Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 48 de 08/03/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de la Presidencia

Orden de 2 de junio de 2006, por la que se autoriza la transferencia de titularidad de dos concesiones de "Radio Guadalquivir, S.A.", a la entidad mercantil "Sociedad Española de Radiodifusión, S.A.". (PP. 2691/2006).

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Vista la solicitud de autorización formulada por don Adolfo Machado de la Quintana, actuando en nombre y representación de la entidad mercantil "Radio Guadalquivir, S.A.", y don Manuel Sabido Durán, actuando en nombre y representación de la entidad mercantil "Sociedad Española de Radiodifusión, S.A.", para la transmisión de las siguientes concesiones del servicio público de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia de carácter comercial de las que es titular "Radio Guadalquivir, S.A.":

- Frecuencia 99.9 MHz., en la localidad de Cádiz.

- Frecuencia 100.0 MHz., en la localidad de Jaén, y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Don Adolfo Machado de la Quintana, actuando en nombre y representación de la entidad mercantil "Radio Guadalquivir, S.A.", y don Manuel Sabido Durán, actuando en nombre y representación de la entidad mercantil "Sociedad Española de Radiodifusión, S.A.", han solicitado mediante escrito presentado ante esta Dirección General de Comunicación Social, con fecha 29 de marzo de 2006, autorización para la transferencia por parte de su titular "Radio Guadalquivir, S.A.", de las concesiones de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia en la localidad de Cádiz, frecuencia 99.9 MHz., y en la localidad de Jaén, frecuencia 100.0 MHz., concesiones que han sido renovadas por plazo de 10 años, en virtud del Acuerdo del Consejo de Gobierno, de fecha 3 de febrero de 2004 (BOJA número 25, de 6 de febrero de 2004).

Segundo. Consta en el expediente de solicitud de transferencia de la titularidad de las concesiones, aportada por las entidades junto a su solicitud, la siguiente documentación:

1. Fotocopia de la Escritura Pública de Constitución de la compañía mercantil "Unión Radio, S.A.", otorgada ante el Notario de Madrid, don Anastasio Herrero Muro, el día 16 de diciembre de 1924, con el número 2.337 de su protocolo.

2. Fotocopia de la Escritura Pública de modificación de estatutos de "Unión Radio, S.A.", y cambio de denominación a "Sociedad Española de Radiodifusión, S.A.", otorgada ante el Notario de Madrid, don Félix Rodríguez Valdés, el día 8 de agosto de 1940, con el número 766 de su protocolo.

3. Fotocopia de la Escritura Pública de adaptación de los estatutos de la entidad "Sociedad Española de Radiodifusión, S.A.", a la Ley de Sociedades Anónimas, otorgada ante el Notario de Madrid, don José-Aristónico García Sánchez, el día 14 de julio de 1992, con el número 3.385 de su protocolo.

4. Fotocopia de la Escritura Pública de poder de representación de don Manuel Sabido Durán en "Sociedad Española de Radiodifusión, S.A.", otorgada ante el Notario de Madrid, don José-Aristónico García Sánchez, el día 25 de enero de 2005, con el número 264 de su protocolo.

Constan en esta Dirección General originales de los documentos 1, 2, 3 y 4 anteriores.

5. Original de testimonio notarial de la Escritura Pública de representación de don Adolfo Machado de la Quintana en la entidad "Radio Guadalquivir, S.A.", otorgada ante el Notario de Granada, don Aurelio Nuño Vicente, el día 17 de julio de 2002, bajo el número 3.416 de su Protocolo.

6. Certificación emitida por el Secretario del Consejo de Administración de la "Sociedad Española de Radiodifusión, S.A.", sobre la composición de los órganos de gobierno de la entidad así como sobre su capital social, distribución y relación de accionistas.

7. Declaración del representante legal de la entidad mercantil "Sociedad Española de Radiodifusión, S.A.", relativa al cumplimiento por parte de esa entidad de lo indicado en la Ley 10/2005, de 14 de junio, de medidas urgentes para el impulso de la televisión digital terrestre, de liberalización de las telecomunicaciones por cable y de fomento del pluralismo, y a mayor abundamiento, de lo previsto en el artículo 12.5 del Decreto 174/2002, de 11 de junio, por el que se regula el régimen de concesión por la Comunidad Autónoma de Andalucía de emisoras de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia y la prestación del servicio por parte de los concesionarios.

8. Declaración responsable del representante legal de la "Sociedad Española de Radiodifusión, S.A.", sobre el cumplimiento del artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

9. Declaración responsable del representante legal de la "Sociedad Española de Radiodifusión, S.A.", sobre el compromiso de mantenimiento de los elementos esenciales de las concesiones y el cumplimiento de la normativa de radiodifusión vigente en cada momento en los ámbitos autonómico y estatal.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Establece el artículo 19.1 y 4 del Decreto 174/2002, de 11 de junio, por el que se regula el régimen de concesión por la Comunidad Autónoma de Andalucía de Emisoras de Radiodifusión Sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia, que la concesión del servicio público de radiodifusión sonora será transmisible mediante autorización del Consejero de la Presidencia, a propuesta de la Dirección General de Comunicación Social.

Segundo. Examinado el expediente al efecto instruido y de acuerdo con la propuesta formulada por la Directora General de Comunicación Social, conforme dispone el citado Decreto 174/2002, de 11 de junio, y en uso de las competencias que su artículo 19.1 me confiere.

DISPONGO

Autorizar la transmisión de la titularidad de las concesiones del servicio público de radiodifusión en ondas métricas con modulación de frecuencia, en las localidades de Cádiz, frecuencia 99.9 MHz., y Jaén, frecuencia 100.0 MHz. de "Radio Guadalquivir, S.A.", a la "Sociedad Española de Radiodifusión, S.A.", publicándose dicha autorización en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 19.6 del Decreto 174/2002, de 11 de junio.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa cabe interponer recurso de reposición con carácter potestativo, en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de dicha Jurisdicción del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses. Ambos plazos deberán computarse a partir del día siguiente al del recibo de la notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 48.2; 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 2 de junio de 2006

GASPAR ZARRIAS AREVALO

Consejero de la Presidencia

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