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En el recurso contencioso-administrativo número 609/2005, interpuesto por doña María Eva Trigo Sánchez contra Resolución de la Comisión Andaluza de Evaluación de Complementos Autonómicos de fecha 1 de julio de 2005, por la que se estimó parcialmente el recurso de reposición formulado contra la evaluación originaria realizada por la citada Comisión mediante Resolución de 29 de noviembre de 2004, se ha dictado sentencia por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número Cinco de Sevilla, con fecha 6 de septiembre de 2006, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal.
"Fallo: Que debo desestimar y desestimo la demanda interpuesta por doña María Eva Trigo Sánchez, en su propio nombre y representación y con la asistencia del Letrado don Aurelio Garnica Díaz, contra la Resolución citada en el antecedente primero por estar ajustada al Ordenamiento Jurídico y sin costas."
Según lo establecido en el artículo tres, apartado seis, de la Orden de 18 de mayo de 2004, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, sobre delegación de competencias en diversos órganos de la Consejería, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 8 de febrero de 2007.- El Secretario General Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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