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El artículo 6.3.d) de la Orden de esta Consejería de 12 de julio de 2004 (BOJA núm. 150, de 2 de agosto), delega en las personas titulares de las Delegaciones Provinciales de la Consejería todas las facultades que el ordenamiento jurídico atribuye al órgano de contratación en relación a la gestión de los créditos para gastos propios de los servicios a su cargo, con el límite siguiente:
"d) Contratos de gestión de servicio público, por un importe igual o inferior a 1.202.024,00 euros, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 5 de este artículo."
Circunstancias de carácter técnico y económico aconsejan la avocación de la delegación conferida en relación con la prórroga del contrato de gestión de servicio público para la atención especializada a personas mayores en el centro residencial "Séneca", de Córdoba, para el período comprendido entre el 1 de marzo de 2007 y el 29 de febrero de 2008 y su posterior delegación en la Secretaría General Técnica de la Consejería.
En su virtud, en ejercicio de las competencias atribuidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 13 y 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
DISPONGO
Primero. Avocar la competencia para prorrogar el contrato de gestión de servicio público para la atención especializada a personas mayores en el centro residencial "Séneca", de Córdoba, para el período comprendido entre el 1 de marzo de 2007 y el 29 de febrero de 2008, delegada en la Delegada Provincial para la Igualdad y Bienestar Social de Córdoba, en virtud del artículo 6.3.d) de la Orden de 12 de julio de 2004, y delegarla en la Secretaría General Técnica de la Consejería.
Segundo. En los actos administrativos que se adopten en virtud de la delegación de competencias que se confiere por la presente Orden se indicará expresamente esta circunstancia.
Sevilla, 23 de febrero de 2007
Micaela Navarro Garzón
Consejera para la Igualdad y Bienestar Social
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