Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 240 de 07/12/2007

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 5 de noviembre de 2007, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Vélez-Málaga, dimanante del procedimiento de divorcio núm. 190/2007. (PD. 5218/2007).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2909442C20070001130.

Procedimiento: Divorcio Contencioso (N) 190/2007. Negociado: 1.

De: Doña Ana Belén Moreno Ocón.

Procurador: Sr. Pedro A. León Fernández.

Contra: Don Miguel Ángel Santiago Guzmán.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Divorcio Contencioso (N) 190/2007 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Uno de Vélez Málaga a instancia de Ana Belén Moreno Ocón contra Miguel Angel Santiago Guzmán sobre, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 122/07

En Vélez Málaga, a 10 de octubre de 2007.

Vistos por don Sergio Ruiz Martín, Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Uno de Vélez Málaga y su partido, los autos de Juicio verbal de Divorcio, seguidos en este Juzgado con el núm. 190 del año 2007, a instancia de doña Ana Belén Moreno Ocón, representada por el Procurador de los Tribunales don Pedro Ángel León Fernández y defendido por la Letrada doña Lidia Miranda López de Ahumada, contra don Miguel Ángel Santiago Guzmán, declarado en situación procesal de rebeldía,

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda de divorcio interpuesta a instancia de doña Ana Belén Moreno Ocón, representada por el Procurador de los Tribunales don Pedro Ángel León Fernández y defendido por la Letrada doña Lidia Miranda López de Ahumada, contra don Miguel Ángel Santiago Guzmán, declarado en situación procesal de rebeldía, debo acordar y acuerdo la disolución por causa de divorcio del matrimonio formado por dichos esposos, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerseante este mismo Juzgado, dentro de los 5 días siguientes a contar desde el siguiente al de la notificación de esta Resolución, que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Una vez firme la presente, comuníquese de oficio al Registro Civil que corresponda en que conste el asiento del matrimonio, remitiéndose al efecto testimonio de la misma, para la anotación correspondiente.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Miguel Ángel Santiago Guzmán, extiendo y firmo la presente en Vélez Málaga, a cinco de noviembre de dos mil siete.- El/La Secretario.

Descargar PDF