Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 10/12/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 25 de octubre de 2007, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de los Estatutos de la Fundación San Fernando Rey de España y San Francisco de Asís de la Casa Zayas y
Ossorio Calvache.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación San Fernando Rey de España y San Francisco de Asís de la Casa Zayas y Ossorio Calvache, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de Hecho

Primero. El 15 de octubre de 2007 tuvo entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública escrito de doña Elvira Ramón Utrabo, actuando en nombre de la Fundación, para la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.

Segundo. La modificación estatutaria afecta a la adaptación general a la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y a su artículo 4, relativo al domicilio social de la fundación.

Tercero. Al expediente se ha aportado la siguiente documentación: Certificado del acuerdo adoptado por el Patronato en su reunión de 23 de noviembre de 2006, sobre la aprobación de la modificación de los estatutos, y escritura pública otorgada el 12 de julio de 2007, ante la Notario doña Pilar Fernández-Palma Macías, del Ilustre Colegio de Granada, registrada con el número 2.013 de su protocolo. La escritura incorpora el texto completo de los estatutos modificados.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre, y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, y en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, habiendo obtenido un pronunciamiento favorable mediante Resolución de la Secretaría General Técnica, de 21 de septiembre de 2007.

Cuarto. Corresponde a la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia la resolución del presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 del Reglamento de organización y funcionamiento del mismo, aprobado por la citada disposición.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior,

RESUELVE

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación San Fernando Rey de España y San Francisco de Asís de la Casa Zayas y Ossorio Calvache, formalizados en la escritura pública otorgada el 12 de julio de 2007, ante la Notaria doña Pilar Fernández-Palma Macías, del Ilustre Colegio de Granada, registrada con el número 2.013 de su protocolo.

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados y su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 25 de octubre de 2007.- La Directora General, Beatriz Sainz-Pardo Prieto-Castro.

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