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NIG: 2906747M20051000351.
Procedimiento: Juicio Verbal 165/2005. Negociado: JG.
Sobre: Sociedades Mercantiles. J. Verbal. Reclamación de 1.912,74 euros, intereses legales costas. Responsabilidad administradores.
De: ARISE 98, S.L.
Procuradora: María del Carmen Saborido Díaz.
Letrado: Juan Antonio Sánchez Martín.
Contra: Po Hai Chiu y Jianmin Zhao.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento Juicio Verbal 165/2005 seguido en el Juzgado de lo Mercantil núm. Uno de Málaga a instancia de ARISE 98, S.L., contra Po Hai Chiu y Jianmin Zhao, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
JUZGADO DE LO MERCANTIL NúMERO UNO DE MALAGA
SENTENCIA. nUM. 182/06
En Málaga a 3 de diciembre de 2006.
Vistos por mí, Enrique Sanjuán y Muñoz, Magistrado del Juzgado de lo Mercantil número Uno de Málaga, los autos del procedimiento Verbal registrado con el número 165 del año 2005, iniciados por la Procuradora Sra. Saborido Díaz en nombre y representación de ARISE 98, S.L., defendida por el Abogado Sánchez Martín, contra Po Hai Chiu y Jianmin Zhao, ambos en rebeldía, vengo a resolver conforme a los siguientes.
El objeto del procedimiento ha sido la reclamación de cantidad a los codemandados derivado de impago de suministros de la sociedad administrada por ellos en exigencia de responsabilidad del administrador.
FALLO
Que estimo totalmente la demanda presentada por la Procuradora Sra. Saborido Díaz en nombre y representación de ARISE 98, S.L., defendida por el Abogado Sánchez Martín, contra Po Hal Chiu y Jianmin Zhao, ambos en rebeldía, y en consecuencia:
Primero. Debo condenar y condeno a los demandados a que abonen al actor la cuantía de mil cuatrocientos veintinueve euros con ochenta y dos céntimos incrementados en dos puntos desde el 26 de septiembre de 2003, y suma de cuatrocientos ochenta y dos euros con noventa y dos céntimos de costas del proceso monitorio, reclamando dicha cantidad a la sociedad y los intereses desde el 2 de marzo de 2005.
Segundo. Con expresa imposición de costas al demandado.
Notifíquese la presente haciéndoles saber a las partes que la presente resolución no es firme y que frente a ella cabe recurso de apelación a preparar ante este juzgado en el plazo de cinco días y que será resuelto por la Sección 6.ª de la Audiencia Provincial de Málaga.
Así por esta resolución, lo pronuncio, mando y firmo.
Magistrado.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Po Hai Chiu y Jianmin Zhao, extiendo y firmo la presente en Málaga a dieciséis de enero de dos mil siete.- La Secretario.
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