Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 18/04/2007

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 31 de enero de 2007 de la Secretaría General Técnica, de caducidad y archivo del procedimiento de desafectación parcial de la vía pecuaria "Cordel de Alcolea", en el tramo afectado por el PERI PILA-1, en el término municipal de Córdoba, provincia de Córdoba. (VP 435/01).

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Por Resolución del Delegado Provincial de Medio Ambiente de Córdoba de 23 de marzo de 2006, se acordó el inicio del procedimiento de desafectación parcial de la vía pecuaria "Cordel de Alcolea", en el tramo afectado por el PERI PILA-1, en el término municipal de Córdoba, que había sido clasificada por Orden Ministerial de 12 de julio de 1967, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 29 de julio de 1967.

Señala el artículo 31.5 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que si en el plazo establecido no se hubiera dictado resolución de desafectación, el procedimiento se entenderá caducado, debiendo procederse al archivo de las actuaciones. El plazo para resolver el procedimiento de desafectación de vías pecuarias fijado en el número 13.1.9 del Anexo I de la Ley 9/2001, de 12 de julio, por la que se establece el sentido del silencio administrativo y los plazos de determinados procedimientos como garantías procedimentales para los ciudadanos, es de diez meses.

Transcurrido el plazo máximo establecido en la citada norma sin que haya recaído resolución expresa de desafectación, a la vista de la propuesta de caducidad y archivo remitida por la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Córdoba el 31 de enero de 2007, y de acuerdo con el artículo 31.5 del Reglamento de Vías Pecuarias, procede declarar la caducidad del expediente de desafectación parcial de las vía pecuaria "Cordel de Alcolea", en el tramo afectado por el PERI PILA-1, en el término municipal de Córdoba, y el archivo del mismo.

El acuerdo por el que se inicie un nuevo procedimiento de desafectación de la citada vía pecuaria, dispondrá si procede, la conservación de aquellos actos y trámites cuyo contenido no se haya visto alterado por el transcurso del tiempo y que pudieran hacerse valer en un momento posterior.

RESUELVO

Declarar la caducidad y ordenar el archivo del expediente de desafectación parcial de la vía pecuaria "Cordel de Alcolea", en el tramo afectado por el PERI PILA-1, en el término municipal de Córdoba, instruido por la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Córdoba.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso de alzada ante la Excma. Sra. Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de notificación de la presente, conforme a lo dispuesto en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que así acuerdo y firmo en Sevilla, 31 de enero de 2007.- El Secretario General Técnico, Juan López Domech.

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