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Se somete a Información Pública el Proyecto Modificado núm. 1 del «Saneamiento y Depuración de los municipios de Bélmez, Espiel, Alcaracejos, Villanueva del Duque y Belalcázar (Córdoba)», cuyas obras se desarrollarán en los términos municipales de Bélmez, Espiel, Alcaracejos, Villanueva del Duque y Belalcázar (Córdoba), a los efectos siguientes:
1. Interés general para su publicación y general conocimiento.
2. Trámite de expropiaciones forzosas, ocupaciones y afecciones, según Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
3. Tramitación medioambiental según Ley 7/1994, de 18 de marzo, de Protección Ambiental, y Decreto 153/2006, de 30 de abril, de aprobación del Reglamento de Informe Ambiental, así como Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
NOTA EXTRACTO
1. Objeto del proyecto modificado.
Se trata de recoger los cambios producidos en el proyecto vigente para el saneamiento y depuración de los municipios de Bélmez, Espiel, Alcaracejos, Villanueva del Duque y Belalcázar (Córdoba) con motivo de la aprobación de las modificaciones solicitadas en relación al cambio de parcela de la EDAR Alcaracejos-Villanueva del Duque y a la prolongación del colector de Villanueva del Duque hasta la nueva ubicación de la EDAR, no sufriendo ninguna variación el resto de actuaciones del contrato (Bélmez, Espiel y Belalcázar).
2. Descripción de las obras.
Los cambios que se producen con respecto al proyecto original vigente y que son objeto de nueva información pública son los siguientes:
- Cambio de ubicación de parcela de la EDAR, situada en el t.m. de Villanueva del Duque a nueva ubicación en el mismo término municipal lo que implica una aumento de 1.116 m en la longitud del colector de aguas residuales afluente a la depuradora, 25 pozos más de registro y un mayor aumento de movimiento de tierra y de demolición y reposiciones de cerramientos de fincas afectadas por el paso de la tubería. Así mismo, la conducción de abastecimiento a la EDAR aumenta en 1.107 m, si bien la acometida eléctrica disminuye por la proximidad de la conexión a la nueva parcela. En lo que respecta al camino de acceso, ve incrementada su longitud en 3.120 m debido al nuevo trazado del mismo.
3. Propietarios afectados.
Municipio de Villanueva del Duque | |||||
POLÍGONO | PARCELA | PROPIETARIO | DATOS DE OCUPACIÓN (m | ||
OC. TEMPORAL | SERVIDUMBRE | EXP. DEFINITIVA | |||
28 | 17 | JUAN MEDINA BENÍTEZ | 2.373,00 | ||
28 | 18 | MARÍA RUIZ SÁNCHEZ | 368,22 | 86,64 | 10,83 |
JUAN RUIZ SÁNCHEZ | |||||
28 | 19 | MARÍA RUIZ SÁNCHEZ | 236,98 | 55,76 | 6,97 |
JUAN RUIZ SÁNCHEZ | |||||
28 | 20 | MARÍA DE GUÍA RUIZ SÁNCHEZ | 244,40 | 52,80 | 6,60 |
28 | 21 | ASCENSIÓN RAMOS RUIZ | 1685,04 | 396,48 | 49,56 |
28 | 22 | ÁNGEL MUÑOZ ALAMILLOS | 267,92 | 63,04 | 7,88 |
SACRAMENTO MUÑOZ ALAMILLOS | |||||
28 | 23 | EMILIANO GREGORIO GÓMEZ MEDINA | 212,33 | 49,96 | 6,25 |
28 | 24 | EMILIANO GREGORIO GÓMEZ MEDINA | 406,98 | 95,76 | 11,97 |
28 | 25 | JUAN CABALLERO MEDINA | 700,74 | 164,88 | 20,61 |
28 | 27 | ANDRÉS ESQUINAS MEDINA | 1.685,04 | 396,48 | 69,01 |
28 | 28 | JUAN JOSÉ ARÉVALO GRANADOS | 216,07 | 50,84 | 6,36 |
28 | 29 | JOSEFA RAMOS GRANADOS | 311,27 | 73,24 | 9,16 |
28 | 30 | ÁNGELES PETRA MORENO MOYA | 311,44 | 73,28 | 9,16 |
28 | 31 | FRANCISCO RUBIO MEDINA | 203,15 | 47,80 | 5,98 |
28 | 32 | FRANCISCO BENÍTEZ BLANCO | 203,66 | 47,92 | 5,99 |
28 | 33 | JUAN RAFAEL LEAL RUBIO | 2470,10 | 581,12 | 72,65 |
JOSÉ LEAL RUBIO | |||||
HILARIO LEAL RUBIO (HEREDEROS) | |||||
28 | 34 | MARÍA PILAR RUIZ MUÑOZ | 615,74 | 144,88 | 18,11 |
28 | 35 | GABRIEL MEDINA LUNA | 324,36 | 76,32 | 9,54 |
28 | 36 | FRANCISCO RUBIO SALADO | 901,51 | 212,12 | 26,52 |
JOSÉ RUBIO SALADO | |||||
28 | 37 | TERESA FERNÁNDEZ CABALLERO | 432,99 | 101,88 | 12,73 |
28 | 38 | ELENA CABALLERO FERNÁNDEZ | 569,16 | 133,92 | 16,74 |
CAMILA CABALLERO FERNÁNDEZ | |||||
ANTONIA CABALLERO FERNÁNDEZ | |||||
28 | 39 | TEÓFILO MEDINA QUEBRAJO | 1.356,26 | 319,12 | 39,89 |
28 | 40 | JOSÉ MOYA CABALLERO | 742,05 | 174,60 | 21,83 |
Lo que se hace público para general conocimiento, abriéndose un plazo de treinta (30) días hábiles contados a partir de la última de las publicaciones que se efectúen en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, para que los interesados puedan presentar reclamaciones y alegaciones sobre la procedencia de la ocupación o disposición de los bienes y su estado material o legal, a través de los registros y oficinas regulados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el Ayuntamiento de Villanueva del Duque o ante el Director Provincial de la Agencia Andaluza del Agua de Córdoba, en cuyas oficinas y durante los mismos días y en horas hábiles está expuesto el citado proyecto, a disposición de los que deseen examinarlo.
En el tablón de anuncios del Ayuntamiento donde radiquen los bienes objeto de expropiación, se fijará una copia de la relación de bienes y derechos afectados, a tenor de lo dispuesto en los artículos 18 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y concordantes del Reglamento para su aplicación.
Córdoba, 3 de diciembre de 2007.- El Director, Luis Rey Yébenes.
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