Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 241 de 10/12/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

Resolución de 20 de noviembre de 2007, de la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Modificación de los Estatutos de la Fundación Cultural del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos de Sevilla.

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Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Cultural del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Sevilla, sobre la base de los siguientes

Antecedentes de Hecho

Primero. El 28 de noviembre de 2006 tiene entrada en la Consejería de Justicia y Administración Pública escrito de la Fundación, solicitando la inscripción de la modificación estatutaria adoptada por su Patronato.

Segundo. La modificación estatutaria afecta a la redacción del articulo 7 sobre el domicilio de la fundación y el artículo 18 sobre composición de la comisión ejecutiva.

Tercero. Al expediente se aporta escritura pública otorgada el 17 de octubre de 2007, ante el Notario don Antonio Ojeda escobar, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 3.474 de su protocolo, por la que se refunden los estatutos de la fundación recogiéndose en un solo texto la modificación acordada por el Patronato de los artículos 7 y 18, formalizada en escritura de 27 de septiembre de 2006, ante el mismo Notario bajo el núm. 3.477 de su protocolo.

Cuarto. La escritura pública incorpora certificación del acuerdo del Patronato de 28 de diciembre de 2005, relativo a la modificación de estatutos.

Fundamentos de Derecho

Primero. Resultan de aplicación para la resolución del presente procedimiento, la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre y la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segundo. Al expediente de inscripción de modificación estatutaria se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose los requisitos previstos en el artículo 40 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo y en el artículo 30 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía, aprobado por Decreto 279/2003, de 7 de octubre.

Tercero. Consta que la modificación estatutaria acordada por el Patronato de la Fundación fue comunicada al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Cultura, de acuerdo con lo establecido en el artículo 40.4 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, habiendo obtenido un pronunciamiento favorable mediante Orden de 15 de diciembre de 2006, de aquél Departamento.

Cuarto. Corresponde a la Dirección General de Instituciones y Cooperación con la Justicia la resolución del presente procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 279/2003, de 7 de octubre por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, y el artículo 26 del Reglamento de organización y funcionamiento del mismo, aprobado por la citada disposición.

En su virtud, esta Dirección General, de acuerdo con lo anterior,

R E S U E L V E

Primero. Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación de estatutos de la Fundación Cultural del Colegio Oficial de Aparejadores y Arquitectos Técnicos de Sevilla, formalizados en escritura pública otorgada el 17 de octubre de 2007, ante el Notario don Antonio Ojeda Escobar, del Ilustre Colegio de Sevilla, registrada con el número 3.474 de su protocolo, por la que se refunden los estatutos de la fundación recogiéndose en un solo texto la modificación acordada por el Patronato de los artículos 7 y 18, formalizada en escritura de 27 de septiembre de 2006, ante el mismo notario bajo el núm. 3.477 de su protocolo

Segundo. Ordenar la notificación de la presente Resolución a los interesados y su comunicación al Protectorado de Fundaciones de la Consejería de Cultura, y la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra esta Resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes desde su publicación, ante la Consejería de Justicia y Administración Pública.

Sevilla, 20 de noviembre de 2007.- La Directora General, Beatriz Sáinz-Pardo Prieto-Castro.

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