Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 42 de 27/02/2007

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 30 de enero de 2007, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se notifican y hacen públicas las subvenciones concedidas a Asociaciones de Mujeres y Federaciones de las mismas para la realización de proyectos que favorezcan, impulsen y faciliten el empoderamiento y la participación de las mujeres en los espacios políticos, consultivos y decisorios, así como en los diferentes espacios sociales, especialmente los de formación y de sensibilización en el ejercicio 2006.

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De acuerdo con lo previsto en el apartado 6 del artícu-lo 9 de la Orden de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de 5 de mayo de 2006, por la que se establecen el procedimiento y las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por este Instituto a Asociaciones de Mujeres y Federaciones de las mismas para la realización de proyectos que favorezcan, impulsen y faciliten el empoderamiento y la participación de las mujeres en los espacios políticos, consultivos y decisorios, así como en los diferentes espacios sociales, especialmente los de formación y de sensibilización y para los efectos de conocimiento general previstos en el artículo 109 de la Ley 5/1.983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se hace público y se notifica a las entidades interesadas que han participado en su convocatoria para el ejercicio de 2006 que, a propuesta de la Comisión de Selección prevista en dicha Orden, la Directora del Instituto Andaluz de la Mujer ha resuelto conceder las subvenciones relacionadas en el Anexo, en el cual se indican las entidades beneficiarias, la cuantía de las ayudas, los programas subvencionados y el porcentaje que se financia.

Al propio tiempo, se comunica que han sido desestimadas las solicitudes que no se mencionan en dicho Anexo.

Contra la Resolución adoptada, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Instituto en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo competente en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de inicio de cómputo anteriormente indicada (si se opta por el recurso de reposición no podrá interponerse el contencioso-administrativo hasta que aquél no sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación presunta).

Sevilla, 30 de enero de 2007.- La Secretaria General, María Salas Rodríguez.

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