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Examinadas las solicitudes presentadas por Entidades Locales al amparo de la Orden de 9 de noviembre de 2006, de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte (BOJA núm. 239, de 13 de diciembre de 2006), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en materia de Deporte (modalidad Fomento del Deporte Local), esta Delegación Provincial
RESUELVE
Primero. Hacer pública la Resolución de 2 de abril de 2007 de esta Delegación Provincial donde se relacionan las Entidades Locales cuyas solicitudes no reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, con indicación de la falta a subsanar o, en su caso, de la documentación a aportar.
Segundo. Requerir a los interesados para que en el plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), subsanen la falta o, en su caso, aporten los documentos preceptivos, teniéndoles por desistidos en su petición si no lo hicieran, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, artículo 11.4 del Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento que regula los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico y los artículos 10 y 15.2 de la Orden de 9 de noviembre de 2006 antes mencionada.
Tercero. El texto íntegro de esta Resolución queda expuesto para su examen en el tablón de anuncios de esta Delegación Provincial, sita en Avda. de la Aurora, núm. 47, Edificio Administrativo de Servicios Múltiples, de Málaga, en los términos que establece el artículo 15.1 de la Orden de 9 de noviembre de 2006.
Málaga, 2 de abril de 2007.- El Delegado, José Cosme Martín Jiménez.
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