Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 33 de 14/02/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 29 de diciembre de 2006, del Ayuntamiento de Albox, de bases para la selección de Técnico en Información y Animación Sociocultural.

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Don Francisco Granero Granados, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Albox (Almería):

HACE SABER

Que mediante Decreto de fecha 29 de diciembre de 2006, ha aprobado la convocatoria, y sus correspondientes bases, para provisión de las plazas de personal funcionario que, a continuación, se indican:

BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION DE UNA PLAZA

DE TECNICO DE ADMINISTRACION ESPECIAL SUBESCALA

TECNICA DENOMINADA COMO TECNICO EN INFORMACION

Y ANIMACION SOCIOCULTURAL, ADSCRITA AL CENTRO

MUNICIPAL DE INFORMACION A LA MUJER VACANTE EN

LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTA CORPORACION

MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION

Primera. Objeto de la Convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante Concurso-Oposición, de una plaza de Técnico de información

y animación sociocultural, adscrita al Centro Municipal de Información a la Mujer, vacante en la Plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, encuadrada dentro de la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Grupo B dotada con las retribuciones básicas que en cada momento señale la Ley para el Grupo correspondiente de la Ley 30/84, de 2 de agosto, y con las retribuciones complementarias que le correspondan con arreglo al Catálogo de Puestos de Trabajo.

Segunda. Condiciones de los aspirantes.

Para ser admitido a este Concurso-Oposición se precisará reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad Española, o la de algún estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla en que falten menos de quince años para la jubilación forzosa por edad.

c) Estar en posesión del título de Diplomatura de grado medio.

d) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del Servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local

o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el adecuado desarrollo de las funciones correspondientes a la plaza.

Todos y cada uno de los requisitos anteriores se acreditarán documentalmente junto a las solicitudes de participación en las pruebas selectivas.

Tercera. Presentación de Instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en el Concurso-Oposición deberán presentarse, dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento y durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, manifestando que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. El impreso de solicitud será facilitado gratuitamente en la Secretaria del Ayuntamiento.

Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En concepto de derechos de examen, los interesados abonarán la cantidad de 25 euros, mediante ingreso directo en la Tesorería Municipal, o por giro postal o transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento de Albox, uniendo a la solicitud de participación resguardo del ingreso efectuado, pudiéndose aplicar la exención prevista en el artículo 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, acreditándose en tal caso por el interesado los requisitos exigidos para la aplicación de la exención.

Si alguna de las solicitudes adoleciese de algún defecto, se requerirá al interesado para que, en plazo de diez días, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, archivándose sin más trámite, con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992 citada.

Así mismo, se deberán presentar por los aspirantes los documentos que justifiquen los méritos que aleguen en el presente Concurso, de conformidad con lo establecido en la base 7.ª de esta convocatoria.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía-Presidencia, en el plazo máximo de un mes, dictará Resolución con la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la que constará el nombre y apellidos del candidato, número del DNI y, en su caso, causa de la no admisión, así como el plazo de subsanación que, en los términos del articulo 71 de la Ley 30/1992 citada, se concede a los aspirantes excluidos, lista que será, a su vez, definitiva en caso de no existir aspirantes excluidos.

Transcurrido el plazo de subsanación aludido anteriormente, se publicará en el mismo boletín Resolución con la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, con los mismos requisitos establecidos para la lista provisional, Resolución que determinará, también, la fecha, lugar y hora de baremación de los méritos establecidos en la convocatoria, así como la composición del Tribunal calificador.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Quinta. Tribunal Calificador.

El Tribunal estará constituido por:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y voto.

Vocales: la Concejala Delegada del Area de Mujer, el concejal delegado de Cultura, un representante de la Junta de Andalucía nombrado por ésta y un representante del personal del Ayuntamiento.

Junto a los titulares, se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos; los miembros del Tribunal deberán tener igual o superior titulación a la exigida para admisión a la plaza convocada, exceptuando la Concejala del área de mujer

El Tribunal designará un asesor o asesora de la Alcaldía, con conocimientos demostrados en la materia, que podrá actuar con voz y con voto.

El Tribunal puede actuar válidamente cuando concurran dos vocales y el Presidente, y los miembros que lo compongan deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992 citada.

Al Tribunal le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, y aplicar los baremos correspondientes.

El Tribunal, en su calificación final, no podrá proponer para su nombramiento a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

El Tribunal que juzgará la oposición objeto de la presente convocatoria se clasifica dentro de la primera categoría, a los efectos prevenidos en el Real Decreto 236/88, de 4 de marzo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, modificado por Decreto 190/1993.

Sexta. Calendario de realización de las pruebas.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluido quien no comparezca, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal. Asimismo, concurrirán a las pruebas provistos del DNI, cuya acreditación podrá ser exigida por el Tribunal en cualquier momento.

Séptima. Proceso selectivo.

El Concurso-oposición constará de dos fases:

A) Fase de concurso. El Tribunal valorará los méritos alegados y justificados documentalmente por las personas aspirantes, con arreglo al siguiente baremo:

BAREMO DE MERITOS

1. Méritos profesionales (se contabilizarán hasta un máximo de 5 años):

I.A) Por cada mes completo de servicios prestados en cualquiera de las Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, 0,10 puntos.

I.B) Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido, 0,05 puntos.

2. Méritos académicos:

2.a) Por cada Titulación superior a la exigida para el puesto, 2,00 puntos.

Las titulaciones que se valorarán en este apartado 2 serán, en todo caso, distintas de las que habilitan para participar en las pruebas selectivas.

3. Cursos y seminarios, congresos y jornadas.

Haber participado, impartido y/o coordinado actividades formativas, siempre que se encuentren relacionadas con las funciones a desarrollar y específicas del puesto/plaza objeto de la convocatoria y organizados, bien por una Administración Pública o una Universidad, bien por una institución pública o privada (Colegio Profesional, Sindicato, etc.) en colaboración con la Administración Pública.

A) Por la participación como asistente: Por cada hora de duración: 0,005 puntos.

B) Por la participación como ponente o por impartir un curso: Por cada hora de duración: 0,010 puntos.

En el supuesto de que la duración del curso se exprese en días, se establece una equivalencia de 5 horas por cada día de curso.

C) Por la Coordinación de Acciones y/o procesos formativos: Por cada hora de duración: 0,015 puntos.

Las materias de las actividades formativas que se valorarán en la fase de concurso serán, entre otras, las siguientes (en consonancia con el temario establecido):

- Políticas de igualdad.

- Violencia de género.

- Animación socio cultural.

- Asociacionismo.

- Información en todo ámbito.

- Atención a la ciudadanía.

- Formación de Formadores y formadoras.

- Y aquellas otras que el Tribunal estime que tienen relación directa con las funciones objeto de la plaza/puesto de Información-Animación Sociocultural para Centro Municipal de Información a la Mujer.

4. Superación de pruebas selectivas:

4.a) Haber aprobado ejercicios de pruebas selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder: 1,00 punto por cada ejercicio aprobado.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de personas aprobadas. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

Las puntuaciones máximas que se podrán obtener en cada uno de los apartados del baremo son las que a continuación se indican:

Méritos académicos: 2,00 puntos.

Méritos profesionales:

- En la Administración Pública (puesto igual o similar), 6,00 puntos.

- En la empresa privada (puesto igual o similar), 3,00 puntos.

En todo caso la puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado es de 9 puntos.

- Cursos: 7,00 puntos.

- Superación de pruebas: 2,00 puntos.

B) Fase de oposición. La fase de oposición constará de dos ejercicios, que tendrán carácter obligatorio.

Primer ejercicio. Escrito. Consistirá en desarrollar, durante un máximo de dos horas, un formulario con 125 preguntas tipo test, relacionado con el temario propuesto.

Para el ejercicio teórico, se puntuarán cada una de las respuestas erróneas con 0,15 negativamente, las no contestadas no puntúan. La nota de la prueba resultará de asignar a cada respuesta correcta 0,08 puntos.

Este ejercicio de la fase de oposición tendrá carácter eliminatorio, siendo necesario para superarlo obtener un mínimo de cinco (5) puntos y un máximo de diez (10).

Segundo ejercicio. Práctico. Consistirá en la realización de los trabajos o supuestos prácticos determinados por el Tribunal, durante un máximo de dos horas, que sean concernientes a la función correspondiente a la plaza de que se trate y que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los/as aspirantes, en el tiempo que fije el Tribunal.

Se valorará de 1 a 10 puntos. Siendo también necesario obtener al menos 5 puntos.

Octava. Relación de aprobados.

Sin perjuicio de lo establecido en la Base Quinta de esta Convocatoria, una vez terminado el Concurso-oposición el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, constituida ésta por la suma de las puntuaciones alcanzadas en la fase de oposición y de concurso, y elevará dicha relación a la Alcaldía, proponiéndole el nombramiento del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación; también se remitirá la correspondiente acta donde conste el desarrollo del Concurso, así como la relación de los no aprobados.

La relación se expondrá en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y/o lugar de realización de las pruebas.

Novena. Presentación de documentos.

Los aspirantes propuestos aportarán, en la Secretaria General y dentro del plazo de 20 días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos de reunir las condiciones establecidas en la Base 2.ª, y en concreto:

- Fotocopia compulsada del DNI.

- Copia compulsada de la titulación académica exigida.

- Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del Servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello, sin perjuicio del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

- Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio.

Quienes sean funcionarios públicos estarán exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que constituyen un requisito previo para su nombramiento, debiendo presentar certificación que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Si dentro del plazo indicado los aspirantes seleccionados no presentan la documentación, supondrá la pérdida de los derechos adquiridos para los propuestos, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Décima. Nombramiento.

Presentada la documentación por los aspirantes propuestos, por la Alcaldía se procederá al correspondiente nombramiento.

La Alcaldía queda facultada para que, en plazo no superior a seis meses contados desde la terminación del proceso selectivo, pueda otorgar nombramiento a favor del segundo aspirante declarado apto por el Tribunal en el presente proceso selectivo si, como consecuencia de renuncia u otra causa que impida al aspirante propuesto tomar posesión de la plaza, ésta quedara vacante tras la realización del Concurso-Oposición, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan exigirse al aspirante propuesto por el Tribunal por el hecho de no tomar posesión de la plaza en plazo legal, o renuncia realizada con posterioridad.

Decimoprimera. Legislación aplicable.

En lo no previsto en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, y en lo no previsto en la citada legislación, se estará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, Ley 42/1994, de 30 de diciembre, Ley 13/1996, de 30 de diciembre, RD 364/95, de 10 de marzo, Real Decreto 896/91, de 7 de junio, Real Decreto Legislativo 781/1986, RD 543/01, de 18 de mayo, y a las demás Disposiciones de Régimen Local de aplicación en la materia.

Decimosegunda. Recursos.

Las bases de la convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley 30/1992.

A N E X O

P R O G R A M A

Grupo I

1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

2 Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho público. La ley. Clases de leyes.

3 El interesado. Concepto y clases. La capacidad del interesado y sus causas modificativas. Colaboración y participación de los ciudadanos. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración Pública.

4 El procedimiento administrativo común: Sus fases. El régimen del silencio administrativo.

5 Régimen Local español. Principios constitucionales y regulación jurídica. Organización y competencias municipales/provinciales.

6 Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales. Clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

7 Personal al servicio de la Entidad Local. La función pública local: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

9. Funcionamiento de los órganos colegiados locales. Convocatoria y orden del día. Requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdo.

10. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

2 El presupuesto local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del presupuesto local.

12. Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. Objeto, ámbito de aplicación. Derechos y obligaciones. Servicios de prevención.

Grupo II. Específico

3 Aproximaciones teórico-conceptuales en el estudio de las relaciones de género. El estudio de las relaciones entre los géneros, a través de las distintas escuelas y corrientes de pensamiento.

4 Teorías sobre la desigualdad de género. La estabilidad y el cambio de los sistemas de género. La interrelación entre género, clase y cultura. Historia de la exclusión de las mujeres.

5 El feminismo. Historia. Sociedad, cultura y religión. Feminismo del siglo XXI.

6 La teoría sexo-género. Diferencia entre sexo y género. Roles y estereotipos Sexo-género. Concepto de socialización.

7 La igualdad como principio jurídico. La igualdad ante la ley: el principio de no discriminación y la igualdad de oportunidades. El principio de igualdad en la Constitución Española y la interpretación del Tribunal Constitucional.

8 Producción y reproducción. Transferencias matrimoniales. El modo de producción doméstico. La familia y las relaciones de producción y reproducción. El género y la segmentación del mercado de trabajo y las relaciones laborales.

9 Sistema de género y poder. Poder, autoridad y toma de decisiones. Estrategias de poder de los grupos sociales. Movimientos reivindicativos.

10 El desarrollo de la sexualidad y de la identidad de género. Las áreas de diferenciación sexual: Mitos y realidades. Teorías de la tipificación y rol de género.

11 La salud de las mujeres. Educación sexual en Igualdad. Identidad Sexual.

12 El acceso de las mujeres a la educación. Escuela mixta. Coeducación. La situación de la mujer en el sistema educativo actual. Los medios de comunicación y la educación.

13 La transición a la paternidad y la maternidad. Procesos psicológicos, sociales y culturales implicados. Tipos de transición, determinantes y consecuencias.

14 Concepto de violencia de género. Malos tratos, agresiones y abusos sexuales. El acoso sexual: Causas socioculturales.

15 La problemática social de la violencia de género: Descripción del fenómeno, medidas y propuesta práctica de intervención integral en el ámbito local.

16 Planes integrales contra la violencia de género, de ámbito local, andaluz y nacional.

17 Bienestar Social y Servicios Sociales desde una perspectiva de género. La perspectiva de género en el desarrollo y universalización del sistema público de Servicios Sociales en España.

18 El Instituto Andaluz de la Mujer. Programas, acciones. Recursos de Información. Participación social y cultural.

19 Los Centros Municipales de Información a la Mujer. Gestión de los mismos. Recursos y equipo básico de un

C.M.I.M.

1 La figura del o la informadora-animadora de los Centros Municipales de Información a la Mujer. Perfil profesional. Funciones asignadas. Actividades a desarrollar.

2 Metodología, técnicas e instrumentos a utilizar por el/la Informadora Animadora en su intervención profesional.

3 La planificación como proceso: Concepto, niveles e instrumentos. El nivel estratégico de la planificación social. El Plan: Características y elementos.

1 El nivel táctico de la planificación social en género: Los programas. Elementos que debe contemplar el diseño de un programa. Programa marco. Programación específica.

2 El nivel operativo de la planificación social: Los proyectos. Aspectos que debe contemplar el diseño de un proyecto. Diseño y elaboración de proyectos. Tipología de proyectos. Contenidos de un proyecto social con perspectiva de género.

3 Métodos y técnicas para diseñar y evaluar proyectos con perspectiva de género.

4 La evaluación como proceso. Definición. Finalidad y requisitos de la evaluación. Tipos de evaluación. Momentos y fases de la evaluación. Los indicadores de evaluación.

5 La integración de la perspectiva de género en la planificación social. Análisis de género: Necesidad del enfoque de género en la planificación/organización. Las diferentes formas de abordar la igualdad entre mujeres y hombres en los proyectos sociales.

6 Los Planes Municipales. Políticas de igualdad entre géneros. El planeamiento de los objetivos. La redacción del Plan de igualdad. La aprobación, la puesta en práctica y la evaluación del Plan de igualdad.

7 Equipos de trabajo. Estructura de los equipos de trabajo. Claves para la gestión eficaz de los equipos de trabajo.

8 La coordinación integral desde la Administración Local. Concepto de coordinación. Tipos de coordinación, mecanismos e instrumentos. Niveles y modalidades de coordinación. Experiencias de coordinación.

9 Recursos para las mujeres en Almería y en Andalucía. Centros, servicios y programas para la atención especializada a las mujeres.

10 Evolución de las condiciones socio-laborales de las mujeres y situación actual en la Comunidad Autónoma Andaluza y la incorporación de las mujeres al mercado de trabajo.

11 El papel de los Ayuntamientos y Comunidades Autónomas en materia de promoción de empleo y de formación. Políticas de empleo e incorporación social de las mujeres.

12 El desarrollo local y la perspectiva de género. Participación democrática de las mujeres.

13 Mujer y discapacidad. Doble discriminación de las mujeres con discapacidades. Barreras que dificultan la inserción de las mujeres con discapacidad.

14 Los indicadores sociales de género en el diseño y evaluación de programas: Objetivos de su elaboración. Areas principales de aplicación y criterios de selección de las mismas. Procedimiento de elaboración.

15 Los medios de comunicación social: Importancia e influencia en la sociedad actual. Participación de las mujeres como profesionales y consumidoras. Tratamiento de la imagen de las mujeres. Medidas correctoras.

16 Necesidad e importancia de un uso no sexista del lenguaje. Papel de la Administración Local.

17 La igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres: Su significado, ventajas que se derivan de las mismas. Papel de la Administración Estatal, Autonómica y Local en materia de Igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

18 Funciones de los organismos internacionales para el desarrollo de políticas de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres.

19 Conferencias Mundiales sobre la mujer. Contenido y efecto. Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra las mujeres y recomendaciones. Contenido y efecto.

20 Políticas públicas de Igualdad de Oportunidades desde los organismos internacionales: La Unión Europea, programas de acción comunitarios y los fondos europeos.

21 La conciliación de la vida laboral y familiar de mujeres y hombres. El pacto social.

22 Animación sociocultural y mujer. Actitudes y aptitudes de la figura del o la animadora sociocultural. Diferencias animación-dinamización de grupos.

1 La intervención de la animación sociocultural en la Igualdad de Oportunidades entre hombres y mujeres.

2 El asociacionismo y grupos de mujeres. Fases de la formación de grupo. Creación de asociaciones de Mujeres, apoyo económico y técnico de las mismas.

3 Dinámicas para trabajar con grupos de mujeres. Técnicas de trabajo en grupo. Metodología de la intervención.

4 La educación en Igualdad. Coeducación como estrategia de futuro. Programas de competencia social. Educación para la Convivencia. La Paz y la Igualdad.

5 La información como responsabilidad pública. La sociedad de la información. La información como prestación social. La informatización en la información social.

6 La información como instrumento para la planificación. Su importancia en la formación de valores para la igualdad entre hombres y mujeres.

Lo que se publica para general conocimiento, y a los efectos de inicio del correspondiente proceso selectivo.

Albox, 29 de diciembre de 2006.- El Alcalde-Presidente, Francisco Granero Granados.

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