Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 09/01/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

Orden de 11 de diciembre de 2006, por la que se autoriza la supresión y cese de actividades docentes al centro docente privado de preescolar (párvulos) "Hercam" de Coria del Río (Sevilla).

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Examinado el expediente incoado a instancia de doña M.ª Carmen Campos Sosa, titular del centro docente privado de preescolar "Hercam", con domicilio en C/ Rosales, núm. 38 de Coria del Río (Sevilla), en solicitud de supresión y cese de actividades docentes en el mencionado centro.

Resultando que el citado expediente ha sido tramitado en la debida forma por la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla.

Resultando que el mencionado centro con código 41001434, tenía autorización definitiva para 2 unidades de párvulos para 80 puestos escolares.

Resultando que consultados los antecedentes obrantes en la Dirección General de Planificación y Centros aparece que la titularidad del Centro la ostenta "doña M.ª Carmen Campos Sosa".

Vistos la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999 (BOE de 14 de enero); la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE de 4 de julio); la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE de 4 de mayo); el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20 de junio), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados para impartir Enseñanzas de Régimen General que regula, asimismo, el procedimiento de cese de actividades de los centros docentes privados; y demás disposiciones complementarias.

Esta Consejería de Educación ha dispuesto,

Autorizar la supresión de unidades y cese de actividades al centro docente privado de preescolar "Hercam", con código 41001434, y domicilio en C/ Rosales, núm. 38, de Coria del Río (Sevilla), quedando nulas y sin ningún efecto las disposiciones que autorizaron el funcionamiento legal de dicho centro, siendo necesario para el caso de que se instase la reapertura del mismo dar cumplimiento a los preceptos recogidos en las distintas disposiciones en materia de autorización de centros docentes privados.

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artícu-

los 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 11 de diciembre de 2006.- La Consejera de Educación, Por suplencia, (Decreto del Presidente 10/2006, de 1 de diciembre).

Gaspar Zarrías Arévalo

Consejero de la Presidencia

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