Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 74 de 16/04/2007

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Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 5 de febrero de 2007, del Ayuntamiento de Cuevas de Almanzora, de bases para la selección de Arquitecto Técnico.

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1. Normas Generales.

1.1. Por Decreto de la Alcaldía de fecha 2 de enero de 2007, se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza de Arquitecto Técnico, Grupo B, personal Funcionario correspondiente a la Oferta de Empleo Público año 2006.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 30/84, de 2 de agosto; la Ley 7/85, de 2 de abril y Ley 11/99, de 21 de abril; RDL 781/86, de 18 de abril; RD 896/91, de 7 de junio; RD 364/95, de 10 de marzo y las Bases de la presente convocatoria.

1.3. Requisitos:

A) Para ser admitidos a la realización de estas pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes de acuerdo con el art. 135 RDLG 781/86, 8 de abril:

a) Ser español o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley estatal que regule la materia.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Arquitecto Técnico.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de la función.

e) No hallarse incurso en ninguna de las causas de incapacidad específica previstas en la legislación vigente.

f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas por sentencia firme.

g) Estar en posesión del Carnet de conducir.

B) Todos los requisitos a que se refiere la base 1.3 apartado A), deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

1.4. El procedimiento de selección de los aspirantes será el de concurso-oposicion. Y constará de los siguientes ejercicios, siendo eliminatorios cada uno de ellos:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en contestar por escrito, un cuestionario de 100 preguntas tipo test, con tres respuestas alternativas, en un tiempo de 100 minutos en relación con los temas contenidos en el Grupo I y Grupo II del Anexo de esta convocatoria, debiendo consignarse al menos dos preguntas por cada uno de los temas. El criterio de corrección será el siguiente: por cada dos preguntas y incorrectas se invalidará una correcta.

Cuando resulten contestadas correctamente el 50% del total de las preguntas del cuestionario, una vez restadas las preguntas invalidadas según la proporción citada, corresponderá a 5,00 puntos, puntuación mínima requerida para superar el ejercicio, repartiéndose el resto de preguntas contestadas correctamente de forma proporcional entre la puntuación de 5,00 a 10,00 puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio, consistirá en desarrollar por escrito, durante un período máximo de una hora, un tema extraído al azar, igual para todos los aspirantes, de entre los contenidos en el Grupo II del Anexo a la convocatoria.

Tercer ejercicio. De carácter obligatorio, igual para todos los aspirantes, consistirá en la resolución de un supuesto práctico, determinado por el Tribunal inmediatamente antes de su realización, relativo a las tareas a desempeñar, en tiempo máximo que asimismo determine éste.

Durante el desarrollo de esta prueba los aspirantes podrán hacer uso de los textos legales de los que acudan provistos.

2. Desarrollo de los ejercicios.

2.1. La actuación de los opositores se iniciará por orden alfabético a partir del primero de la letra "F", de conformidad con Resolución de 10 de enero de 2005, de la Secretaría de Estado para la Administración Pública (BOE de 17 de enero de 2005).

Concurso: Obligatorio y no eliminatorio.

De conformidad con el art. 91.2 LRBRL y art. 133 y ss. RDL 781/86, 8 de abril, art. 19 Ley 30/84 2 agosto, RD 896/91 7 junio, art. 4 364/95 10 marzo. Valoración conforme al anexo esta convocatoria.

2.2. En el Decreto por el que se aprueba la lista de admitidos se determinará la fecha y lugar de celebración del primer ejercicio, así como la designación de los miembros del Tribunal.

Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días. Una vez comenzadas las pruebas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con 12 horas de antelación al menos al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de 24 horas, si se trata de uno nuevo.

2.3. Los Tribunales adoptarán, siempre que sea posible, las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios escritos sean corregidos y valorados sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

2.4. En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

2.5. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

2.6. El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es el que figura publicado como Anexo.

2.7. Si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimiento del Tribunal que alguno de los aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes, a los efectos que procedan.

3. Calificación de los ejercicios.

3.1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

b) Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

c) Tercer ejercicio: Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 5 puntos.

3.2. La puntuación total de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada ejercicio.

3.3. En caso de empate el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en el tercer ejercicio de la oposición.

4. Solicitudes.

4.1. Las solicitudes serán facilitadas en el Registro General, de este Ayuntamiento. A la solicitud se acompañará el resguardo de haber ingresado los derechos de examen.

Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea deberán acompañar igualmente a la solicitud la acreditación de la nacionalidad y, en su caso, el vínculo de parentesco, el hecho de vivir a expensas o estar a cargo del nacional de un Estado miembro de la Unión Europea con el que tenga dicho vínculo.

4.2. Las solicitudes dirigidas al Ilmo. Sr. Alcalde, se presentarán en el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de la publicación íntegra en el Boletín Oficial de la Provincia y en el de la Junta de Andalucía. Podrán presentarse:

- En el Registro General de este Ayuntamiento.

- A través de las Oficinas de Correos, debidamente certificadas.

- Y, asimismo en la forma establecida en el art. 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

4.3. Los derechos de examen serán de 50,00 euros.

4.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

5. Admisión de los aspirantes.

5.1. Terminado el plazo de presentación de instancias el Excmo. Sr. Alcalde dictará resolución declarando aprobada la lista de admitidos así como la de excluidos, con indicación de las causas y el plazo de subsanación de defectos. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el BOP, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos y el lugar y fecha del comienzo del primer ejercicio.

5.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez dias contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

6. Tribunales.

6.1. El Tribunal calificador que tendrá la categoría 2.ª de las recogidas en el Anexo IV del RD 462/2002, de 24 de mayo, estará integrado de la siguiente forma: Presidente, el de la Corporación y suplente. Vocales, que deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para las plazas convocadas: por la Junta de Andalucía, titular y suplente; ConcejalDelegado responsable del Area, titular y suplente; funcionario designado por la Corporación, titular y suplente; en representación sindical, titular y suplente. Secretario, titular y suplente.

6.2. El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia, al menos, de cinco de sus componentes.

6.3. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Ilmo. Sr. Alcalde, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria, de conformidad con el art. 13.2 del RD 364/1995, de 10 de marzo.

6.4. El Presidente del Tribunal podrá exigir a los miembros del mismo, declaración expresa de no hallarse incursos en causa de abstención en las circunstancias previstas en el art. 28 de la ley 30/92.

Asimismo los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

6.5. El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior al de vacantes convocadas. Las propuestas de aprobados que contravengan este límite serán nulas de pleno derecho.

6.6. Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos par la realización y valoración de las pruebas y para la publicación de sus resultados.

6.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, quienes se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, que serán la única base de su colaboración con el órgano de decisión.

6.8. Por resolución de la Alcaldía se procederá al nombramiento de los empleados públicos que deban colaborar temporalmente en el desarrollo de los procesos de selección, con las competencias de ejecución material y ordenación administrativa de los distintos ejercicios que en cada prueba selectiva les atribuya el Tribunal. Este personal estará adscrito a dicho Tribunal y ejercerá sus funciones de conformidad con las instrucciones que éste le curse al efecto.

1 Las resoluciones de los Tribunales vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión, conforme a lo previsto en el art. 102 y ss. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

2 Lista de aprobados, presentación de documentación y nombramiento de funcionarios.

7.1. La lista de aprobados de cada ejercicio se publicará en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en los tablones de edictos de la Corporación.

7.2. Finalizados los ejercicios de la oposición, el Tribunal hará público el anuncio de los aspirantes aprobados, que no podrán exceder de la plaza objeto de esta convocatoria, con especificación de la puntuación total obtenida por los mismos. Dicho anuncio será elevado al Ilmo. Sr. Alcalde con propuesta de los candidatos para el nombramiento de funcionarios.

7.3. En el plazo de veinte días naturales los aspirantes que figuren en el anuncio a que se refiere la base anterior deberán presentar en la Sección de Selección de Personal de este Ayuntamiento la documentación acreditativa de los requisitos expresados en la base 1.3.

7.4. Quien tuviera la condición de funcionario público estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación del Ministerio u organismo de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal. Caso de ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Cuevas del Almanzora, se aportará de oficio la documentación.

7.5. Si dentro del plazo fijado y salvo los casos de fuerza mayor no presentare la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carece de algunos de los requisitos señalados en la base 1.3., no podrá ser nombrado funcionario y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

7.6. El plazo para tomar posesión será de un mes a contar desde la notificación del nombramiento al interesado, suponiendo la falta de este requisito la renuncia al empleo.

8. Norma final.

La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas, agotan la vía administrativa, pudiendo interponer los/as interesados/as recurso contencioso- administrativo ante la Sala de Granada del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. No obstante, puede interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde la mencionada publicación, o cualquier otro recurso que estime procedente.

Lo que se hace público para general conocimiento.

A N E X O

Bloque I

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios Generales, y estructura. Derechos y deberes fundamentales.

Tema 2. Organización Territorial del Estado. El Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Tema 3. El derecho Administrativo. Sometimiento de la Administración a la ley y al derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley y el Reglamento.

Tema 4. El Administrado. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración Pública.

Tema 5. El Administrado. Derechos de los ciudadanos en sus relaciones con la Administración Pública.

Tema 6. El procedimiento Administrativo. Concepto. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Sus Fases. La revisión de los actos en vía administrativa.

Tema 7. El régimen local español. Principios constitucionales. Legislación Estatal y andaluza en materia de Régimen Local. Las Entidades Locales. Concepto y clases.

Tema 8. La organización municipal. El Alcalde. Los Tenientes de Alcalde. El Pleno. La Junta de Gobierno Local. Los órganos complementarios. El Reglamento Orgánico Municipal.

Tema 9. Competencias Municipales. Concepto, Clases. Competencias propias. Servicios Mínimos. Actividades complementarias. Conflictos de competencias.

Tema 10. Ordenanzas, reglamentos y bandos. Procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 11. El personal al Servicio de las Entidades Locales: organización, selección y situaciones administrativas. Funcionarios de carrera de Administración Local. Personal eventual y laboral. Régimen disciplinario, especial referencia al personal funcionario. Responsabilidad civil y penal del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 12. Los bienes de las entidades locales. Clases y régimen jurídico. Facultades de los municipios en relación con sus bienes.

Tema 13. La Ley de contratos de las Administraciones Públicas. Estructura y contenido. Clases de contratos. Procedimiento y formas de adjudicación. El expediente de contratación. Especialidades de las Entidades Locales en materia de Contratación.

Tema 14. El Contrato de obras.

Tema 15. El contrato de gestión de servicios públicos. El contrato de suministro. Los contratos de consultoría, asistencia y los de servicios. El contrato de concesión de obras públicas.

Bloque II

1 Historia y evolución urbanística del municipio de Cuevas del Almanzora.

2 La evolución histórica del urbanismo y su legislación en España. El Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana en 1992. La Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen de Suelo y valoraciones: principios Generales. La Legislación urbanística vigente: conceptos fundamentales.

3 Legislación urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo. Organos Autonómicos con competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

4 Planeamiento de Desarrollo: Planes Parciales de Ordenación. Planes Especiales. Estudios de Detalle. Catálogos. Proyectos de Urbanización. Determinaciones Complementarias sobre ordenación, programación y gestión.

5 La ejecución de los instrumentos de Planeamiento. Presupuestos de la ejecución. Organización y formas de gestión

de la actividad administrativa de ejecución. Los convenios urbanísticos de gestión. La actuación por unidades de ejecución, características, requisitos y delimitación. Los sistemas de actuación: su elección y sustitución. Los gastos de urbanización. La reparcelación y el agente urbanizador.

1 La declaración de ruina. Supuestos de declaración. La amenaza de ruina inminente. Procedimiento. Efectos de la declaración de ruina. Declaración de ruina e intervenciones en edificios catalogados.

2 Intervención administrativa sobre el deber urbanístico de conservación. El deber de conservación y rehabilitación. El deber normal de conservación y su limite. La intervención administrativa en orden del deber de conservación.

3 Las Normas Subsidiarias municipales de Cuevas del Almanzora. Grado de ejecución. El Catálogo de inmuebles protegidos.

4 Las Normas Subsidiarias municipales de Cuevas del Almanzora. Aprovechamiento del suelo. Edificabilidades.

5 Las Normas Subsidiarias municipales de Cuevas del Almanzora. Ordenanzas reguladoras. Estructura general y orgánica del territorio.

6 Las Normas Subsidiarias municipales de Cuevas del Almanzora. El régimen de suelo urbano, urbanizable y no urbanizable.

7 La expropiación forzosa. Concepto, naturaleza y elementos. Declaración de utilidad pública. Procedimiento legal de expropiación. Garantías jurisdiccionales.

8 La protección de la legalidad urbanística. Actos edificatorios sin licencia o sin ajustarse a la misma. Régimen específico de control de legalidad aplicable a zonas verdes, espacios libres y suelo no urbanizable protegido.

9 Las infracciones urbanísticas. Concepto y distinción de la mera ilegalidad no constitutiva de infracción. Clases y tipos de infracciones. Persona responsable. Las sanciones administrativas: principios generales y reglas de aplicación, el régimen especial de las parcelaciones ilegales. La responsabilidad civil y penal. La acción pública. La tutela judicial a través de los Tribunales ordinarios.

10 La Ley de Ordenación de la Edificación. Estructura, principios y objetivos.

11 La Licencia Urbanística: actos sujetos, competencia y procedimiento. Régimen Jurídico de las licencias urbanísticas en la LOUA. Licencias de edificación y de primera ocupación.

12 La Licencia municipal de apertura. Actividades no sujetas a licencia. Procedimiento para la obtención de licencia. El cambio de titularidad. Actividades sin licencia. Las licencias de obras y apertura. Los horarios comerciales.

13 El control de calidad en obras de edificación. Normativa de aplicación. Organigrama del control. Programa de control de calidad. Certificaciones de conformidad y distintivos de calidad. Registro y justificación documental de los controles realizados. Las entidades y los laboratorios de control de calidad. Acreditaciones. Valoración y abono del control de calidad y obras de contratación pública.

14 El hormigón: dosificación, aditivos, tipos y propiedades. Factores determinantes de la resistencia y durabilidad, según la instrucción de hormigón estructural EHE.

15 Estructuras de acero y hormigón armado. Criterios de diseño, cálculo, construcción control y valoración.

16 Regulación normativa en materia de protección contra incendios. Instalaciones de protección contra incendios. La seguridad contra incendios en edificios industriales y otras edificaciones.

17 Urbanizaciones. Viales. Pavimentaciones. Redes e instalaciones. Jardineria. Mobiliario Urbano. Tipos y descripción. Requisitos básicos, prescripciones técnicas y normativa de aplicación: criterios de diseño, condiciones que han de reunir los materiales, procesos y condiciones de ejecución, control de calidad, conservación y mantenimiento. Evaluación de riesgos y medidas de salud y seguridad en el trabajo. Criterios

de medición y factores de influencia en la determinación de los precios.

1 El uso, conservación y mantenimiento de edificios. Normativa reguladora. Estudios y previsiones en el proyecto sobre conservación y mantenimiento. Previsiones. La documentación de la obra ejecutada. El libro del edificio. Instrucciones de uso, conservación y mantenimiento.

2 Disposiciones mínimas en materia de seguridad y salud de las obras de construcción (RD 1627/1997). Objetivos. Definiciones. El estudio de seguridad y salud, obligatoriedad y contenido.

3 El Plan de seguridad y salud en el trabajo. Principios generales aplicables al proyecto de obra y durante la ejecución de la obra. Obligaciones de los diferentes agentes intervinientes en la ejecución de la obra. El libro de incidencias.

4 Programas informáticos de diseño asistido por ordenador. Especial referencia al programa Autocad.

5 Programas informáticos de mediciones y presupuestos. Especial referencia al programa Presto.

6 Estaciones totales. Conceptos Generales. Elementos. Funcionamiento y manejo.

7 Contaminación acústica: normativa estatal y de la Comunidad Autónoma Andaluza.

8 La accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas y urbanísticas. Normativa de la Junta de Andalucía.Ambito de aplicación y definiciones. Diseño y ejecución.

9 Espectáculos públicos y actividades recreativas: normativa específica. Tramitación especial. Condiciones de los locales.

10 Proyectos de obra. Definición y fases. Memoria, planos, pliego de condiciones y presupuesto. Normalización y tramitación.

11 Contratación de obras municipales. Sistemas de contratación. Formalización del contrato. Relaciones valoradas y certificaciones. Liquidación de la obra. Garantías. Actos de recepción.

12 Los pliegos en la contratación pública de obras. Pliegos de Cláusulas Administrativas Generales. Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares. Pliegos de Prescripciones Técnicas Generales. Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares. Alcance, contenido y requisitos y procedimiento de tramitación.

13 Los presupuestos en las obras de contratación pública. Sistemas de presupuestación. Los precios: clases, requisitos que han de reunir, costes directos e indirectos, cálculo y actualización. Las mediciones: requisitos, alcance y contenido. La formación de los distintos tipos de presupuesto: cálculo, desglose y contenido de los conceptos que los integran. Repercusión del importe del presupuesto en la tramitación del proyecto y en la ejecución de la obra. Normativa reguladora..

14 Los presupuestos en las obras de contratación pública. Sistemas de presupuestación. Los precios: clases, requisitos que han de reunir, costes directos e indirectos. Cálculo y actualización. Las mediciones: requisitos, alcance y contenido. La formación de los distintos tipos de presupuestos: cálculo, desglose y contenido de los conceptos que los integran. Repercusión del importe del presupuesto en la tramitación del proyecto y en la ejecución de la obra. Normativa reguladora.

15 Las partes que intervienen en la ejecución del contrato público de obra y los medios para su ejecución. Relaciones entre las partes que intervienen en el contrato público de obra y los medios para su ejecución. Relaciones entre las partes queintervienen en el contrato público de obra. Organos de la Administración: funciones, obligaciones y prerrogativas. El contratista y la dirección facultativa: derechos, obligaciones, atribuciones y responsabilidades. Subcontratistas. Los medios para la ejecución de la obra pública: materiales, maquinaria, instalaciones, medios auxiliares, personal y mano de obra. La cesión del contrato.

16 El tiempo de ejecución de la obra de contratación pública. La comprobación del replanteo y el inicio. El programa de trabajo. Las anualidad presupuestarias. Los plazos de ejecución: clases y su significado, modificaciones y prórrogas. Efectos del incumplimiento de los plazos. Suspensión de las obras: clases y efectos.

1 El abono de la obra de contratación pública en ejecución. Certificaciones: carácter, tipos y conceptos integrantes. Mediciones: requisitos y criterios. Relaciones valoradas: alcance y criterios de elaboración. Abonos a cuenta por materiales acopiados, instalaciones y equipos. El abono de las unidades de seguridad y salud en el trabajo.

2 La revisión de los precios en las obras de contratación pública. Disposiciones reguladoras. Requisitos para la inclusión de la revisión como cláusula contractual y procedimiento a seguir. Fórmulas polinómicas: determinación y composición. La revisión de precios en las certificaciones, modificaciones y liquidación de contrato. Adicionales de revisión de precios.

3 Modificaciones y obras complementarias en el contrato público de obras. Modificaciones: prerrogativas, prohibiciones, limitaciones y efectos. Clases de variaciones y su consideración. Procedimientos de tramitación. Contenido del proyecto modificado. Obras complementarias: concepto, procedimientos de adjudicación y requisitos. Contenido del proyecto complementario.

4 La extinción del contrato público de obra. La extinción normal del contrato. La recepción de la obra: procedimiento, tipos y efectos. El periodo de garantía y el cumplimiento del contrato: procedimiento y efectos. La resolución del contrato: causas, procedimiento y efectos. La responsabilidad del contratista por vicios ocultos.

5 El abono de la obra ejecutada y la liquidación del contrato público de obra. La medición general: procedimiento y criterios de elaboración. La certificación final de las obras: procedimiento y contenido. Liquidación del contrato: alcance, contenido, procedimiento de tramitación y efectos. Liquidación en caso de resolución del contrato. Liquidación en los casos de contratación conjunta de proyecto y ejecución de obra.

6 La Ley de prevención de riesgos laborales. Estructura. Objetivos y conceptos básicos.

7 Reglamento de los Servicios de Prevención. Estructura. Objetivos y Conceptos básicos.

8 Normativa de desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

9 Accidentes de trabajo en construcción. Análisis y metodología de investigación.

10 Riesgos en obras de construcción. Gestión de la prevención y planificación de la actividad preventiva.

11 Seguridad en el trabajo. Normas y señalización de seguridad. Protección colectiva e individual. Planes de emergencia y autoprotección. Análisis, evaluación y control de riesgos específicos: máquinas, equipos, instalaciones y herramientas, lugares y espacios de trabajo, manipulación, almacenamiento y transporte, electricidad, incendios y productos químicos. Normativa legal específica.

ANEXO CONCURSO

Experiencia profesional:

- Por cada mes de Servicios en la Administración Local: 0,050 puntos.

- Por cada mes en puesto de igual categoría en otras Administraciones Públicas: 0,025 puntos.

- Por cada mes de servicios en puesto de igual categoría

o similar función en entidades privadas afectos a la Administración pública: 0,020 puntos.

Formación:

- Participación en cursos y seminarios siempre que tenga relación directa con las actividades en el puesto con duración de 8 o más horas: 0,015.

Cuevas de Almanzora, 5 de febrero de 2007.- El Alcalde, Jesús Caicedo Bernabé.

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