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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, recoge en su artícu-lo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos a que se refiere el punto 2 del artículo 21 de dicha norma (copias autenticadas) corresponderá a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos, previendo en el párrafo segundo de dicho artículo que de no existir tales Jefaturas de Sección, la competencia corresponderá a la Jefatura del Servicio o Secretaría General bajo cuya responsabilidad se gestione la función de Registro General de Documentos.
Siendo la Secretaria General de esta Delegación la responsable de la expedición de copias autenticadas de documentos públicos o privados en la misma y, por razones de agilidad y eficacia administrativas de la propia Delegación, se dictó Resolución de 31 de marzo de 2005, haciendo público el Acuerdo de 28 de marzo, por el que se delegaba la competencia en esta materia en determinados puestos de trabajo. Todo ello en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma. La publicación del Decreto 237/2005, de 2 de noviembre, de modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía, hace necesario dictar nueva Resolución ampliando dicha delegación.
Por cuanto antecede, esta Delegación Provincial
RESUELVE
Hacer público el acuerdo de 29 de enero de 2007, de la Secretaría General de esta Delegación Provincial, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo al personal que se cita, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.
Huelva, 30 de enero de 2007.- El Delegado, Juan Márquez Contreras.
ACUERDO
Acuerdo de 29 de enero de 2007, de la Secretaría General de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo en Huelva, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo al personal funcionario que se cita.
Primero. La competencia de la expedición de copias auténticas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo de los originales, atribuida a la Secretaría General de esta Delegación Provincial, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, en lo relativo a los servicios y unidades administrativas con adscripción a esta Delegación Provincial, queda delegada en los funcionarios que desempeñen los puestos de trabajo que a continuación se citan:
DELEGACION PROVINCIAL DE EMPLEO
Código 9383010 DP. INFORMATICA
Código 9383110 DP. LEGISLACION
Código 9384610 NG. GESTION
Código 9383610 NG. HABILITACION Y GASTOS CORRIENTES
Código 9383710 DP. INFORM. REGISTRO Y ATENCION
Código 491910 NG. APERTURAS Y AUTORIZACIONES
Código 489910 NG. INSPECCION Y SANCIONES
Código 493710 DP. CMAC
Código 492510 NG. GESTION ADMINISTRATIVA
Código 490710 AUXILIAR ADMINISTRATIVO
DIRECCION PROVINCIAL SAE
Código 9467010 SERV. DE INTEMEDIACION E INSERCION
Código 9467110 DP. PROMOCION Y DESARR. LOCAL
Código 9467210 ASESOR TECNICO
Código 9467310 DP. ORIENTACION PROFESIONAL
Código 9389110 ASESOR TECNICO
Código 9467410 UNIDAD DE GESTION
Código 8683910 DP. INTERMEDIACION Y OFERTAS
Código 8676510 ASESOR TECNICO
Código 9467710 UN. GESTION
Código 9467810 ASESOR TECNICO
Código 9467910 DP. PROYECTOS E INICIATIVA EMPL.
Código 9468010 ASESOR TECNICO
Código 9468110 UN. TRAMITACION
Código 9468310 DP. ESCUELAS TALLER
Código 9378410 ASESOR TECNICO
Código 9468210 UN. TRAMITACION
Segundo. La presente delegación de competencias se realiza en el ámbito del artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como del artículo 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, debiendo publicarse en el Boletin Oficial de la Junta de Andalucía y entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.
Tercero. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar tal circunstancia.
Cuarto. La delegación de competencias del Acuerdo de 28 de marzo de 2005 continúa vigente para aquellos puestos no afectados por el Decreto 237/2005, de modificación parcial de la Relación de Puestos de Trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía. Huelva, 29 de enero de 2007. El Secretario General, José Román Alvarez.
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