Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 09/04/2007

4. Administración de justicia

Otros. Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de enero de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Córdoba, dimanante del procedimiento ordinario núm. 875/2005. (PD. 1152/2007).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 1402142C20050007654.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 875/2005. Negociado: R.

De: Don Victoriano Prieto Alcaide y doña Ana María Jiménez Cano.

Procuradora: Sra. Esther Sánchez Moreno.

Letrado: Sr. Antonio Guillén García.

Contra: Herencia yacente Rafael Ferres Gutiérrez, herencia yacente Manuel Ferres Gutiérrez, Amparo Ferres Gutiérrez, María Feliciana Ferres Gutiérrez, María, Dolores Ferres Nohales, Josefa Ferres Gutiérrez y Juan Ferres Nohales.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 875/2005 seguido en el Juzgado de Primera Instancia Núm. Ocho de Córdoba a instancia de Victoriano Prieto Alcaide y Ana María Jiménez Cano contra herencia yacente Rafael Ferres Gutiérrez, herencia yacente Manuel Ferres Gutiérrez, Amparo Ferres Gutiérrez, María Feliciana Ferres Gutiérrez, María Dolores Ferres Nohales, Josefa Ferres Gutiérrez y Juan Ferres Nohales, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"SENTENCIA NúM. 12/2007

En Córdoba, a veintinueve de enero de dos mil siete.

Vistos por la Ilma. Sra. doña Cristina Mir Ruza, Magistrada-Juez de Primera Instancia núm. Ocho de esta ciudad y su Partido, los presentes autos de Juicio Ordinario Núm. 875/2005, seguidos a instancias de don Victoriano Prieto Alcaide y doña Ana María Jiménez Cano, representados por la Procuradora de los Tribunales doña Esther Sánchez Moreno y asistidos del Letrado don Antonio Guillén García, contra la herencia yacente de don Rafael Ferres Gutiérrez, doña Amparo Ferres Gutiérrez, la herencia yacente de don Manuel Ferres Gutiérrez, doña María Feliciana Ferres Gutiérrez, don Juan Ferres Nohales, doña María Dolores Ferres Nohales y contra doña Josefa Ferres Gutiérrez, declarados en situación procesal de rebeldía, y

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Esther Sánchez Moreno, en nombre y representación de don Victoriano Prieto Alcaide y doña Ana María Jiménez Cano, Manuel Heredia Díaz, contra la herencia yacente de don Rafael Ferres Gutiérrez, doña Amparo Ferres Gutiérrez, la herencia yacente de don Manuel Ferres Gutiérrez, doña María Feliciana Ferres Gutiérrez, don Juan Ferres Nohales, doña María Dolores Ferres Nohales y contra doña Josefa Ferres Gutiérrez:

Debo declarar y declaro que los actores son titulares en pleno dominio de la finca sita en Córdoba, C/ Motril, 64, planta 4, puerta A, estando inscrita en el, Registro de la Propiedad, Número Tres de Córdoba, al Tomo 866, Libro 866, Folio 203, Finca núm. 34.187, desde fecha 19 de octubre de 1988, que figura en el contrato privado de compraventa, por lo que debo condenar y condeno a los referidos demandados: a pasar por dicha declaración, y a que otorguen ante Notario y en favor de los actores la correspondiente escritura pública de compraventa, en cuyo momento pondrán a su disposición los 1.803,04

del resto del precio pactado, todo ello bajo apercibirniento que de no hacerlo se procederá a otorgarse de oficio, expidiéndose en tal caso mandamiento al Registro de la Propiedad donde se encuentra inscrita la referida finca a fin de practicar la correspondiente inscripción de la titularidad de los actores, previa cancelación de las inscripciones contradictorias que persistan en el referido Registro, y al pago de las costas de este juicio.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de su razón con inclusión de la original en el Libro de Sentencias, y notifiquese la misma a las partes, en la forma legalmente establecida.

Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados María Feliciana Ferres Gutiérrez, María Dolores Ferres Nohales, y Juan Ferres Nohales, extiendo y firmo la presente en Córdoba, a veintinueve de enero de dos mil siete.- El/La Secretario.

Descargar PDF