Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 27 de 06/02/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

Orden de 24 de enero de 2007, por la que se aprueba la Carta de Servicios de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Visto el proyecto de Carta de Servicios elaborado por la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, previo informe favorable de la Dirección General de Administración Electrónica y Calidad de Servicios, y de acuerdo con el articulo 7.1 del Decreto 317/2003, de 18 de noviembre, por el que se regulan las Cartas de Servicios, el sistema de evaluación de la calidad de los servicios y se establecen los Premios a la Calidad de los Servicios Públicos.

DISPONGO

1. Aprobar la Carta de Servicios elaborada por la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, con el contenido previsto en el Anexo a la presente Orden.

2. La difusión de la Carta de Servicios elaborada por la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria se llevará a cabo por la Delegaciones de Agricultura y Pesca, así como a través de la página web www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca, donde se podrá acceder a su contenido íntegro.

3. Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

4. La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de enero de 2007

ISAIAS PEREZ SALDAÑA

Consejero de Agricultura y Pesca

ANEXO

CARTA DE SERVICIOS DE LA DIRECCION GENERAL DE INDUSTRIAS Y PROMOCION AGROALIMENTARIA

PROLOGO

La industria agroalimentaria andaluza es el sector industrial más importante de Andalucía, sujeto a profundos cambios como consecuencia de la internacionalización de la economía, las nuevas orientaciones de la Política Agraria Común, los avances tecnológicos, la concentración de la demanda en las cadenas de distribución y, sin duda, las crecientes exigencias de los consumidores que demandan alimentos sanos y de calidad. La Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentarias es la encargada de dar respuesta al sector agroalimentario andaluz ante nuevos desafíos y oportunidades. El propósito de esta Carta de Servicios es dar a conocer los Servicios que presta este organismo, facilitando a los usuarios la obtención de información, los mecanismos y la posibilidad de colaborar activamente en la mejora de los servicios proporcionados.

A) DATOS DE CARACTER GENERAL

I. DATOS IDENTIFICATIVOS

I.I. Datos identificativos de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria.

La Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria forma parte de la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca, como se establece en el artículo 9 del Decreto 204/2004, de 11 de mayo (BOJA núm. 94, de 14 de mayo de 2004). Este organismo consta de los siguientes Servicios:

1. Servicio de Industrias Agrarias.

2. Servicio de Calidad y Promoción.

3. Servicio de Ordenación de la Oferta.

4. Servicio de Asociacionismo Agroalimentario.

5. Servicio de Control de la Calidad Agroalimentaria.

I.II. Misión de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentarias.

La dirección, planificación, ejecución y seguimiento de los Planes y Programas relativos a la Industria Agroalimentaria, la Calidad y la Promoción Agroalimentaria y de sus productos. Así como el desarrollo normativo requerido para la consecución de estos objetivos, mediante la ordenación, el fomento, la modernización y el control de las industrias y los establecimientos de manipulación, transformación y comercialización de los productos agroalimentarios, así como la gestión de los diferentes registros relacionados.

I.III. Identificación de la Unidad responsable de la elaboración, gestión y seguimiento de la Carta de Servicios.

La unidad responsable es el Servicio de Ordenación de la Oferta.

I.IV. Formas de colaboración y participación con La Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentarias.

Las personas usuarias de los servicios que presta la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria en calidad de clientes, ya sea de carácter interno personal al servicio de la Administración Pública, unidades u órganos administrativos- o externo

la ciudadanía en general

podrán colaborar en la mejora de la prestación del servicio a través de los siguientes medios:

- A través del Libro de Sugerencias y Reclamaciones de la Junta de Andalucía.

- Mediante su participación en encuentros, reuniones, jornadas y foros que se organicen al efecto por la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria.

- Sugerencias de las Delegaciones Provinciales.

II. SERVICIOS

II.I. Relación de Servicios que presta.

A la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentarias le corresponden las siguientes atribuciones, distribuidas en los diferentes Servicios integrados en la misma:

1. Al Servicio de Industrias Agrarias le corresponde:

a) Gestionar y coordinar la línea de ayudas para fomentar la calidad agroalimentaria.

b) Gestionar y coordinar las actividades realizadas en el subprograma III. Asistencia técnica a almazaras e industrias de aderezo del programa de mejora de la calidad de la producción del aceite de oliva y aceituna de mesa por campaña.

c) Elaborar y actualizar la normativa de aplicación de las líneas de ayuda para la implantación de sistemas de calidad de productos agroalimentarios y normativa para mejorar la calidad de las producciones y mejorar el respeto medioambiental contenidas en el Subprograma III. Asistencia técnica a almazaras e industrias de elaboración de aceituna de mesa.

d) Gestionar y mantener actualizada la aplicación informática GAIA para la gestión de ayudas de expedientes de calidad agroalimentaria.

e) Elaborar Informes técnicos que se demanden al

Servicio relativos a la mejora de la calidad de la producción del aceite de oliva y aceituna de mesa y los sistemas de calidad industrial.

f) Mantener actualizada toda la información disponible en la página web.

2. Al Servicio de Calidad y Promoción le corresponde:

a) Gestionar Campañas de Promoción.

b) Gestionar el reconocimiento de Denominaciones de Origen Protegidas e Indicaciones

c) Geográficas Protegidas para productos agroalimentarios y pesqueros.

d) Gestionar la autorización del uso de la marca "Calidad Certificada" para productos agroalimentarios y pesqueros.

e) Gestionar las ayudas relacionadas con la promoción de productos agroalimentarios y pesqueros.

f) Promover la asistencia a Ferias Agroalimentarias y a otros eventos de promoción.

f) Realizar auditorías de control a las entidades privadas autorizadas.

g) Gestionar las ayudas para la organización y participación en Ferias Agroalimentarias.

h) Gestionar productos promocionales.

i) Elaborar normas y reglamentos de calidad de productos agroalimentarios.

j) Divulgación de Denominaciones de Calidad.

k) Gestionar la autorización de entidades privadas como:

1. Organismos de Control de la Agricultura Ecológica.

2. Entidades Certificadoras de Vinos de la Tierra.

3. Entidades Inspectoras y/o Certificadoras de Productos Ibéricos.

4. Entidades Certificadores de Pliegos de Productos.

5. Entidades de Certificación de Producción Integrada.

6. Entidades de Certificación de Especialidades Tradicionales Garantizadas.

l) Gestionar el Sistema de Información de Entidades de Inspección y Certificación.

m) Gestionar las ayudas para los Consejos Reguladores y otras Entidades de Certificación.

n) Gestionar el reconocimiento de la Mención "Vino de la Tierra", acompañado de una Indicación Geográfica.

o) Gestionar el reconocimiento de Productos con Características Específicas (también denominadas Especialidades Tradicionales Garantizadas).

p) Gestionar el Registro de Entidades de Inspección y Certificación de Productos Agroalimentarios y Pesqueros en Andalucía.

3. Al Servicio de Ordenación de la Oferta le corresponde:

a) Coordinar el Registro de Industrias Agroalimentarias.

b) Coordinar los Registros de Almazaras e Industrias de Aderezo, Operadores y centros de compra de aceituna.

c) Gestionar los certificados de las almazaras e industrias de aderezo para el pago de la ayuda a la producción de aceite de oliva y aceituna de mesa.

d) Regular y coordinar la autorización de las almazaras, industrias de aderezo, operadores y centros de compra de aceituna.

e) Coordinar el Registro de Operadores de Frutas y Hortalizas.

f) Gestionar la autorización del uso del adhesivo para los Operadores de Frutas y Hortalizas

g) Gestionar la ayuda para la implantación y mejora de la trazabilidad en Frutas y Hortalizas.

h) Gestionar la ayuda para la concentración de la Oferta de los productos agrarios en lugares de origen.

i) Gestionar la ayuda para las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias.

j) Gestionar el reconocimiento de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias.

k) Gestionar y coordinar la autorización de Depósitos de lodos y efluentes procedentes de las actividades agroindustriales.

l) Revisar y reconocer normas y reglamentos de productos y procesos agroalimentarios, y promover su divulgación.

m) Elaborar y revisar legislación agroalimentaria, y realizar los correspondientes informes.

n) Coordinar los contenidos de la página web relativos a Agroindustria y calidad.

o) Colaborar en Comités de Normalización y Certificación de AENOR.

p) Apoyar a los mercados agrarios en zonas producción.

4. Al Servicio de Asociacionismo Agrario le corresponde:

a) Reconocer a las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas y controlar el mantenimiento de las condiciones que han de cumplir las mismas.

b) Gestionar y tramitar los Programas Operativos y sus modificaciones de las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas (OPFH).

c) Gestionar el sistema de información para la gestión de OPFH.

d) Gestionar las ayudas para el Fomento del Asociacionismo Agroalimentario.

e) Gestionar la aplicación informática FASA para la tramitación de ayudas al Fomento del Asociacionismo Agroalimentario.

f) Programar y coordinar acciones para el Fomento del Asociacionismo Agroalimentario.

g) Gestionar la Unidad Central y coordinar las Unidades Provinciales del Registro de Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) de Andalucía.

h) Reconocer a las Organizaciones de Productores de aceite de oliva Reconocidas (OPR), y controlar el mantenimiento de las condiciones que han de cumplir las mismas.

i) Coordinar el Registro de afiliaciones de socios de las OPR.

j) Reconocer a las Agrupaciones de Productores Agrarios (APA's) y controlar el mantenimiento de las condiciones que han de cumplir las mismas.

k) Aprobar las ayudas a APA's y OPFH.

l) Reconocer a las Organizaciones de Operadores del sector del aceite de oliva y controlar el mantenimiento de las condiciones que han de cumplir las mismas.

m) Realizar el Censo de las Entidades Agrarias de Andalucía y de su actividad socioeconómica para su estudio y divulgación.

n) Mantener actualizada, en la página web de la Consejería de Agricultura y Pesca, la información sobre funciones, normas, ayudas, formularios y censos.

o) La coordinación y gestión de proyectos transfronterizos referentes a las Entidades Asociativas Agrarias (Interreg).

p) La coordinación, en materia de la OCM de Frutas y Hortalizas, con otras CCAA y otros países productores de Frutas y Hortalizas de las demandas de las Agrupaciones de Productores (ARELFH).

q) Elaborar informes técnicos que se demanden al Servicio.

5. Al Servicio de Control de la Calidad Agroalimentaria le corresponde:

a) Planificar, facilitar y evaluar las inspecciones necesarias para verificar el cumplimiento, por los establecimientos de elaboración y de almacenamiento, de las normas que han de cumplir en la fabricación y comercialización de los productos agroalimentarios.

b) Análisis de muestras entregadas en Laboratorios.

c) Atender denuncias procedentes de otras Comunidades Autónomas.

d) Informar al sector de las normas de calidad de los productos agroalimentarios, para su cumplimiento.

e) Organizar y gestionar actividades de control y de formación en los mataderos.

f) Autorizar, regular y coordinar las actividades de los laboratorios privados de Andalucía.

g) Realizar las actividades dentro del marco de la trazabilidad de la leche cruda (letra Q)

h) Organizar ensayos interlaboratorios.

i) Estudiar nuevas metodología para caracterización de productos.

j) Apoyar técnicamente al sector.

k) Formar al personal técnico de Cooperativas y Consejos Reguladores.

l) Formar alumnos de FP, Universidad, etc. en prácticas analíticas.

m)Gestionar las ayudas dentro del programa de mejora de la calidad del aceite de oliva.

n) Gestionar las inscripciones en el Registro de embotelladores y envasadores de Andalucía.

o) Revisar pliegos de etiquetado facultativo de vacuno.

II.II. Normativa reguladora de los servicios prestados por la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria.

Según los servicios prestados se añade la normativa relacionada:

Industrias Agrarias.

Orden de 11 de julio de 2002, por la que se desarrolla parcialmente la Sección 3.ª, sobre ayudas para fomentar la calidad agroalimentaria, del Decreto 280/2001, de 26 de diciembre (BOJA núm. 87, de 25.7.2002).

Orden de 7 de septiembre de 2004, por la que se regulan y convocan ayudas para la asistencia técnica de las almazaras y las empresas de transformación de aceitunas de mesa con el fin de contribuir a la mejora del medio ambiente y al aumento de la calidad de la producción del aceite de oliva y de aceitunas de mesa, en el marco del Programa de mejora de la calidad de la producción de aceite de oliva y de aceitunas de mesa para la campaña 2004/2005 (BOJA núm. 182, de 16.9.2004).

Orden APA/1122/2004, de 28 de abril, por la que se aprueba el programa de mejora de la calidad de la producción de aceite de oliva y de aceitunas de mesa para la campaña 2004-2005 (BOE núm. 105, de 30.4.2004).

Reglamento (CE) núm. 528/1999 de la Comisión, de 10 de marzo, por el que se establecen las medidas destinadas a mejorar la calidad de la producción oleícola, modificado por el Reglamento (CE) núm. 593/2001 de la Comisión, de 27 de marzo, y por el Reglamento (CE) 629/2003 de la Comisión, de 8 de abril por el que se establecen medidas destinadas a mejorar la calidad de la producción oleícola en lo que atañe a las actividades subvencionables para la financiación comunitaria, así como el Reglamento (CE) núm. 253/2004 de la Comisión, de 13 de febrero, por el que se fijan los límites máximos para la financiación de dichas medidas durante la campaña 2004/2005, establecen el conjunto de acciones que pueden ser emprendidas por los Estados miembros con la finalidad de mejorar la calidad de la producción de aceite de oliva y de aceitunas de mesa y sus efectos en el medio ambiente, así como la necesidad de que se integren en un programa que aborde todas o algunas de ellas (DOCE núm. L 62 de 11.3.1999).

Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas.

Reglamento (CE) núm. 510/2006, del Consejo, de 20 de marzo de 2006, sobre la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (DOCE núm. L 93 de 31.3.06).

Reglamento (CE) núm. 692/2003 del Consejo, de 8 de abril de 2003, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 2081/92 relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrícolas y alimenticios (DOCE núm. L 99, de 17.4.2003).

Reglamento (CE) núm. 383/2004 de la Comisión, de 1 de marzo de 2004, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) núm. 2081/92, del Consejo, en lo que se refiere a la ficha resumen de los principales elementos de los pliegos de condiciones (DOCE núm. L 64, de 2.3.2004).

Ley 24/2003, de 10 de julio, de la Viña y del Vino (BOE núm. 165, de 11.7.2003.

Ley 25/1970, de 2 de diciembre, Estatuto de la viña, del vino y de los alcoholes (BOE núm. 291, de 5.12.1970.

Real Decreto 1573/1985, de 1 de agosto, por el que se regulan las denominaciones genéricas y específicas de productos alimentarios (BOE núm. 214, de 6.9.1985).

Real Decreto 728/1988, de 8 de julio, por el que se establece la normativa a que deben ajustarse las denominaciones de origen, específicas y genéricas de productos agroalimentarios no vínicos (BOE núm. 166, de 12.7.1988).

Orden de 25 de enero de 1994, por la que se precisa la correspondencia entre la legislación española y el Reglamento (CEE) 2081/92, en materia de denominaciones de origen e indicaciones geográficas de los productos agroalimentarios (BOE núm. 23, de 27.1.1994).

Orden de 4 de mayo de 1994, por la que se regula la figura del Vicepresidente de los Consejos Reguladores de las Denominaciones de Origen y Específicas de Andalucía (BOJA núm. 86, de 10.6.1994).

Real Decreto 1414/2005, de 25 de noviembre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas, y la oposición a ellas (BOE núm. 293, de 8 de diciembre).

Calidad Certificada.

Decreto 242/2001, de 6 de noviembre, por el que se regula la marca Calidad Certificada para los productos agroalimentarios y pesqueros (BOJA núm. 131, de 13 de noviembre).

Decreto 269/2005, de 7 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 242/2001, por el que se regula la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 250, de 27 de diciembre).

Orden de 19 de abril de 2006, por la que se regula el procedimiento para la obtención de la marca Calidad Certificada para los productos agroalimentarios y pesqueros mediante tramitación electrónica (BOJA núm. 82, de 3 de mayo).

Pliego de condiciones de producto para la certificación del mismo para el uso de la marca Calidad Certificada.

Resolución de 18 de febrero de 2003, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, mediante la que se reconoce el reglamento de carne de cerdo certificada, como sistema de calidad al efecto de la certificación de productos para el uso de la marca de calidad certificada (BOJA núm. 91, de 15.5.03).

Resolución de 27 de julio de 2004, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, por la que se hace público el reconocimiento del Pliego de producto helados como sistema de calidad, al efecto de la certificación de productos para el uso de la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 159, de 13.8.04).

Resolución de 18 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, por la que se hace público el reconocimiento del Pliego de Condiciones para la Certificación de Mojama del Sur, como Sistema de Calidad al efecto de la certificación de dicho producto para el uso de la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 237, de 3.12.04).

Resolución de 19 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, por la que se hace público el reconocimiento del Pliego de Condiciones para la Certificación de Sardinas al Vinagre en Aceite de Oliva, como Sistema de Calidad al efecto de la certificación de dicho producto para el uso de la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 249, de 23.12.04).

Resolución de 29 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, por la que se hace público el reconocimiento de los Pliegos de Producto relativos a mermeladas, miel y dulces navideños, como sistema de calidad al efecto de la certificación de productos para el uso de la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 244, de 16.12.04).

Resolución de 5 de mayo de 2005, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, mediante la que se reconoce el Pliego de Condiciones para la Certificación de la Sardina Arenque del Sur, como Sistema de Calidad al efecto de la certificación de dicho producto para el uso de la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 111, de 9.6.05).

Resolución de 21 de julio de 2005, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, mediante la que se hace público el reconocimiento del Pliego de Producto Landaluz de Café, como sistema de calidad a efectos de la certificación de productos para el uso de la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 148, de 1.8.05).

Resolución de 20 de julio de 2005, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, mediante la que se hace público el reconocimiento del Pliego de Producto Landaluz de Sal, como sistema de calidad a efectos de la certificación de productos para el uso de la marca Calidad Certificada. (BOJA núm. 148, de 1.8.05).

Resolución de 19 de mayo de 2005, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, mediante la que se reconoce el Pliego de Condiciones para la Certificación de Atún rojo de almadraba, como Sistema de Calidad al efecto de la certificación de dicho producto para el uso de la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 116, de 16.9.2005).

Resolución de 19 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, mediante la que se hace público el reconocimiento del Pliego de Producto relativo al aceite de oliva, como sistema de calidad al efecto de la certificación de productos para el uso de la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 4, de 9.1.06).

Resolución de 19 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, mediante la que se hace público el reconocimiento del Pliego de producto relativo a la aceituna de mesa, como sistema de calidad al efecto de la certificación de productos para el uso de la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 9, de 16.1.06).

Resolución de 20 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, mediante la que se reconoce el Pliego de Producto, relativo a embutidos ibéricos, como sistema de calidad al efecto de la certificación de productos para el uso de la marca de Calidad Certificada. (BOJA núm. 8, de 13.1.06).

Resolución de 27 de enero de 2006, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, por la que se hace público el reconocimiento del Pliego de Condiciones para la Certificación de Bocinegro, Urta, Pargo, Corvina, Borriquete y Dorada Salvaje, como Sistema de Calidad al efecto de la certificación de dichos productos para el uso de la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 40, de 1.3.06).

Resolución de 16 de mayo de 2006, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, mediante la que se hace público el reconocimiento del Pliego de Producto "Mejillón del Sur", como sistema de calidad a efectos de la certificación de productos para el uso de la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 99, de 25.5.06).

Resolución de 20 de junio de 2006, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, mediante la que se hace público el reconocimiento del Pliego de Producto "Dorada de Crianza", como sistema de calidad a efectos de la certificación de productos para el uso de la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 40, de 3.7.06).

Resolución de 21 de julio de 2006, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, por la que se hace público el reconocimiento del Pliego de Condiciones para la certificación del "Voraz de Tarifa-Besugo de la Pinta", como sistema de calidad al efecto exclusivo de la certificación de productos para el uso de la marca Calidad Certificada (BOJA núm. 159, de 17.8.06).

Ayudas para promoción de productos agroalimentarios y pesqueros.

Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico (BOJA núm. 136, de 24.11.2001).

Orden de 7 de diciembre de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la organización y participación en ferias agroalimentarias, incluidas en la Sección 3.ª del Decreto 280/2001, de 26 de diciembre, por el que se establecen las ayudas de la Junta de Andalucía a los sectores agrícola, ganadero y forestal, incluidas en el Programa Operativo Integrado Regional de Andalucía para el Desarrollo del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006 (BOJA núm. 246, de 20.12.2005).

Orden de 13 de marzo de 2006, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para los Consejos Reguladores y otras entidades de certificación de productos agroalimentarios, incluidas en la Sección 3.ª del Decreto 280/2001, de 26 de diciembre, por el que se establecen las ayudas de la Junta de Andalucía a los sectores agrícola, ganadero y forestal, incluidas en el Programa Operativo Integrado Regional de Andalucía para el Desarrollo del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006 (BOJA núm. 56, de 23.3.2006).

Orden de 7 de diciembre de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la promoción de los productos agroalimentarios (BOJA núm. 246, de 20.12.2005).

Entidades Certificadoras.

Decreto 268/2003, de 30 de septiembre, por el que se crea el Registro de Entidades de Inspección y Certificación de Productos Agroalimentarios y Pesqueros en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 196, de 10.10.2003).

Agricultura Ecológica.

Reglamento (CE) núm. 2092/91 del Consejo, de 24 de junio de 1991, sobre la producción agrícola y su indicación en los productos agrarios y alimenticios (DOCE núm. L 198, de 22.7.1991) y posteriores modificaciones.

Real Decreto 1852/1993, de 22 de octubre, sobre producción agrícola ecológica y su indicación en los productos agrarios y alimenticios (BOE núm. 283, de 26.11.1993).

Decreto 242/2003, de 29 de julio, de corrección de errores del Decreto 166/2003, de 17 de junio, sobre la producción agroalimentaria ecológica en Andalucía (BOJA núm. 153, de 11.8.2003).

Decreto 166/2003 de 17 de junio, sobre la producción agroalimentaria ecológica en Andalucía (BOJA núm. 117, de 20.6.2003).

Decreto 204/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura y Pesca (BOJA núm. 94, de 14.5.2004).

Vinos de la Tierra.

Reglamento (CE) núm. 753/2002 de la Comisión, de 29 de abril de 2002, que fija determinadas disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1493/1999, del Consejo, en lo que respecta a la designación, denominación, presentación y protección de determinados productos vitivinícolas.

Ley 24/2003, de 10 de julio, de la viña y del vino (BOE núm. 165, de 11.7.2003).

Real Decreto 1126/2003, de 5 de septiembre, por el que se establecen las reglas generales de utilización de las indicaciones geográficas y de la mención tradicional "Vino de la Tierra" en la designación de los vinos (BOE núm. 228, de 23.9.2003).

Orden de 20 de junio de 2006, por la que se establecen las normas de utilización de la mención "Vino de la Tierra de Torreperogil" para los vinos originarios de la zona geográfica de Torreperogil de la provincia de Jaén.

Orden de 29 de abril de 2005, por la que se establecen las normas de utilización de la mención "Vino de la Tierra de Cádiz" para los vinos originarios de la Comarca Vitícola "Cádiz" (BOJA núm. 92, de 13.5.2005).

Orden de 1 de abril de 2005, por la que se establecen las normas de utilización de la mención "Vino de la Tierra Norte de Granada" para los vinos originarios de la zona geográfica del norte de la provincia de Granada (BOJA núm. 72, de 14.4.2005).

Orden de 22 de noviembre de 2004, por la que se establecen las normas de utilización de la mención "Vino de la Tierra de la Sierra Norte de Sevilla" para los vinos originarios de la zona geográfica de la Sierra Norte de la provincia de Sevilla (BOJA núm. 236, de 2.12.2004).

Orden de 22 de noviembre de 2004, por la que se establecen las normas de utilización de la mención "Vino de la Tierra Contraviesa-Alpujarra" para los vinos originarios de la comarca vitivinícola Contraviesa-Alpujarra de la provincia de Granada (BOJA núm. 236, de 2.12.2004).

Orden de 8 de junio de 2004, por la que se establecen las normas de utilización de la mención Vino de la Tierra de Córdoba para los vinos originarios de la zona vitícola de la provincia de Córdoba (BOJA núm. 121, de 22.6.2004)

Orden de 20 de mayo de 2004, por la que se establecen las normas de utilización de la mención Vino de la Tierra de Bailén para los vinos originarios de la comarca vitícola de Bailén (BOJA núm. 105, de 31.5.2004).

Orden de 22 de abril de 2004, por la que se establecen las normas de utilización de la mención Vino de la Tierra Laujar-Alpujarra para los vinos originarios de la Comarca Vitícola de Laujar-Alpujarra (BOJA núm. 89, de 7.5.2004).

Orden de 30 de septiembre de 2003, por la que se establecen los requisitos para la utilización de la mención Vino de la Tierra para los vinos originarios de la Sierra Sur de la provincia de Jaén (BOJA núm. 196, de 10.10.2003).

Orden de 16 de julio de 2003, por la que se autoriza la mención Vino de la Tierra para los vinos originarios del Desierto de Almería (BOJA núm. 143, de 28.7.2003).

Orden de 1 de julio de 2003, por la que se autoriza la mención Vino de la Tierra para los vinos originarios de Granada Sur-Oeste (BOJA núm. 132, de 11.7.2003).

Orden de 12 de marzo de 2003, por la que se autoriza la mención Vino de la Tierra para los vinos originarios de la Ribera del Andarax de la provincia de Almería (BOJA núm. 55, de 21.3.2003).

Orden de 12 de marzo de 2003, por la que se autoriza la mención Vino de la Tierra para los vinos originarios de la Zona Vitivinícola de Los Palacios de la provincia de Sevilla (BOJA núm. 55, de 21.3.2003).

Productos Ibéricos.

Real Decreto 1083/2001, de 5 de octubre, por el que se aprueba la Norma de Calidad para el jamón ibérico, paleta ibérica y caña de lomo ibérico elaborados en España (BOE

núm. 247, de 15.10.2001).

Real Decreto 144/2003, de 7 de febrero, por el que se modifica el Real Decreto 1083/2001, de 5 de octubre, por el que se aprueba la norma de calidad para el jamón ibérico, paleta ibérica y caña de lomo ibérico elaborados en España, que modifica el anterior (BOE núm. 34, de 8.2.2003).

Real Decreto 1781/2004, de 30 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 1083/2001, de 5 de octubre, por el que se aprueba la norma de calidad para el jamón ibérico, paleta ibérica y caña de lomo ibérico elaborados en España (BOE núm. 211, de 1.9.2004).

Orden APA/213/2003, de 10 de febrero, por la que se establecen normas de desarrollo del Real Decreto 1083/2001, de 5 de octubre, por el que se aprueba la Norma de calidad para el jamón ibérico, paleta ibérica y caña de lomo ibérico elaborados en España (BOE núm. 211, de 1.9.2004).

Orden APA/213/2003, de 10 de febrero, por la que se establecen normas de desarrollo del Real Decreto 1083/2001, de 5 de octubre, por el que se aprueba la Norma de calidad para el jamón ibérico, paleta ibérica y caña de lomo ibérico elaborados en España (BOE núm. 36, de 11.2.2003).

Corrección de errores de la Orden APA/213/2003, de 10 de febrero, por la que se establecen normas de desarrollo del Real Decreto 1083/2001, de 5 de octubre, por el que se aprueba la norma de calidad para el jamón ibérico, paleta ibérica y caña de lomo ibérico elaborados en España (BOE

núm. 75, de 28.3.2003).

Etiquetado facultativo de Carne de Vacuno.

Reglamento (CE) núm. 1760/2000 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de julio de 2000, que establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina y relativo al etiquetado de la carne de vacuno y de los productos a base de carne de vacuno y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 820/97, del Consejo (DOCE núm. L 204, de 11.8.2000).

Reglamento (CE) núm. 1825/2000, de la Comisión, de 25 de agosto de 2000, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1760/2000 del Parlamento Europeo y, del Consejo, en lo que respecta al etiquetado de la carne de vacuno y los productos a base de carne de vacuno (DOCE núm. L 216, de 26.8.2000).

Producción Integrada.

Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados (BOJA núm. 174, de 10.9.2003).

Orden de 13 de diciembre de 2004, por la que se desarrolla el Decreto 245/2003, de 2 de septiembre, por el que se regula la producción integrada y su indicación en productos agrarios y sus transformados (BOJA núm. 247, de 21.12.2004).

Orden de 24 de octubre de 2003, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Andalucía para industrias de obtención de aceite de oliva (BOJA

núm. 213, de 5.11.03).

Orden de 24 de octubre de 2003, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de frutas y hortalizas para centrales hortofrutícolas (BOJA núm. 219, de 13.11.03).

Orden de 16 de junio de 2004, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Andalucía para industrias de obtención de aceituna de mesa (BOJA

núm. 123, de 24.6.04).

Orden de 8 de noviembre de 2005, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Andalucía para industrias de obtención y elaboración de vinos (BOJA núm. 219, de 13.11.03).

Orden de 29 de junio de 2006, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Andalucía de flor cortada para centrales de manipulación (BOJA

núm. 132, de 11.7.06).

Orden de 30 de agosto de 2006, por la que se aprueba el Reglamento Específico de Producción Integrada de Andalucía para industrias de procesado de forraje deshidratado (BOJA núm. 178, de 13.9.06).

Especialidad Tradicional Garantizada (ETG).

Reglamento (CE) núm. 509/2006, del Consejo, de 20 de marzo de 2006 sobre las especialidades tradicionales garantizadas de los productos agrícolas y alimenticios (DOCE núm.

L 93, de 31.3.06).

Reglamento (CE) núm. 1848/93, de la Comisión, de 9 de julio de 1993, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) núm. 2082/92, del Consejo, relativo a la certificación de las características específicas de los productos agrícolas y alimenticios (DOCE núm. L 168, de 10.7.93).

Reglamento (CE) núm. 2515/94, de la Comisión, de 9 de septiembre de 1994, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 1848/93, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) núm. 2082/92, del Consejo, relativo a la certificación de las características específicas de los productos agrícolas y alimenticios (DOCE núm.

L 275 de 26.10.94).

Reglamento (CE) núm. 2182/98, de la Comisión, de 9 de octubre de 1998 que modifica el Reglamento (CEE) núm. 1848/93, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) núm. 2082/92, del Consejo, relativo a la certificación de las características específicas de los productos agrícolas y alimenticios (DOCE núm. L 275, de 10.10.1998).

Reglamento (CE) núm. 2419/1999, de la Comisión, de 12 de noviembre de 1999, que completa el anexo del Reglamento (CE) núm. 2301/97 relativo a la inscripción de determinadas denominaciones en el registro de certificaciones de características específicas establecido en el Reglamento (CEE) núm. 2082/92, del Consejo, relativo a la certificación de las características específicas de los productos agrícolas y alimenticios, por el que se inscribe al Jamón Serrano en el Registro Comunitario de ETG (DOCE núm. L 291, de 13.11.1999).

Reglamento (CE) núm. 1482/2000, de la Comisión, de 6 de julio de 2000, por el que se completa el anexo del Reglamento (CE) núm. 2301/97 relativo a la inscripción de determinadas denominaciones en el registro de certificaciones de características específicas establecido en el Reglamento (CEE) núm. 2082/92, del Consejo, relativo a la certificación de las características específicas de los productos agrícolas y alimenticios, por el que se inscribe la Leche Certificada de Granja en el Registro Comunitario de ETG (DOCE núm. L 167, de 7.7.2000).

Reglamento (CE) núm. 296/2004, de 19 de febrero de 2004, por el que se modifica el Reglamento (CEE) núm. 1848/93, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CEE) núm. 2082/92, del Consejo, relativo a la certificación de las características específicas de los productos agrícolas y alimenticios (DOCE núm. L 46, de 20.2.2004).

Real Decreto 998/2002, de 27 de septiembre, establece normas internas de aplicación de los reglamentos comunitarios sobre certificación de las características específicas de los productos agrícolas y alimenticios (BOE núm. 245, de 12.10.2002).

Registro de Industrias Agroalimentarias.

Decreto 173/2001, de 24 de julio, por el que se crea el Registro de industrias Agroalimentarias de Andalucía y se regula su funcionamiento (BOJA núm. 96, de 21.8.2001).

Decreto 194/2003, de 1 de julio, por el que se modifica el Decreto 173/2001, de 24 de julio (BOJA núm. 127, de 4.7.2003).

Orden de 3 de octubre de 2002, que desarrolla el Decreto 173/2001, de 24 de julio, por el que se crea el Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucía y se regula su funcionamiento (BOJA núm. 120, de 15.10.2002).

Aceite-Aceituna de Mesa.

Reglamento (CE) núm. 136/66, del Consejo, de 22 de septiembre de 1966, por el que se establece la Organización Común de Mercados en el Sector de las Materias Grasas (DOCE núm. L 172, de 30.9.1966).

Reglamento (CE) núm. 2261/84, del Consejo, de 17 de julio de 1984, por el que se adaptan las normas generales relativas a la concesión de la ayuda a la producción de aceite de oliva y a las organizaciones de productores (DOCE núm.

L 208, de 3.8.1984).

Reglamento (CE) núm. 2262/84, del Consejo, de 17 de julio de 1984, por el que se prevén medidas especiales en el sector del aceite de oliva (DOCE núm. L 208, de 3.8.1984).

Reglamento (CE) núm. 27/85 de la Comisión de 4 de enero de 1985, por el que se establecen modalidades de aplicación del R (CEE) núm. 2262/84 (DOCE núm. L 4, de 5.1.1985).

Reglamento (CE) núm. 2138/1997, de la Comisión de 30 de octubre de 1997, por el que se delimitan las zonas de producción homogéneas de aceite de oliva (DOCE núm. L 297, de 31.10.1997).

Reglamento (CE) núm. 1638/1998, del Consejo, de 20 de julio de 1998, que modifica el R (CEE) núm. 136/66, por el que se establece la Organización Común de Mercados en el Sector de las Materias Grasas (DOCE núm. L 210, de 28.7.1998).

Reglamento (CE) núm. 1639/98, del Consejo, de 20 de Julio de 1998, que modifica el R (CEE) núm. 2261/84, por el que se adaptan las normas generales relativas a la concesión de la ayuda a la producción de aceite de oliva y a las organizaciones de productores (DOCE núm. L 210, de 28.7.1998).

Reglamento (CE) núm. 2075/98 de la Comisión de 29 de septiembre de 1998, que modifica el R (CE) 2138/97, de la Comisión, de 30 de octubre de 1997, por el que se delimitan las zonas de producción homogéneas de aceite de oliva (DOCE núm. L 265, de 30.9.1998).

Decisión 98/605/CE de la Comisión de 16 de octubre de 1998, relativa a la concesión de una ayuda a la producción de aceitunas de mesa en España (DOCE núm. L 293, de 31.10.1998).

Reglamento (CE) núm. 2366/98, de la Comisión de 30 de octubre de 1998, por el que se establecen disposiciones del régimen de Ayuda a la Producción de Aceite de Oliva para las campañas de comercialización 1998/99 a 2000/2001 (DOCE núm. L 293, de 31.10.1998).

Reglamento (CE) núm. 2367/98, de la Comisión de 30 de octubre de 1998, por el que se establecen medidas transitorias en el sector del aceite de oliva en vista de la aplicación del régimen establecida para las campañas de comercialización 1998/1999 a 2000/2001 (DOCE núm. L 293, de 31.10.1998).

Reglamento (CE) núm. 150/99, del Consejo, de 19 de enero de 1999, que modifica el R (CEE) núm. 2262/84 por el que se prevén medidas especiales en el sector del aceite de oliva (DOCE núm. L 18, de 21.1.1999).

Reglamento (CE) núm. 1273/99, de la Comisión de 17 de junio de 1999, que modifica el R (CE) núm. 2366/98, por el que se establecen disposiciones del régimen de Ayuda a la Producción de Aceite de Oliva para las campañas de comercialización 1998/99 a 2000/2001 (DOCE núm. L 151, de 18.6.1999).

Decisión 1999/563/CE, de la Comisión de 28 de julio de 1999, relativa a la concesión de una ayuda a la producción de aceitunas de mesa en España (DOCE núm. L 213, de 13.8.1999).

Reglamento (CE) núm. 2711/99, de la Comisión de 20 de Diciembre de 1999, que establece excepciones a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 1 del R (CE) núm. 2366/98, por el que se establecen disposiciones del régimen de Ayuda a la Producción de Aceite de Oliva para las campañas de comercialización 1998/99 a 2000/2001 (DOCE núm. L 327, de 21.12.1999).

Reglamento (CE) núm. 218/00, de la Comisión de 28 de enero de 2000, que establece excepciones a lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 20 del R (CE) núm. 2366/98, por el que se establecen disposiciones del régimen de Ayuda a la Producción de Aceite de Oliva para las campañas de comercialización 1998/99 a 2000/2001 (DOCE núm. L 24, de 29.1.2000).

Reglamento (CE) núm. 648/2001, de la Comisión, de 30 de marzo de 2001 que modifica el R (CE) núm. 2366/98, por el que se establecen disposiciones de aplicación del régimen de ayuda a la producción de aceite de oliva para las campañas de comercialización 1998/99 a 2000/01 (DOCE núm. L 91, de 31.3.2001).

Reglamento (CE) núm. 1513/2001, del Consejo, de 23 de julio de 1998, que modifica el R (CEE) núm. 136/66 y el R(CE) núm. 1638/98 (DOCE núm. L 201, de 26.7.2001).

Reglamento (CE) núm. 865/2004, del Consejo, de 29 de abril de 2004, por el que se establece la organización común del mercado del aceite de oliva y de las aceitunas de mesa (DOCE núm. L 161, de 30.4.2004).

Real Decreto 368/1999, de 5 de marzo, por el que se regula la ayuda a la producción de aceite de oliva para las campañas 1998-1999 a 2000-2001 (BOE núm. 56, de 6.3.1999).

Real Decreto 3449/2000, de 22 de diciembre, del Ministerio de Agricultura y Pesca. Se regula el envío de los resúmenes mensuales de la contabilidad de existencias por las almazaras autorizadas en el régimen de la ayuda a la producción de aceite de oliva. (BOE núm. 15, de 17.1.2001).

Real Decreto 286/2002, de 22 de marzo, del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación se regula la ayuda a la producción de aceite de oliva (BOE núm. 73, de 26.3.2002).

Orden de 19 de octubre de 1999, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se constituye y regula el mantenimiento del Registro de Industrias Productoras de Aceituna de Mesa autorizadas para certificar ayudas a la producción (BOE núm. 263, de 6.3.1999).

Orden de 29 de noviembre de 1999, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se constituye el Comité Permanente para la gestión y mantenimiento del Fichero Oleícola informatizado y el Sistema de Información Geográfica Oleícola Españoles (BOE núm. 304, de 21.12.1999).

Orden de 30 de agosto de 1999, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se determina la expedición de un certificado único de entrega a los productores de aceitunas de mesa (BOE núm. 209, de 1.9.1999).

Orden de 21 de marzo de 2000, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que establece normas relativas a los movimientos del orujo de aceituna (BOE núm. 70, de 29.3.2000).

Orden de 3 de octubre de 2000, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se establece el período para la presentación de las declaraciones del cultivo del olivar durante las campañas 1999/2000 y 2000/2001 (BOE

núm. 241, de 7.10.2000).

Resolución de 11 de marzo de 2001, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, establece la estructura de los ficheros informáticos de certificados emitidos por Almazaras e Industrias de entamado para la campaña 2001/2002 y siguientes. Modifica la Resolución de 7 de mayo de 2001 y desarrolla la Orden de 14 de noviembre de 1996.

Resolución de 7 de mayo de 2001 de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, establece la estructura de los ficheros informáticos de certificados emitidos por Almazaras e Industrias de entamado para la campaña 2000/2001. Desarrolla la Orden de 14 de noviembre de 1996.

Orden de 11 de mayo de 2001, del Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación, por la que se establece la estructura y funcionamiento del Fichero Oleícola Informatizado (FOI) Español (BOE núm. 230, de 19.5.2001).

Orden de 14 de noviembre de 1996, de la Consejería de Agricultura y Pesca, relativa a la autorización de Almazaras, centros de compra y operadores en origen de aceitunas para actuar en el régimen de ayudas a la producción de aceite de oliva (BOJA núm. 138, del 30.11.1996) modificada por la Orden de 7 de diciembre de 1999 (BOJA núm. 148, de 21.12.1999).

Resolución de 25 de mayo de 1998, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentarias, por la que se desarrolla la Orden de 14 de noviembre de 1996 relativa a la autorización de Almazaras, centros de compra y operadores en origen de aceitunas para actuar en el régimen de ayudas a la producción de aceite de oliva. (BOJA núm. 66, de 16.6.1998).

Orden de 22 de octubre de 1998, de la Consejería de Agricultura y Pesca, Por la que se regula, para la campaña 1998/1999 y siguientes, la presentación de declaraciones de Cultivo de olivar correspondientes a explotaciones agrícolas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 123, de 29.10.1998).

Orden de 20 de enero de 1999, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por la que se regulan la autorización de las industrias de entamado, centros de compra y operadores en origen de aceitunas para actuar en el régimen de ayudas a la producción de aceitunas de mesa (BOJA núm. 16, de 6.2.1999), modificada por la Orden de 7 de diciembre de 1999 (BOJA núm. 148, de 21.12.1999).

Orden de 23 de octubre de 2000, de la Consejería de Agricultura y Pesca, que establece y concreta determinados requisitos que deben cumplir las almazaras autorizadas para actuar en el régimen de ayuda a la producción de aceite de oliva (BOJA núm. 125, de 31.10.2000).

Orden de 18 de enero de 2002, de la Consejería de Agricultura y Pesca, que establece algunos requisitos que deben reunir las almazaras autorizadas para actuar en el régimen de ayuda a la producción de aceite de oliva. (BOJA núm. 16, de 7.2.2002).

Orden de 12 de junio de 2003, de la Consejería de Agricultura y Pesca, relativa a la autorización de Almazaras, centros de compra y operadores en origen de aceitunas para actuar en el régimen de ayudas a la producción de aceite de oliva para las Campañas 1998/1999 a 2003/2004 (BOJA núm. 120, de 25.6.2003).

Concentración de la Oferta.

Orden de 23 de julio de 2002, por la que se desarrolla la sección 9.ª relativa a las ayudas para la concentración de la oferta de productos agrarios en sus lugares de origen del Decreto 280/2001 (BOJA núm. 94, de 10.8.2002).

Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias.

Ley 1/2005, de 4 de marzo, por la que se regula el régimen de las organizaciones interprofesionales agroalimentarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 53, de 16.3.2005).

Orden de 15 de octubre de 2002, por la que se desarrolla la sección 7.ª sobre ayudas a las organizaciones interprofesionales agroalimentarias del Decreto 280/2001 (BOJA

núm. 128, de 2.11.2002).

Depósitos de Lodos y Efluentes procedentes de actividades agroindustriales.

Decreto 281/2002, de 12 de noviembre, por el que se regula el régimen de autorización y control de los depósitos de efluentes líquidos o de lodos procedentes de actividades industriales, mineras y agrarias (BOJA núm. 152, de 26.12.2004).

Decreto 167/2005, de 12 de julio, por el que se modifica el Decreto 281/2002, de 12 de noviembre, por el que se regula el régimen de autorización y control de los depósitos de efluentes líquidos o de lodos procedentes de actividades industriales, mineras y agrarias (BOJA núm. 137, de 15.7.2005).

Orden de 15 de noviembre de 2005, por la que de se desarrolla el Decreto 281/2002, de 12 de noviembre, por el que se regula el régimen de autorización y control de los depósitos de efluentes líquidos o de lodos procedentes de actividades industriales, mineras y agrarias (BOJA núm. 12, de 24.11.2005).

Frutas y Hortalizas.

Decreto 335/2003, de 2 de diciembre, por el que se regula el Registro de Operadores Comerciales de Frutas y Hortalizas Frescas y se regula el control de conformidad según el Reglamento (CE) núm. 1148/2001, de la Comisión de 12 de junio (BOJA núm. 235, de 5.12.2003).

Orden APA/3649/2004, de 4 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria 2004-2005 para la concesión de ayudas destinadas a la implantación o mejora de sistemas de trazabilidad en determinadas entidades asociativas del sector hortofrutícola (BOE núm. 270, de 9.11.2004).

Orden de 24 de noviembre de 2004, por la que se establecen normas para la aplicación del régimen de ayudas destinadas a la implantación o mejora de sistemas de trazabilidad en determinadas entidades asociativas del sector hortofrutícola de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en la Orden APA/3649/2004, de 4 de noviembre (BOJA núm. 236, de 2.12.2004).

Orden APA/1726/2006, de 19 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria 2006 para la concesión de ayudas destinadas a la implantación o mejora de sistemas de trazabilidad en determinadas entidades asociativas del sector hortofrutícola (BOE núm. 131, de 2.6.2006).

Orden de 22 de junio de 2006, por la que se establecen normas para la aplicación del régimen de ayudas destinadas a la implantación o mejora de sistemas de trazabilidad en determinadas entidades asociativas del sector hortofrutícola de Andalucía, de acuerdo con lo establecido en la Orden APA/1726/2006, de 19 de mayo (BOJA núm. 124, de 29.6.2006).

Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas.

Reglamento (CE) núm. 2200/96, del Consejo, de 28 de octubre de 1996, por el que se establece la OCM en el Sector de las Frutas y Hortalizas (DOCE núm. L 297, de 21.11.1996).

Reglamento (CE) núm. 1432/2003, de la Comisión, de 11 de agosto de 2003 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) 2200/96, del Consejo, relativo al reconocimiento de las organizaciones de productores y el reconocimiento previo de las agrupaciones de productores (DOCE L203, de 12.8.2003)

Reglamento (CE) núm. 1433/2003, de la Comisión, de 11 de agosto de 2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 2200/96, del Consejo, en lo que se refiere a los Programas y Fondos Operativos y a la Ayuda Financiera (DOCE núm. L 203, de 12.8.2003).

Reglamento (CE) núm. 1943/2003 de la Comisión de 3 de noviembre de 2003, por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 2200/96, del Consejo, en lo que respecta a las ayudas a las agrupaciones de productores prereconocidas (DOCE núm. L 286, de 4.11.2003).

Reglamento (CE) núm. 1813/2004, de la Comisión, de 19 de octubre de 2004, por el que se modifica el Reglamento (CE) núm. 1433/2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 2200/96, del Consejo, en lo que se refiere a los Programas y Fondos Operativos y a la Ayuda Financiera (DOCE núm. L 319, de 20.10.2004).

Reglamento (CE) núm. 2190/2004 de la Comisión de 20 de diciembre de 2004, que modifica el Reglamento (CE) núm. 1433/2003, por el que se establecen las disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 2200/96, del Consejo, en lo que se refiere a los Programas y Fondos Operativos y a la Ayuda Financiera (DOCE núm. L 373, de 21.12.2004).

Real Decreto 16/2006, de 20 de enero, sobre fondos y programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas (BOE núm. 32, de 7 de febrero de 2006).

Orden de 14 de mayo de 1997, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se regulan los Programas y los Fondos Operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas (BOE núm. 119, de 19.5.1997).

Orden de 30 de abril de 1997 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, sobre reconocimientos de organizaciones de productores de frutas y hortalizas (BOE núm. 109, de 7.5.1997)

Orden APA/2723/2003, de 1 de octubre, por la que se desarrollan y concretan determinados aspectos del Reglamento (CE) 1433/2003, en relación con los Programas y Fondos Operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas, así como determinados aspectos del Reglamento (CE) núm. 1432/2003, sobre reconocimiento de organizaciones de productores de frutas y hortalizas (BOE núm. 238, de 4.10.2003).

Asociacionismo Agroalimentario.

Decreto 280/2001, de 26 de diciembre, por el que se establecen las ayudas de la Junta de Andalucía a los sectores agrícola, ganadero y forestal incluidas en el Programa Operativo Integrado Regional de Andalucía para el Desarrollo del Marco Comunitario de Apoyo 2000-2006, en lo referente a las ayudas para la implantación de sistemas de calidad industrial (BOJA núm. 149, de 29.12.2001).

Orden de 15 de octubre de 2002, por la que se desarrolla la sección 6.ª, sobre ayudas destinadas al Fomento del Asociacionismo Agroalimentario del Decreto 280/2001 (BOJA

núm. 128, de 2.11.2002).

Resolución de 15 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, por la que se convocan para el año 2005, las ayudas previstas en la Orden de 15 de octubre de 2002 (BOJA núm. 250, de 24.12.2004).

Sociedades Agrarias de Transformación.

Real Decreto 1776/81, de 3 de agosto, por el que se aprueba el Estatuto que regula las Sociedades Agrarias de Transformación (SAT) (BOE núm. 194, de 14.8.1981).

Orden Ministerial de 14 de Septiembre de 1982, que desarrolla el Real Decreto 1776/81 (BOE núm. 212, de 9.10.1982).

Orden de 29 de noviembre de 1995, de la Consejería de Agricultura y Pesca, por el que se crea y regula el Registro de Sociedades Agrarias de Transformación de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 156, de 5.12.1995).

Organizaciones de Productores Reconocidas.

Reglamento (CE) núm. 1334/2002 de la Comisión de 23 de julio de 2002 por el que se establecen disposiciones de aplicación del Reglamento (CE) núm. 1638/98, del Consejo, en lo que respecta a los programas de actividades de las organizaciones de operadores del sector oleícola en las campañas de comercialización de 2002/03 y 2003/04 (DOCE núm. L 195, de 24.7.2002).

Real Decreto 2796/1986 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de 19 de diciembre, por el que se regula el reconocimiento de organizaciones de productores de aceite de oliva y sus uniones (BOE núm. de 27, de 31.1.1987).

Real Decreto 177/2003, de 14 de febrero, por el que se regulan las organizaciones de operadores del sector oleícola (BOE núm. 40, de 15.2.2003).

Orden de 10 de junio de 1987, de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, por la que se dictan determinadas normas sobre reconocimiento de organizaciones de productores y declaraciones de cultivo en relación con la ayuda a la producción de aceite de oliva establecida por la Comunidad Económica Europea (BOJA núm. 54, de 23.6.1987).

Orden de 26 de mayo de 2003, por la que se dictan normas para la aprobación y el seguimiento de los programas de actividades de las Organizaciones de Operadores del Sector Oleícola (BOJA núm. 104, de 3.6.2003).

Agrupaciones de Productores de Plantas Vivas y Productos de Floricultura.

Real Decreto 233/2002, de 1 de marzo, por el que se regula el reconocimiento de las agrupaciones de productores de plantas vivas y productos de floricultura y se establecen medidas de apoyo a su constitución y funcionamiento (BOE núm. 61, de 12.3.2002).

Agrupaciones de Productores de Patatas de Consumo no destinadas a la Industria Feculera.

Real Decreto 970/2002, de 24 de septiembre, por el que se regula el reconocimiento de las agrupaciones de productores de patatas de consumo, no destinadas a la industria feculera, y se establecen diversas medidas de apoyo a las mismas (BOE núm. 230, de 25,9,2002).

Control de la Elaboración, Almacenamiento, Fabricación y Comercialización de Productos Agroalimentarios.

Reglamento (CE) núm. 1906/90, del Consejo, de 26 de junio de 1990 por el que se establecen normas de comercialización aplicables a las aves de corral (DOCE núm. l 173, de 6.7.1990).

Reglamento (CE) núm. 1538/91, de la Comisión, de 5 de junio de 1991, que establece disposiciones de aplicación del R(CE) 1906/90, del Consejo, de 26 de junio de 1990 por el que se establecen normas de comercialización aplicables a las aves de corral (DOCE núm. L 143, de 7.6.1991).

Reglamento (CE) núm. 1907/90, del Consejo, de 26 de junio de 1990 por el que se establecen determinadas normas de comercialización de los huevos (DOCE núm. l 173, de 6.7.1990).

Reglamento (CE) núm. 2295/03, del Consejo, de 23 de diciembre de 2003 por el que se establecen las disposiciones de aplicación del R(CE) 1907/90 relativo a determinadas normas de comercialización de los huevos (DOCE núm. l 340, de 24.12.2003).

Reglamento (CE) núm. 882/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre los controles oficiales efectuados para garantizar la verificación del cumplimiento de la legislación en materia de piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales (DOCE núm. L 165, de 30.4.2004).

Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria (BOE

núm. 168, de 15.7.1983).

Resolución de 2 de diciembre de 2006, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, por la que establece el diseño del Libro de Registro y de la solicitud de autorización para Entidades de Control, contemplados en la normativa que se cita (BOJA núm. 7, de 12.1.2006).

Laboratorios.

Decreto 216/2001, de 25 de septiembre, por el que se regula el procedimiento de autorización y acreditación y el registro de los laboratorios de productos agrarios, alimentarios y de medios de la producción agraria (BOJA núm. 116, de 6.9.2001).

Control de Mataderos.

Real Decreto 1892/1999, de 10 de diciembre, por el que se aplica el modelo comunitario de clasificación de canales de vacuno pesado y las normas comunitarias sobre el registro de los precios basados en el modelo comunitario de clasificación de canales (BOE núm. 313, de 31.12.1999).

Orden de 21 de diciembre de 1988, por la que se determina la parrilla de clasificación de las canales de cerdo (BOE núm. 306, de 22,12,1988).

Control sector lácteo.

Real Decreto 217/2004, de 6 de febrero, por el que se regula la identificación y registro de los agentes, establecimientos y contenedores que intervienen en el sector lácteo, y el registro de los movimientos de la leche (BOE núm. 43, de 19.2.2004).

Productos Envasados.

Real Decreto 723/1988, de 24 de junio, por el que se aprueba la norma general para el control del contenido efectivo de los productos alimenticios envasados (BOE núm. 163, de 8.7.1988).

Real Decreto 1472/1989, de 1 de diciembre, por el que se regulan las gamas de cantidades nominales y de capacidades nominales para determinados productos envasados (BOE núm. 297, de 12.12.1989 ).

Etiquetado de Productos.

Real Decreto 1808/1991, de 13 de diciembre, por el que se regulan las menciones o marcas que permiten identificar el lote al que pertenece un producto alimenticio (BOE núm. 308, de 25.12.1991).

Real Decreto 1334/1999, de 31 de julio, por el que se aprueba la norma general de etiquetado, presentación y publicidad de los productos alimenticios (BOE núm. 202, de 24.8.1999).

Real Decreto 1698/2003, de 12 de diciembre, por el que se establecen disposiciones de aplicación de los R(CE) sobre el sistema de etiquetado de la carne de vacuno. (BOE

núm. 304, de 20.12.2003).

III. DERECHOS DE LOS USUARIOS Y USUARIAS DE LOS

SERVICIOS

III.I. Derechos de los usuarias y usuarios

De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, las personas usuarias tiene derecho, entre otros, a:

1. Ser tratadas con el debido respeto y consideración.

2. Recibir información de interés general y específica en los procedimientos que les afecten, que se tramiten en este Centro Directivo de manera presencial, telefónica, informática y telemática.

3. Ser objeto de una atención directa y personalizada.

4. Obtener la información administrativa de manera eficaz y rápida.

5. Recibir una información administrativa real, veraz y accesible, dentro de la más estricta confidencialidad.

6. Obtener una orientación positiva.

7. Conocer la identidad de las autoridades y del personal funcionario que tramitan los procedimientos en que sean parte.

IV. SUGERENCIAS Y RECLAMACIONES

IV.I. Libro de Sugerencias y Reclamaciones.

1. La ciudadanía andaluza, como clientes externos/internos, tiene reconocido su derecho a formular sugerencias y reclamaciones sobre el funcionamiento de los servicios prestados por la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentarias.

2. El Libro de Sugerencias y Reclamaciones se encuentra ubicado en formato papel en todos los Registros de documentos de la Junta de Andalucía. También está disponible en Internet en formato electrónico (www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/lsr/index.jsp).

IV.II. Formas de presentación de las Sugerencias y Reclamaciones.

1. Quienes pretendan formalizar una sugerencia o reclamación podrán hacerlo, bien rellenando las hojas autocopiativas del Libro en los Registros de documentos de la Administración de la Junta Andalucía, así como en las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, o bien por Internet, rellenando el formulario electrónico en la página web: www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/lsr/index.jsp.

Si la sugerencia o reclamación se realiza por Internet y se dispone de un certificado digital, el formulario se firmará digitalmente y se presentará electrónicamente y de forma automática en el Registro telemático único de la Junta de Andalucía desde la mencionada página web. Si se realiza por Internet pero no se dispone de un certificado digital, la misma deberá ser impresa en papel, firmada y presentada en cualquier Registro de documentos de la Administración de la Junta Andalucía y en los Ayuntamientos andaluces, así como las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, donde se devolverá su copia sellada.

IV.III. Tramitación.

Una vez recibida la sugerencia o reclamación en el

Servicio al que vaya destinada, en el plazo de 15 días, una vez solicitadas posibles aclaraciones al ciudadano-cliente, se realizarán actuaciones y medidas con la intención de obtener unos resultados, de lo que se informará a la representante de la Dirección General. Esta dará traslado al ciudadano-cliente de las medidas adoptadas y de los resultados que se esperan obtener. En este mismo plazo se informará a la Inspección General de los Servicios de lo realizado.

Mostramos especial interés en que tanto las sugerencias como las reclamaciones estén redactadas de forma clara, así como en la correcta identificación del órgano al que se dirigen y del ciudadano-cliente afectado.

V. DIRECCIONES Y FORMAS DE ACCESO

V.I. Direcciones postales, telefónicas y telemáticas.

Para contactar con los distintos servicios de la Dirección General de industrias y Promoción Agroalimentarias, la ciudadanía, como clientes internos/externos, podrán dirigirse a:

Direcciones postales:

Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria.

Consejería de Agricultura y Pesca.

C/ Tabladilla, s/n.

Edificio 8. Plantas 1.ª y 3.ª

41071. Sevilla.

Almería: Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad.

C/ Hermanos Machado, 4.

04004. Almería.

Cádiz: Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad.

C/ Isabel la Católica, 8.

11071. Cádiz.

Córdoba: Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad.

C/ Sto. Tomás de Aquino, 1, 5.ª y 6.ª planta.

14004. Córdoba.

Granada: Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad.

Gran Vía de Colón, 48, 6ª planta.

18001. Granada.

Huelva: Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad.

C/ Mozárabe, 8.

21002. Huelva.

Jaén: Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Servicio de Agricultura, Ganadería e Industrias Agroalimentarias.

Avda. de Madrid, 19.

23009. Jaén.

Málaga: Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad.

Avda. de la Aurora, 47.

29002. Málaga.

Sevilla: Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad.

C/ Seda, s/n. Polígono Hytasa.

41071. Sevilla.

Centros Periféricos dependientes de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria.

Laboratorio Agroalimentario. Córdoba.

Número de acreditación: 289/LE506.

Dirección: Avenida Menéndez Pidal, s/n. 14004 Córdoba.

Apartado de Correos: 3.045 Córdoba.

Laboratorio Agroalimentario Atarfe (Granada).

Número de acreditación: 276/LE507.

Dirección: Avenida de la Diputación, s/n. 18230 Atarfe (Granada).

Laboratorio Agroalimentario Santa Fe (Granada).

Número de acreditación: 267/LE505.

Dirección: Camino de Jau, s/n. 18320 Santa Fe (Granada).

Laboratorio Agroalimentario Sevilla.

Número de acreditación:

Dirección: C/ Bergantín, 39. 41012 Sevilla.

Laboratorio Agroalimentario Trigueros (Huelva).

Número de acreditación: 266/LE504.

Dirección: Carretera Nacional 431, km. 624. 21610 San Juan del Puerto (Huelva).

Apartado de Correos: 26 Huelva.

Laboratorio Agroalimentario y Estación Enológica. Jerez de la Frontera (Cádiz).

Número de acreditación: 290/LE503

Dirección: C/ Córdoba, 3. 11405 Jerez de la Frontera (Cádiz).

Apartado de Correos: 76 Jerez de la Frontera.

Laboratorio Agroalimentario y Estación Enológica. Montilla (Córdoba).

Número de acreditación: 253/LE508.

Dirección: Avenida de Málaga, 21. 14580 Montilla (Córdoba).

Apartado de Correos: 99 Montilla.

Teléfonos.

Director General: 955 032 278.

Servicio de Industrias Agrarias: 955 032 428.

Servicio de Calidad y Promoción: 955 032 472.

Servicio de Ordenación de la Oferta: 955 032 458.

Servicio de Asociacionismo Agrario: 955 032 461.

Servicio de Control de la Calidad Agroalimentaria: 955 032 466.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Almería: 950 011 000.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Cádiz: 956 007 600.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Córdoba: 957 001 000.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Granada: 958 025 223.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Huelva: 959 005 000.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Jaén: 953 001 000.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Málaga: 953 038 300.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Sevilla: 955 033 600.

Laboratorio Agroalimentario Córdoba: 957 001 700.

Laboratorio Agroalimentario Atarfe (Granada): 958 025 000, 958 025 001.

Laboratorio Agroalimentario Santa Fe (Granada): 958 025 400.

Laboratorio Agroalimentario Sevilla: 954 612 094, 954 620 830.

Laboratorio Agroalimentario Trigueros (Huelva): 959 356 327, 959 356 207.

Laboratorio Agroalimentario y Estación Enólogica Jerez de la Frontera (Cádiz): 956 033 900.

Laboratorio Agroalimentario y Estación Enológica. Montilla (Córdoba): 957 652 408.

Fax.

Director General: 955 032 112.

Servicio de Industrias Agrarias: 955 032 112.

Servicio de Calidad y Promoción: 955 032 112.

Servicio de Ordenación de la Oferta: 955 032 112.

Servicio de Asociacionismo Agrario: 955 032 112.

Servicio de Control de la Calidad Agroalimentaria: 955 032 112.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Almería: 950 011 096.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Cádiz: 956 007 622.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Córdoba: 957 001 108.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Granada: 958 025 220.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Huelva: 959 005 066.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Jaén: 953 001 084.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Málaga: 951 038 250.

Servicio de Agricultura, Ganadería, Industria y Calidad de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca Sevilla: 955 033 471.

Laboratorio Agroalimentario Córdoba: 957 001 702.

Laboratorio Agroalimentario Atarfe (Granada): 958 025 003.

Laboratorio Agroalimentario Santa Fe (Granada): 958 025 403.

Laboratorio Agroalimentario Sevilla.: 954 620 894.

Laboratorio Agroalimentario Trigueros (Huelva): 959 356 513.

Laboratorio Agroalimentario y Estación Enológica. Jerez de la Frontera (Cádiz). 956 033 915.

Laboratorio Agroalimentario y Estación Enológica. Montilla (Córdoba): 957 652 408.

Direcciones telemáticas.

Correo electrónico: dgipa.cap@juntadeandalucia.es.

Dirección de Internet: www.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/publico/.

Libro de Sugerencias y Reclamaciones: www.juntadeandalucia.es/justiciayadministracionpublica/lsr/index.jsp.

V.II. Formas de acceso y transporte.

1. A la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, situada en la sede de los Servicios Centrales de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, se puede acceder mediante transporte público desde las paradas de autobuses urbanos de las siguientes líneas:

- Línea 1: Parada C/ Manuel Siurot.

- Línea 2: Parada C/ Manuel Siurot.

- Línea 6: Parada C/ Manuel Siurot.

- Línea 31: Parada C/ Cardenal Bueno Monreal.

- Línea 33: Parada C/ Manuel Siurot.

- Línea 34: Parada Avda. de la Palmera.

- Línea 72: Parada C/ Manuel Siurot.

2. Plano de situación:

B) DATOS DERIVADOS DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y DE LA NORMATIVA APLICABLE.

I. COMPROMISOS DE CALIDAD

I.I. Niveles de compromisos de calidad ofrecidos.

La relación de servicios prestados por la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria recogidos en esta Carta se prestarán y reconocerán conforme a los siguientes compromisos de calidad:

1. En relación con el Servicio de Industrias Agrarias.

1.1. Coordinar con las Delegaciones Provinciales la línea de ayuda para implantación de sistemas de calidad agroindustrial para agilizar la tramitación de los expedientes solicitados.

1.2. Recepcionar y analizar la documentación de los expedientes de ayuda de fomento de la calidad agroalimentaria para requerir la subsanación de las solicitudes incompletas en plazo máximo de tres meses tras el cierre de la convocatoria.

1.3. Valorar y resolver las solicitudes de ayuda para fomentar la calidad agroalimentaria en tiempo inferior al legalmente establecido.

1.4. Recepcionar y analizar la documentación de las solicitudes de pago de los expedientes de ayuda para el fomento de la calidad agroalimentaria, resueltos favorablemente para requerir la subsanación de la documentación incompleta en plazo máximo de dos meses desde su recepción.

1.5. Tramitar las solicitudes de pago de los expedientes de ayuda para el fomento de la calidad agroalimentaria con documentación correcta en el plazo máximo de cuatro meses desde su recepción.

1.6. Coordinar con las Delegaciones Provinciales la línea de ayuda que desarrolla

1.7. Las actividades realizadas en el Subprograma III. Asistencia técnica a almazaras e industrias de aderezo.

1.8. Recepcionar y analizar la documentación de los expedientes de ayuda de asistencia técnica a almazaras e industrias de aderezo, para requerir la subsanación de las solicitudes incompletas en plazo máximo de dos meses tras el cierre de la convocatoria.

1.9. Valorar y resolver las solicitudes de ayuda de asistencia técnica a almazaras e industrias de aderezo, en tiempo inferior al legalmente establecido.

1.10. Realizar un manual de procedimiento de gestión de expedientes de ayuda para la asistencia técnica a almazaras e industrias de aderezo de aceituna, que estará a disposición de los servicios interesados.

1.11. Recepcionar y analizar la documentación de las solicitudes de pago de los expedientes de asistencia técnica a almazaras e industrias de aderezo del Subprograma III, resueltos favorablemente, para requerir la subsanación de la documentación incompleta en el plazo máximo de dos meses.

1.12. Tramitar las solicitudes de pago de los expedientes de asistencia técnica a almazaras e industrias de aderezo con documentación correcta, en el plazo máximo de cuatro meses desde su recepción.

1.13. Desarrollar y actualizar la normativa de la línea de ayudas para mejorar la calidad industrial.

1.14. Desarrollar y actualizar la normativa de la línea de ayuda para desarrollar las actuaciones del Subprograma III. Asistencia Técnica a Almazaras e industrias de transformación de aceitunas del Programa de mejora de la calidad de la producción del aceite de oliva y aceituna de mesa.

1.15. Mantener actualizada vía internet el software para la gestión de ayudas a industrias agroalimentarias (GAIA).

1.16. Responder a los requerimientos de información o de solicitud de documentación sobre el Subprograma III. Asistencia técnica a almazaras e industrias de aderezo del Programa de Mejora de la Calidad de la Producción del Aceite de Oliva y Aceituna de Mesa y los referentes a la implantación de sistemas de calidad industrial en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la recepción del requerimiento en el Servicio.

1.17. Dar información veraz y actualizada vía internet de la normativa reguladora de las ayudas para la implantación de sistemas de calidad industrial.

2. En relación con el Servicio de Calidad y Promoción.

2.1. Cumplir con los objetivos establecidos para cada Campaña de Comunicación.

2.2. Gestionar la obtención de Denominaciones de Origen Protegidas e Indicaciones Geográficas Protegidas para productos agroalimentarios y pesqueros en el tiempo más corto posible.

2.3. Minimizar el número de observaciones realizadas por el MAPA y la Comisión Europea a los expedientes tramitados.

2.4. Incentivar la variedad y cantidad de productos que obtienen la marca de "Calidad Certificada", mediante la promoción de la misma.

2.5. Reducir los plazos de tramitación para la obtención de la marca.

2.6. Gestionar las ayudas relacionadas con la promoción de productos agroalimentarios y pesqueros en tiempo inferior al legalmente establecido.

2.7. Dar un apoyo eficaz a las empresas que asisten a Ferias Agroalimentarias. Aumentar el número de empresas andaluzas que asisten a estos eventos.

2.8. Auditar bianualmente a todas las Entidades para asegurar por una parte que las mismas cumplen los requisitos asociados a su actividad y por otra, que las Certificaciones/Indicaciones/Denominaciones otorgadas tienen la garantía suficiente.

2.9. Gestionar las ayudas para la organización y participación en Ferias Agroalimentarias en tiempo inferior al legalmente establecido.

2.10. Tramitar el expediente del reconocimiento del pliego de condiciones de productos agroalimentarios en un plazo inferior a seis meses.

2.11. Reducir el tiempo de gestión de las autorizaciones y registro de entidades privadas. Controlar que las entidades anteriores cumplen con los compromisos adquiridos.

2.12. Registrar en la página web de la Consejería los requisitos que obligatoriamente tienen que aportar las Entidades de Inspección y Certificación que se incluyan en el Sistema de Información de Entidades de Inspección y Certificación.

2.13. Gestionar las ayudas para los Consejos Reguladores y otras Entidades de Certificación en tiempo inferior al legalmente establecido.

2.14. Minimizar el tiempo de tramitación de estos expedientes para el reconocimiento de la Mención "Vino de la Tierra", acompañado de una Indicación Geográfica. Minimizar el número de observaciones realizadas por la S.G.T. y el Gabinete Jurídico en cuanto a la documentación enviada.

2.15. Minimizar el número de observaciones realizadas por el MAPA y la Comisión Europea a los expedientes tramitados para el reconocimiento de Productos con Características Específicas.

2.16. Dar soporte técnico a los usuarios del Sistema SICE mediante correo electrónico respondiendo a las consultas en un plazo inferior a 1 día desde su envío.

2.17. Garantizar la operatividad del Sistema de Información de Entidades de Certificación e Inspección de productos agroalimentarios y pesqueros (SICE) 24 horas al días 7 días a la semana (24X7).

3. En relación con el Servicio de Ordenación de la Oferta:

3.1. Realizar el balance mensual del número de Industrias inscritas por actividad.

3.2. Promover la regularización administrativa del 100% de las industrias agroalimentarias de Andalucía en relación con el Registro de Industrias Agroalimentarias en el plazo máximo de un año.

3.3. Tener a disposición de las almazaras e industrias de aderezo, y de las Organizaciones de Productores Reconocidas, de forma permanente la versión actualizada del Programa de emisión de certificados (CEMA).

3.4. Dar información actualizada vía internet a las almazaras e industrias de aderezo autorizadas en el Régimen de la Ayuda de la Producción del Aceite de Oliva.

3.5. Verificar y cargar los datos de los certificados emitidos por las almazaras e industrias de aderezo y tramitar y resolver las incidencias en un plazo no superior a tres meses.

3.6. Dar traslado de los expedientes de requerimiento a las almazaras e industrias de aderezo de la Agencia para el Aceite de Oliva o FEGA, a las Delegaciones Provinciales en un plazo máximo de 15 días hábiles desde la fecha de recepción del expediente en el Servicio.

3.7. Georeferenciar las Industrias Agroalimentarias de Andalucía.

3.8. Tramitar las solicitudes del uso del adhesivo Reglamento (CE) núm. 1148/2001 en el tiempo y forma legalmente establecidos, y resolver las mismas en el plazo máximo de dos meses.

3.9. Requerir la documentación de los expedientes incompletos de solicitudes de ayudas para la implantación y mejora de la trazabilidad en frutas y hortalizas en el plazo máximo de un mes desde la recepción en el Servicio.

3.10. Tramitar las ayudas gestionadas para la concentración de la oferta de productos agrarios en lugares de origen en tiempo inferior al legalmente establecido.

3.11. Aumentar el número de solicitudes de ayudas para la concentración de la oferta de productos agrarios en lugares de origen, recepcionadas en las Delegaciones Provinciales, mediante difusión de la información.

3.12. Requerir la documentación de los expedientes incompletos de solicitudes de ayudas para las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias en el plazo máximo de un mes desde la recepción en el Servicio.

3.13. Tramitar las solicitudes de autorización de reconocimiento de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias en tiempo inferior al legalmente establecido.

3.14. Promover la regularización administrativa del 100% de los depósitos de lodos y efluentes procedentes de las Industrias Agroalimentarias en el plazo máximo de un año a partir de la publicación en BOJA de la Orden de desarrollo del Decreto 281/2002.

3.15. Revisar y reconocer normas y reglamentos de calidad agroalimentaria en un plazo máximo 3 meses.

3.16. Realizar actividades formativas en el ámbito agroalimentario (Jornadas, cursos).

3.17. Responder a las solicitudes de documentación e informes sobre la Ordenación de la Oferta en el plazo máximo de 15 días hábiles desde la recepción de la solicitud en el

Servicio.

3.18. Responder a las cuestiones planteadas por escrito por las entidades y personas interesadas sobre temas relacionados con el Servicio en el plazo máximo de 10 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de información en el Servicio.

3.19. Elaborar la memoria anual de actividades antes del 15 de febrero del año posterior.

3.20. Mantener actualizada la información contenida en la página web.

3.21. Mantener actualizada, con una peridiodicidad mensual, la información contenida en la página web, respecto al Registro de Industrias, Operadores de Frutas y Hortalizas para el uso del adhesivo R (CE) núm. 1148/2001, Relación de Almazaras e Industrias de aderezo autorizadas y las normas de comercialización de frutas y hortalizas frescas.

3.22. Cumplir con las actividades derivadas de la colaboración en los Comités de normalización y certificación Aenor (asistencia, informes...).

3.23. Asistir y asesorar a las mesas de precios del mercado de Porcino ARAPORC.

4. En relación con el Servicio de Asociacionismo Agrario.

4.1. Tramitar el reconocimiento de las entidades como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas de ámbito autonómico en tiempo inferior al legalmente establecido.

4.2. Realizar el seguimiento del mantenimiento de las condiciones de reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas.

4.3. Resolver los expedientes de los programas operativos de las organizaciones de productores de frutas y hortalizas en tiempo inferior al legalmente establecido.

4.4. Implantar y mantener el sistema de información para la gestión de OPFH.

4.5. Tramitar las ayudas gestionadas para el fomento del asociacionismo agrario en tiempo inferior al legalmente establecido.

4.6. Mantener actualizada vía intranet la aplicación informática de ayudas para el fomento del asociacionismo agrario FASA.

4.7. Realizar acciones de promoción entre las Cooperativas y SAT's.

4.8. Tramitar la constitución, modificación y disolución de Sociedades Agrarias de Transformación (SAT), en tiempo inferior al legalmente establecido.

4.9. Tramitar el reconocimiento de organizaciones de productores de aceite de oliva reconocidas, en tiempo inferior al legalmente establecido.

4.10. Realizar el seguimiento anual del funcionamiento de estas organizaciones de productores de aceite de oliva reconocidas.

4.11. Realizar la tramitación de altas y bajas de socios de OPR's en tiempo inferior al legalmente establecido.

4.12. Tramitar el reconocimiento de las entidades como Agrupación de Productores de plantas vivas y productos de floricultura, de patatas de consumo, no destinadas a la industria feculera, en tiempo inferior al establecido.

4.13. Controlar el mantenimiento de las condiciones de reconocimiento como Agrupaciones de Productores.

4.14. Tramitar las ayudas para constitución y funcionamiento de las APA's y OPFH en tiempo inferior al legalmente establecido.

4.15. Tramitar reconocimiento de organizaciones de operadores del sector oleícola, en tiempo inferior al establecido.

4.16. Realizar el seguimiento anual del funcionamiento de las organizaciones de operadores del sector oleícola.

4.17. Emitir los informes técnicos en un plazo máximo de 30 días (poner en común los plazos).

5. En relación con el Servicio de Control de la Calidad Agroalimentaria.

5.1. Elaborar los manuales de procedimiento o protocolos de inspección para la organización de los controles sobre normas calidad de los productos agroalimentarios, en un plazo inferior a seis meses y actualizarlos, cuando sea necesario, en un plazo inferior a dos meses.

5.2. Distribuir los manuales de procedimiento o protocolos de inspección a los inspectores de calidad en un plazo inferior a dos meses desde su elaboración.

5.3. Muestras analizadas en laboratorios. Determinaciones de tipo físico de realización directa en 5 días.

5.4. Muestras analizadas en laboratorios. Determinaciones de tipo físico con tratamiento previo de la muestra en 10 días.

5.5. Muestras analizadas en laboratorios. Determinaciones químicas no instrumentales, volumétricas y/o gravimétricas sin preparación de muestras en 5 días.

5.6. Muestras analizadas en laboratorios. Determinaciones químicas no instrumentales, volumétricas y/o gravimétricas con preparación de muestras en 10 días.

5.7. Muestras analizadas en laboratorios. Otras técnicas de análisis químicos no instrumentales en 15 días.

5.8. Muestras analizadas en laboratorios. Determinaciones químicas instrumentales directas en 5 días.

5.9. Muestras analizadas en laboratorios. Determinaciones químicas instrumentales complejas en 10 días.

5.10. Muestras analizadas en laboratorios. Determinaciones químicas instrumentales sofisticadas en 15 días.

5.11. Muestras analizadas en laboratorios. Determinaciones químicas que requieren la puesta a punto de un método analítico con material existente en los Centros en menos de 3 meses.

5.12. Muestras analizadas en laboratorios. Determinaciones químicas que requieren la puesta a punto de un método analítico con necesidad de compra de material en menos de 1 año.

5.13. Tramitar las denuncias procedentes de otras Comunidades Autónomas en un plazo de siete días.

5.14. Elaborar guías explicativas extraídas de las normas calidad y comercialización de los productos agroalimentarios, en un plazo inferior a seis meses y actualizarlas, cuando sea necesario, en un plazo inferior a dos meses, a partir de la aplicación de la normativa reguladora y distribuirlas en el mismo plazo al sector interesado.

5.15. Distribuir guías explicativas sobre normas de calidad de productos agroalimentarios en un plazo inferior a dos meses.

5.16. Informar a los nuevos mataderos, en un plazo inferior a dos meses desde su conocimiento, de la obligación de formación de su personal técnico elegido, como clasificador de canales de bovino pesado.

5.17. Realizar controles trimestrales en los mataderos autorizados para el comercio intracomunitario que sacrifican mas de 75 bovinos a la semana, y anuales en el resto, sobre un número de canales presentes y clasificadas, así como para supervisar la actividad de los clasificadores, según los plazos establecidos en la normativa vigente y en los acuerdos fijados entre el MAPA y las CCAA.

5.18. Emitir los certificados de autorización de actividades de los laboratorios privados de Andalucía en un plazo no superior a 6 meses y los de acreditación en un plazo no superior a 12 meses.

5.19. En el marco de la trazabilidad de la leche cruda, tramitar las inscripciones en el Registro General de Agentes del Sector Lácteo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en un plazo no superior a 10 días desde la recepción/modificación de las solicitudes.

5.20. Remitir a los agentes solicitantes, las certificaciones de los datos grabados y las etiquetas identificativas adhesivas elaboradas a través de la aplicación letra Q para la identificación de los contenedores de leche cruda de vaca necesarios para el control de la trazabilidad de la leche en el plazo máximo de 15 días desde su inscripción en el Registro General de Agentes del Sector Lácteo.

5.21. Elaborar procedimientos de actuación para controlar el cumplimiento de la normativa sobre trazabilidad de la leche cruda de vaca por parte de los agentes del sector lácteo, en un plazo inferior a seis meses, y actualizarlo cuando sea necesario, en un plazo inferior a dos meses.

5.22. Asegurar la trazabilidad de los resultados de los análisis de los laboratorios en el sector agroalimentario.

5.23. Participar en la normalización de la metodología de ensayos en diferentes productos agroalimentarios.

5.24. Colaborar en proyectos de investigación del sector.

5.25. Realizar análisis y estudios técnicos del sector.

5.26. Dar apoyo técnico en temas analíticos a personal de Cooperativas y Consejos Reguladores.

5.27. Atender las solicitudes para formar alumnos en prácticas analíticas en un plazo no superior a 15 días.

5.28. Tramitar las solicitudes de ayuda del programa de mejora de calidad del aceite de oliva de los laboratorios físico-químicos y organolépticos en un plazo inferior a 9 meses.

5.29. Requerir la documentación de las solicitudes de inscripción en el registro de embotelladores y envasadores de Andalucía que estén incompletas, en el plazo máximo de 15 días desde su evaluación.

5.30. Realizar la Inscripción en el registro de embotelladores y envasadores de Andalucía en el plazo de 1 mes.

5.31. Requerir documentación complementaria y corrección de errores en los pliegos de etiquetado facultativo del vacuno, en un plazo de 30 días desde su evaluación.

5.32. Revisar los pliegos de etiquetado facultativo del vacuno en el plazo máximo de un mes.

II. INDICADORES

II.I. Indicadores de calidad.

Con el fin de verificar el nivel obtenido en el cumplimiento de los compromisos adquiridos en esta Carta por la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria se establecen los siguientes indicadores del nivel de calidad y eficacia de los servicios prestados por ésta:

1. Respecto al Servicio de Industrias Agrarias.

1.1. Tiempo transcurrido entre recepción de solicitud de ayuda para la implantación de sistemas de calidad agroindustrial en Delegaciones Provinciales y su recepción en el Servicio de Industrias.

1.2. Porcentaje de expedientes de ayuda para fomentar la calidad agroalimentaria respecto del total a los que se les ha requerido documentación por ser esta incompleta.

1.3. Porcentaje de solicitudes de ayuda para fomentar la calidad agroalimentaria resueltas favorablemente respecto al total de solicitudes de ayudas recibidas en plazo inferior al legal.

1.4. Porcentaje de expedientes de ayuda a la calidad agroalimentaria a los que se les ha requerido documentación por ser esta incompleta.

1.5. Porcentaje de solicitudes de pago de ayudas para la calidad agroalimentaria tramitadas en el plazo fijado respecto del total.

1.6. Tiempo transcurrido entre recepción de solicitud de ayudas para asistencia técnica a Almazaras e Industrias de Aderezo en Delegaciones Provinciales y su recepción en el Servicio de Industrias.

1.7. Porcentaje de expedientes solicitud de ayudas para asistencia técnica a Almazaras e Industrias de Aderezo respecto el total a los que se les ha requerido documentación por ser esta incompleta.

1.8. Porcentaje de solicitudes de ayudas para asistencia técnica a Almazaras e Industrias de Aderezo resueltas favorablemente respecto al total de solicitudes de ayudas recibidas en plazo inferior al legal.

1.9. Tiempo transcurrido entre la publicación de la orden de desarrollo de las ayudas para la asistencia técnica a almazaras e industrias de aderezo y la realización del manual de procedimiento.

1.10. Tiempo transcurrido entre la recepción de la solicitud de pago de ayudas para asistencia técnica a Almazaras e Industrias de Aderezo y la ordenación del pago a la Dirección General del FAGA.

1.11. Porcentaje de solicitudes de pago de ayudas para asistencia técnica a Almazaras e Industrias de Aderezo, tramitadas en el plazo fijado respecto del total.

1.12. Número de ordenes para mejorar la calidad industrial realizadas.

1.13. Número de ordenes desarrolladas para la mejora de la calidad de las producciones y el respeto medioambiental de aceite y aceituna de mesa.

1.14. Número de autorizaciones para el uso del sotfware GAIA.

1.15. Número de escritos contestados en el plazo de 15 días respecto a la solicitud de información para las ayudas de asistencia técnica a Almazaras e Industrias de Aderezo e implantación de sistemas de calidad industrial.

1.16. Número de consultas sobre normativa de calidad industrial realizadas en la página web.

2. Respecto al Servicio de Calidad y Promoción.

2.1. Porcentaje de objetivos cumplidos cada año en las campañas de promoción.

2.2. Número de campañas e inserciones publicitarias realizadas cada año.

2.3. Tiempo medio de tramitación de reconocimientos de Denominaciones de Origen Protegidas e Indicaciones Geográficas Protegidas para productos agroalimentarios y pesqueros. Número medio de observaciones por expediente realizadas por el MAPA y la Comisión Europea.

2.4. Número de productos que obtienen cada año la marca "Calidad Certificada".

2.5. Plazo medio de tramitación de expedientes para la autorización del uso de la marca "Calidad Certificada".

2.6. Tiempo medio empleado en la gestión de las ayudas concedidas cada año relacionadas con la promoción de productos agroalimentarios y pesqueros.

2.7. Tiempo medio empleado en la gestión de las ayudas concedidas cada año para la organización y participación en Ferias Agroalimentarias.

2.8. Indice de satisfacción de las empresas y agrupaciones que asisten a las ferias agroalimentarias respecto al servicio que se les presta.

2.9. Porcentaje de entidades auditadas en el año. Número medio de incumplimientos detectados por entidad auditada en cada año.

2.10. Tiempo medio de tramitación de los expedientes, normas y reglamentos de calidad de productos agroalimentarios gestionados cada año.

2.11. Tiempo medio de tramitación de las autorizaciones y registro de entidades privadas otorgadas cada año, para cada tipo de alcance.

2.12. Tiempo medio empleado en la gestión de las ayudas concedidas cada año para los Consejos Reguladores y otras Entidades de Certificación.

2.13. Tiempo medio de tramitación de los expedientes gestionados cada año para el reconocimiento de la mención "Vino de la Tierra", acompañado de una Indicación Geográfica. Número medio de observaciones realizadas en los expedientes gestionados cada año.

2.14. Tiempo medio de tramitación de reconocimiento de Productos con Características Específicas. Número medio de observaciones por expediente realizadas por el MAPA y la Comisión Europea.

2.15. Porcentaje de operatividad del Sistema SICE a la semana.

2.16. Porcentaje de incidencias del SICE respondidas dentro del plazo sobre el total.

3. Respecto al Servicio de Ordenación de la Oferta.

3.1. Número de modificaciones que se produzcan en las inscripciones del registro de Industrias Agroalimentarias.

3.2. Porcentaje de industrias regularizadas en el año respecto al total de industrias agroalimentarias.

3.3. Número de accesos realizados en la sección de certificados de almazaras e industrias de aderezo de aceitunas a través de la página web.

3.4. Número de correos electrónicos de información sobre certificados de almazaras e industrias de aderezo de aceitunas.

3.5. Número de certificados emitidos por las almazaras e industrias de aderezo validados.

3.6. Número de incidencias de certificados emitidos tramitadas y resueltas en plazo.

3.7. Tiempo medio transcurrido entre la recepción de expedientes de autorización de almazaras, industrias de aderezo, operadores y centros de compra y su traslado a la Agencia o a las Delegaciones.

3.8. Porcentaje de Industrias geo-referenciadas al año respecto del total.

3.9. Número de empresas autorizadas para el uso del adhesivo Reglamento CE núm. 1148/2001.

3.10. Tiempo medio transcurrido por solicitud para el uso del adhesivo Reglamento CE núm. 1148/2001.

3.11. Porcentaje de expedientes de ayudas incompletos respecto al total de los recibidos para implantación y mejora de la trazabilidad en frutas y hortalizas.

3.12. Tiempo medio transcurrido entre solicitud de subvención para implantación y mejora de la trazabilidad en frutas y hortalizas y su resolución (por línea de ayuda).

3.13. Porcentaje de ayudas para la concentración de la oferta de los productos agrarios en lugares de origen resuelta en plazo respecto al total de ayudas pagadas.

3.14. Número de solicitudes de subvenciones recepcionadas de: Mercados agrarios en zonas de producción, Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias, trazabilidad en frutas y hortalizas frescas, respecto al año anterior.

3.15. Porcentaje de expedientes de ayudas incompletos respecto al total de los recibidos para Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias.

3.16. Tiempo medio transcurrido entre solicitud de subvención para Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias y su resolución (por línea de ayuda).

3.17. Tiempo medio transcurrido por cada solicitud de reconocimiento de Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias.

3.18. Número de Organizaciones Interprofesionales Reconocidas.

3.19. Número de depósitos de efluentes y lodos procedentes de las industrias agroalimentarias regularizados por provincias.

3.20. Número de normas y reglamentos revisadas y reconocidas en plazo

3.21. Número de actividades formativas realizadas en el ámbito agroalimentario.

3.22. Porcentaje de solicitudes de documentación e informes sobre la ordenación de la oferta contestadas en plazo.

3.23. Porcentaje de solicitudes de cuestiones planteadas por escrito por las entidades y personas interesadas sobre los temas relacionados con el Servicio contestadas en los plazos establecidos.

3.24. Fecha de realización de la memoria anual.

3.25. Tiempo medio transcurrido entre la publicación de las normas de calidad y la divulgación de las mismas en la página web.

3.26. Número de actualizaciones en la web por año.

3.27. Número de asistencias a Comités de Normalización y Certificación de Aenor respecto a las totales convocadas.

3.28. Número de asistencias a mesas de precios del mercado de porcino respecto a las totales convocadas

4. Respecto al Servicio de Asociacionismo Agroalimentario.

4.1. Número de expedientes de reconocimiento como Organización de Productores de Frutas y Hortalizas tramitados.

4.2. Porcentaje de expedientes de reconocimiento como OPFH, resueltos en plazo inferior al establecido.

4.3. Número de controles realizados al año para el mantenimiento de las condiciones de reconocimiento como OPFH.

4.4. Número de expedientes de programas operativos de las OPFH tramitados en plazo.

4.5. Porcentaje de entidades usuarias del sistema de información para la gestión de las OPFH.

4.6. Tiempo medio transcurrido entre solicitud de subvención para el fomento de asociacionismo agroalimentario y su resolución.

4.7. Porcentaje de expedientes para el fomento de asociacionismo agroalimentario resueltos en plazo inferior al legalmente establecido.

4.8. Porcentaje de expedientes de fomento de asociacionismo agroalimentario tramitados a través de la aplicación FASA.

4.9. Número de acciones promocionales realizadas entre Cooperativas y SAT's para fomento del asociacionismo.

4.10. Número de entidades asociativas participantes en acciones para fomentar el asociacionismo agroalimentario.

4.11. Porcentaje de solicitudes de constitución, modificación y disolución de Sociedades Agrarias de Transformación, resueltas en plazo inferior al establecido, en relación con el total.

4.12. Porcentaje de expedientes de reconocimiento de organizaciones de productores de aceite de oliva, resueltos en plazo inferior al establecido, en relación con el total.

4.13. Número de controles e inspecciones realizadas a las OPR's.

4.14. Número de altas y bajas de socios anuales en las OPR's.

4.15. Porcentaje de expedientes de reconocimiento como agrupación de productores de plantas vivas y productos de floricultura,y patatas de consumo no destinadas a la industria feculera, resueltos en tiempo inferior al establecido.

4.16. Número de inspecciones de campo y de controles administrativos realizadas a las APA's.

4.17. Porcentaje de expedientes de ayuda de constitución y funcionamiento de las APA's y OPFH's, resueltos en plazo inferior al legalmente establecido.

4.18. Números de solicitudes tramitadas de reconocimiento como Organizaciones de Operadores de Aceite de Oliva

4.19. Número de controles e inspecciones de campo realizadas a las Organización de Operadores de Aceite de Oliva.

4.20. Número de informes técnicos que se demanden al Servicio elaborados al año.

5. Respecto al Servicio de Control de la Calidad Agroalimentaria.

5.1. Número de manuales de procedimiento o protocolos de inspección de controles sobre normas de calidad de productos agroalimentarios elaborados y actualizados en plazo.

5.2. Número de manuales de procedimiento o protocolos de inspección de controles sobre normas de calidad de productos agroalimentarios remitidos en plazo.

5.3. Porcentaje de muestras de determinaciones de tipo físico de realización directa analizadas en 5 días (*).

5.4. Porcentaje de muestras de determinaciones de tipo físico con tratamiento previo de la muestra analizadas en 10 días (*).

5.5. Porcentaje de muestras de determinaciones químicas no instrumentales, volumétricas y/o gravimétricas sin preparación de muestras analizadas en 5 días (*).

5.6. Porcentaje de muestras de determinaciones químicas no instrumentales, volumétricas y/o gravimétricas con preparación de muestras analizadas en 10 días (*).

5.7. Porcentaje de muestras analizadas con otras técnicas de análisis químicos no instrumentales en 15 días (*).

5.8. Porcentaje de muestras de determinaciones químicas instrumentales directas analizadas en 5 días (*).

5.9. Porcentaje de muestras de determinaciones químicas instrumentales complejas analizadas en 10 días (*).

5.10. Porcentaje de muestras de determinaciones químicas instrumentales sofisticadas analizadas en 15 días (*).

5.11. Número de muestras de determinaciones químicas que requieren la puesta a punto de un método analítico con material existente en los Centros, analizadas en menos de 3 meses (*).

5.12. Número de muestras de determinaciones químicas que requieren la puesta a punto de un método analítico con necesidad de compra de material, analizadas en menos de 1 año (*).

5.13. Número de denuncias procedentes de otras Comunidades Autónomas atendidas en plazo al año.

5.14. Número de guías explicativas elaboradas y actualizadas, a partir de las normas calidad y comercialización de los productos agroalimentarios, actualizadas, en plazo.

5.15. Número de guías explicativas de normas de calidad de productos agroalimentarios remitidas en plazo.

5.16. Número de nuevos mataderos autorizados informados de la obligación de formación de su personal técnico como clasificador de canales de bovino pesado, en plazo inferior al estipulado, con relación al total de los nuevos autorizados para el comercio intracomunitario.

5.17. Porcentaje de mataderos controlados de ambos tipos según sacrifiquen o no más de 75 bovinos a la semana, respecto al total.

5.18. Número de certificados de autorización y acreditación de laboratorios privados en Andalucía emitidos en plazo.

5.19. Porcentaje de solicitudes de altas, bajas o modificación de los datos, inscritas en el Registro General de Agentes del Sector Lácteo del MAPA, en plazo desde su recepción en el Servicio.

5.20. Porcentaje de certificaciones y de etiquetas autoadhesivas identificativas elaboradas y remitidas a agentes del sector lácteo a través de la aplicación letra Q, en el plazo estipulado desde la inscripción en el Registro General.

5.21. Número de procedimientos para controlar el cumplimiento de la normativa sobre trazabilidad de la leche cruda de vaca, o actualizaciones de los mismos, elaborados y remitidos, en plazo inferior al estipulado, al personal designado para el control, en relación con el total de acuerdos de adopción o de modificación de dichas medidas.

5.22. Porcentaje de ensayos para asegurar la trazabilidad de los resultados de los análisis de los laboratorios, con buenos resultados respecto al total, o número de ensayos realizados al año.

5.23. Número de participaciones al año en estudios para la normalización de la metodología de ensayos en productos agroalimentarios.

5.24. Número de proyectos de investigación en los que se participa al año.

5.25. Número de análisis y de estudios técnicos realizados al año.

5.26. Número de solicitudes de apoyo técnico a personal de Cooperativas y Consejos Reguladores atendidas al año.

5.27. Número de solicitudes para formar alumnos en prácticas analíticas atendidas en plazo.

5.28. Tiempo medio de concesión a los laboratorios físicos-químicos y organolépticos dentro del programa de mejora de la calidad del aceite de oliva.

5.29. Porcentaje de solicitudes de inscripción en el Registro de embotelladores y envasadores de Andalucía, realizadas en plazo.

5.30. Porcentaje de inscripciones en el Registro de embotelladores y envasadores de Andalucía, realizadas en plazo.

5.31. Porcentaje de solicitudes sobre pliegos de etiquetado facultativo de vacuno, realizadas en plazo.

5.32. Porcentaje de pliegos de etiquetado facultativo de vacuno revisados, realizadas en plazo.

(*) Coeficiente corrector cuando el Laboratorio está saturado = Indicadores (núm. muestras entradas/ núm. muestras salidas+1)

C) DATOS DE CARACTER COMPLEMENTARIO

I. HORARIOS Y OTROS DATOS DE INTERES

I.I. Horarios de atención al público.

- El horario de atención al público en información presencial será de lunes a viernes desde las 9,00 hasta las 14,00 horas.

- El horario de atención al público en información telefónica será de lunes a viernes desde las 9,00 a las 14,00 horas.

Descargar PDF