Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 71 de 11/04/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

Decreto 95/2007, de 27 de marzo, por el que se modifica el "Decreto 57/2001, de 26 de febrero, por el que se acepta la donación a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por el Ayuntamiento de Periana (Málaga), de cuatro fincas sitas en la demarcación denominada Cortijo Blanco de la citada localidad, con destino a Villa Turística de la Axarquía, y se adscribe a la Consejería de Turismo y Deporte".

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En virtud del Decreto 57/2001 de 26 de febrero, la Comunidad Autónoma de Andalucía aceptó la donación ofrecida por el Ayuntamiento de Periana, de cuatro fincas registrales con números 92, 1.042, 1.053 y 2.970, ubicadas en el pago "Cortijo Blanco", de dicho municipio, con destino a Villa Turística de la Axarquía.

Como consecuencia de la revisión del Inventario Municipal, se puso de manifiesto un error cometido en la cesión de la finca registral número 92, ya que esta finca se encuentra fuera del recinto de la Villa Turística y nunca ha sido ocupada.

El Ayuntamiento de Periana mediante Acuerdo de 22 de abril de 2003, rectifica este error, cediendo la finca resgistral número 3.675, que de hecho es la realmente cedida formando unidad con el resto de las fincas, en vez de la finca descrita.

Por la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte se presta conformidad.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Economía y Hacienda y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en reunión celebrada el 27 de marzo de 2007,

D I S P O N G O

Primero. Se modifica el Decreto 57/2001, de 26 de febrero, anulando la inclusión en el mismo de la finca registral número 92, que se sustituye por la número 3.675.

Segundo. Se restituye la titularidad dominical de la finca registral número 92, de cabida una hectárea, veinte áreas y setenta y seis centiáreas, obra inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 1 de Vélez-Málaga al folio 51 del tomo 1010, libro 51 a favor del Ayuntamiento de Periana.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Ley 4/1986, de 5 de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se acepta la cesión gratuita de la propiedad, de la siguiente finca ofrecida por el Ayuntamiento de Periana (Málaga), con destino a Villa Turística de la Axarquía:

Suerte de tierra en el Pago Cortijo Blanco, término de Periana, de cabida cinco hectáreas, treinta y ocho áreas y sesenta y ocho centiáreas. Linda: Norte, arroyo del Cortijo Blanco; Este, Francisco Núñez Muñoz y Manuel Bolaños Pascual; Sur, el río Seco y arroyo de la Zorra, y Oeste, arroyo del Cortijo Blanco.

Consta inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 1 de Vélez-Málaga, libre de carga y a favor del Ayuntamiento de Periana, al folio 49 del tomo 1.010, libro 51, finca 3.675.

Se incorpora al Decreto 57/2001, sustituyendo a la finca número 92 y formando unidad con las fincas registrales números 1.042, 1.053 y 2.970.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 27.4 de la Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de Entidades Locales de Andalucía, la cesión gratuita de la propiedad objeto de este Decreto, se formalizará en escritura pública o documento administrativo y será inscrita en el Registro de la Propiedad.

En cumplimiento de lo previsto por el artículo 14 de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se tomará razón en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de Andalucía de la parcela cedida, que se adscribe a la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, con destino a Villa Turística de la Axarquía.

Quinto. Por la Consejería de Economía y Hacienda, a través de la Dirección General de Patrimonio, se llevarán a cabo los trámites necesarios para la efectividad de cuanto dispone el presente Decreto.

Sevilla, 27 de marzo de 2007

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

JOSE ANTONIO GRIÑAN MARTINEZ

Consejero de Economía y Hacienda

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