Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 16/04/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 12 de marzo de 2007, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de 25de enero de 2007, en relación con la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Alcalá del Río (Sevilla),Sector SUB-AR6 (Expte.:SE-146/06).

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, adoptada en su sesión de fecha 25 de enero de 2007, por la que se aprueba definitivamente la Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Alcalá del Río (Sevilla), Sector SUB-AR6.

TEXTO DE LA RESOLUCION

"Visto el proyecto de Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Alcalá del Río (Sevilla), Sector SUB-AR6, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás legislación urbanística aplicable.

H E C H O S

Primero. El proyecto urbanístico de referencia tiene por objeto la modificación de la delimitación del sector de suelo urbanizable industrial SUB-AR6 y la introducción en el mismo de un nuevo parámetro de parcela mínima. Dicho sector fue establecido por el Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá del Río, aprobado definitivamente por resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 27.4.01.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Tercero. En el expediente constan los siguientes informes sectoriales:

El Servicio de Carreteras de la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, ha informado el proyecto en relación con la carretera A-8006 (antigua A431) de Villaverde del Río a Sevilla, haciendo las siguientes observaciones:

-Se establece la línea de no edificación a 25 m. del borde exterior de la calzada de la carretera, conforme a lo informado por esta Delegación con fecha 22 de marzo de 1999, para la aprobación del PGOU.

-El acceso no será a través de la carretera A-8006, sino a través de la travesía de la C-433, cedida al Ayuntamiento.

b) El Servicio de Protección Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente ha informado el proyecto estableciendo que no introduce nuevos elementos que afecten al medio ambiente que hagan necesario el sometimiento del proyecto a evaluación de impacto ambiental.

c) Sevillana Endesa, S.A., empresa encargada del suministro de energía eléctrica ha informado favorablemente la presente Modificación, señalando que el sector SUB-AR6 está incluido en el convenio firmado entre la referida compañía y el Ayuntamiento de Alcalá del Río para la ejecución de las infraestructuras comunes a los diferentes sectores recogidos en el PGOU.

FUNDAMENTOS DE DERECHO:

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo y se modifica el Decreto 202/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Alcalá del Río para la resolución definitiva de este proyecto, se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que la Sección de Urbanismo de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. El proyecto contiene, en líneas generales, las determinaciones propias de su objeto y contenido, en relación con lo especificado por la legislación urbanística. No obstante, presenta la siguiente deficiencia urbanística:

-El proyecto disminuye la superficie del sector y mantiene el coeficiente de edificabilidad del mismo, por lo que se disminuye consecuentemente la superficie total edificable. Por otra parte, teniendo en cuenta que se mantiene el coeficiente de homogeneización, el aprovechamiento total objetivo del sector también disminuye proporcionalmente. Teniendo en cuenta que el sector, junto con la superficie de sistema general adscrito, forman un área de reparto independiente y, que no se disminuye la superficie de sistema general adscrito, la disminución de la superficie del área de reparto no es proporcional a la disminución del aprovechamiento total de la misma, por lo que el aprovechamiento medio es necesariamente inferior al inicialmente asignado al área de reparto por el Plan General. En consecuencia, debe ajustarse el aprovechamiento medio de aplicación al área de reparto del sector SUB-AR6.

Aunque la deficiencia que presenta el proyecto no impide su aprobación definitiva, sí obligan a que, mientras no se subsanen, quede en suspenso el registro y publicación del mismo, tal como dispone el art. 33.2.b) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 220/2006, de 19 de diciembre, la Sección de Urbanismo de esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,

HA RESUELTO

Aprobar definitivamente el proyecto de Modificación del Plan General de Ordenación Urbanística del municipio de Alcalá del Río (Sevilla), Sector SUB-AR6, aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con fecha 10 de marzo de 2006, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.b) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, debiendo el Ayuntamiento proceder a la corrección de la deficiencia de índole urbanística señalada en el fundamento de derecho cuarto de la presente Resolución, supeditando a ello el registro y publicación del Plan.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan."

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su notificación o publicación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo con competencia territorial, según se prevé en el art. 14 de la Ley 29/1998 de la Jurisdicción Contencioso Administrativa de 13 de julio, o en su caso, ante la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro recurso que se estime conveniente.

Sevilla, 12 de marzo de 2007.-El Delegado, Jesús Lucrecio Fernández Delgado.

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