilla), Sector SI-4.

TEXTO DE LA RESOLUCIÓN

«Visto el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Los Molares (Sevilla), Sector SI-4, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y demás legislación urbanística aplicable.

H E C H O S

Primero. El proyecto urbanístico de referencia tiene por objeto clasificar como suelo urbanizable sectorizado con uso global residencial unos terrenos de 20.775,35 m² de superficie, actualmente clasificados como suelo apto para urbanizar con carácter industrial.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Tercero. En el expediente constan los siguientes informes sectoriales:

a) El Consorcio del Huesna ha emitido informe en fecha 27 de junio de 2007, especificando las condiciones que han de cumplir las infraestructuras de suministro de agua y saneamiento para abastecer al nuevo sector.

b) Sevillana Endesa, empresa responsable del suministro de energía eléctrica, informa que no existe inconveniente para la construcción de las viviendas proyectadas y, en este sentido, informa que se están llevando a cabo todas las gestiones y trámites necesarios para la ejecución de las obras e instalaciones pertinentes que garantizarán la ampliación de potencia eléctrica en la población una vez que estas obras queden finalizadas.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Los Molares para la resolución definitiva de este proyecto, se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. El total de viviendas que se propone en la presente Modificación de Normas Subsidiarias es de 76 viviendas. Por otra parte, debe señalarse que con fecha 26 de octubre de 2006 la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo aprobó definitivamente una Modificación de las Normas Subsidiarias por la que se clasificaba suelo para posibilitar la construcción de 299 viviendas. El conjunto de estas dos modificaciones permite construir 375 nuevas viviendas. Si se tiene en consideración una ratio de 2,7 hab/vivienda, el incremento de población de estas dos modificaciones respecto a la población actual (2.652 habitantes) se sitúa en el 38,18%, superando los límites de crecimiento residencial que se establece en el art. 45.4.a) del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía. En consecuencia, debe el Ayuntamiento reconsiderar el dimensionamiento de la presente Modificación para mantener el crecimiento poblacional dentro de los límites permitidos por el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía y, todo ello, en consonancia con la ordenación urbanística que debe establecer el Plan General de la localidad, actualmente en tramitación, y a la vista del grado de consolidación de los suelos actualmente en ejecución.

Quinto. La deficiencia que presenta el proyecto obliga a que, previamente a la resolución definitiva del expediente, sea corregida adecuadamente por el Ayuntamiento, tal como dispone el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, la Sección de Urbanismo de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,

ha RESUELTO

Suspender la aprobación definitiva del proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Los Molares (Sevilla), Sector SI-4 aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con fecha 23 de marzo de 2007, para que, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002 de Ordenación Urbanística de Andalucía, por el Ayuntamiento de dicha localidad se proceda a subsanar la deficiencia señalada en el Fundamento de Derecho Cuarto de esta Resolución.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan.»

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, bien directamente o a través de esta Delegación Provincial, ante el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.

Sevilla, 25 de octubre de 2007.- El Delegado, Jesús
Lucrecio Fernández Delgado.

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