Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 11/01/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 15 de noviembre de 2006, del Ayuntamiento de Alhaurín el Grande, de bases para la selección de Ingenieros Técnicos.

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La Junta de Gobierno Local, en sesión de 10 de noviembre de 2006, ha aprobado las siguientes Bases de Convocatoria:

BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSOOPOSICION LIBRE, DOS PL A Z AS DE INGENIEROS TECNICOS INDUSTRIALES VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO

1. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el procedimiento de Concurso-Oposición libre de dos plazas de Ingenieros Técnicos pertenecientes a la Escala de Administración Especial; Subescala: Técnica; Clase: Media; Denominación: Ingeniero Técnico Industrial , Grupo B, vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Ayuntamiento.

Las plazas objeto de esta convocatoria están dotadas económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de clasificación en que se incluye, según determina el artículo 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, y demás retribuciones complementarias que correspondan al puesto de trabajo.

2. Legislación aplicable.

Las plazas que se convocan se ajustarán a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, en el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 30/1984, de 2 de agosto, Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de funcionarios de Administración Local, Decreto 2/2002, de 9 de enero, que aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y por cualquiera otras disposiciones aplicables.

3. Requisitos que deben reunir los aspirantes.

Para ser admitido a la realización de las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Ser ciudadano español, de acuerdo con las leyes vigentes o tener la nacionalidad de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados, que en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en conformidad con la Ley 17/1993.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad y no haber alcanzado la edad de jubilación.

c) Estar en posesión del Título de Ingeniero Técnico Industrial o equivalente o, en condiciones de obtenerlo, expedido por el Ministerio de Educación y Cultura con arreglo a la Legislación vigente. En el supuesto de poseer un título que sea equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por el organismo competente que acredite la citada equivalencia. Si este documento estuviese expedido después de la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron los estudios, que deberá ser anterior en cualquier caso a la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

Todos los requisitos a se refiere la base 3.ª deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.

4. Instancias y documentos a aportar.

4.1. Forma y Plazo. Quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas, deberán presentar la siguiente documentación:

\u0002. - Solicitud en la que consten sus datos personales, domicilio, número de teléfono de contacto, plaza a la que aspira, una declaración expresa de que reúne todos los requisitos exigidos en la convocatoria, y acompañar a la misma fotocopia compulsada del DNI y resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen, tal solicitud se efectuará de acuerdo al modelo que será facilitado en la Secretaría del Ayuntamiento.

\u0002. - Deberán acompañar a la solicitud para tomar parte en la convocatoria los documentos acreditativos de los méritos que aleguen y de la titulación exigida en la convocatoria, mediante originales o fotocopias compulsadas de los mismos.

Dicha solicitud se dirigirá al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, en el plazo de 20 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

4.2. Lugar. La presentación de solicitudes podrá hacerse en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Alhaurín el Grande o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo

1. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en este último caso deberá anunciar al Ayuntamiento tal presentación remitiendo escrito, haciendo constar la identificación del solicitante y el lugar de presentación, vía fax al número 952.49.02.52.

2. 4.3. Derechos de examen. Los derechos de examen serán los establecidos en la Ordenanza Fiscal reguladora de la tasa a abonar por derechos de examen vigente, ascendiendo el importe para plazas de Grupo B a 25 euros.

El pago de la respectiva cuantía se efectuará dentro del plazo de presentación de solicitudes, importe que podrá ser abonado en la Tesorería Municipal en metálico, mediante ingreso en la cuenta del Ayuntamiento de Alhaurín el Grande (Málaga) 30580705232732002488 de Cajamar, o mediante giro postal; debiendo consignar el nombre, apellidos, número de DNI, y plaza a la que optan. El resguardo del pago se adjuntará a la solicitud.

Las tasas satisfechas en concepto de derechos de examen, no serán devueltas cuando los candidatos resulten excluidos en la lista definitiva por error cometido en su solicitud y/o atribuible a ellos mismos.

La falta de abono de los derechos de examen en el momento de la solicitud de participación en el procedimiento selectivo determinará la exclusión definitiva, no siendo susceptible de subsanación.

5. Admisión de candidatos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcal-de-Presidente dictará Resolución en el plazo de máximo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en el BOP y Tablón de Anuncios Municipal, se indicará la causa de la exclusión, concediéndose un plazo de 10 días hábiles para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores por los interesados legítimos.

Transcurrido el plazo de reclamaciones, en caso de haberlas, se dictará Resolución aprobando las listas definitivas y la designación nominativa de los Tribunales a los que se dará publicidad mediante inserción de Anuncio en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento, previa referencia extractada en el Boletín Oficial de la Provincia. Asimismo, en dicho anuncio se publicará el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio o de iniciación del concurso. La fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones y recursos contra las listas definitivas.

6. Tribunal Calificador.

6.1. El Tribunal Calificador estará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o Concejal de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue, que actuará con voz y sin voto.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Un representante del Comité de Empresa o de las Secciones Sindicales constituidas.

- Dos vocales designados por el titular de Alcaldía.

1. 6.2. Los vocales del Tribunal deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.

2. 6.3. Junto a los titulares se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

3. 6.4. El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica.

4. 6.5. El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia del Presidente, y el Secretario o de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos, del resto de sus miembros con derecho a voto. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas y aplicar los baremos correspondientes.

5. 6.6. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán promover la recusación en los casos del art. 28.2 de la Ley 30/92 ya mencionada.

6. 6.7. A los efectos de lo establecido en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio, y disposiciones complementarias, el Tribunal se clasifica en la categoría segunda.

7. Comienzo y desarrollo de los ejercicios.

En la misma Resolución que aprueba la lista definitiva de admitidos y excluidos, se indicará la composición nominal del Tribunal, hora y día de comienzo de las pruebas y lugar de celebración de las mismas. Los sucesivos anuncios para la celebración de las restantes pruebas se harán públicos en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento con doce horas de antelación del comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de cuarenta y ocho horas si se trata de un nuevo ejercicio.

Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo del siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y un máximo de cuarenta y cinco días hábiles.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único.

Salvo casos de fuerza mayor, invocados con anterioridad, debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal, la ausencia de un aspirante a cualquiera de los ejercicios en el momento de ser llamado, determinará automáticamente el decaimiento de su derecho a participar en el mismo ejercicio y en los sucesivos, quedando excluidos en consecuencia del procedimiento selectivo.

El orden de actuación de los opositores se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra "U", en aplicación de la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública de 25 de enero de 2006 (BOE núm. 33 de 8 de febrero de 2006).

8. Procedimiento de selección.

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de las siguientes fases:

8.1. Fase de Concurso. La fase de concurso será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Se valorarán los siguientes méritos, si bien en ningún caso serán valorados los servicios prestados con posterioridad al último día de plazo de presentación de solicitudes:

a) Méritos profesionales: Por cada año completo de servicios prestados en plaza de igual o similar contenido a la que se opta, en jornada completa, en Administraciones Públicas o Empresas Públicas: 1 punto por año.

A estos efectos se computarán años completos de servicio, desechándose los períodos mensuales y los servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

La puntuación máxima a alcanzar por este apartado se establece en 6 puntos.

b) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas: Siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que se opta.

De 15 horas de duración en adelante: 1 punto por curso. De 5 a 14 horas de duración: 0,50 puntos por curso.

El límite de puntos a obtener por los méritos alegados por la asistencia a Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas, se establece en 4 puntos.

En ningún caso, la puntuación total obtenida en la Fase de Concurso podrá exceder de 10 puntos ni podrá aplicarse para superar los ejercicios de la fase de oposición.

El Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento la puntuación obtenida en la fase de concurso dando un plazo de diez días hábiles para formular las alegaciones pertinentes.

8.2. Fase de Oposición. La fase de oposición, tendrá carácter eliminatorio y constará de los siguientes ejercicios:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar a un cuestionario tipo test compuesto por 80 preguntas sobre el programa que figura como Anexo Unico a estas bases. El tiempo máximo para la rea lización de este ejercicio será de 90 minutos pudiendo el Tribunal Calificador establecer una duración inferior.

Estos cuestionarios estarán compuestos por preguntas con cuatro respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.

El tribunal deberá informar a los/as candidatos/as, antes de la realización del ejercicio, de la incidencia que tendrán en la puntuación del mismo las preguntas contestadas erróneamente, así como las no contestadas. Se calificará de 0 a 10 puntos. Los aspirantes deberán alcanzar, al menos, 5 puntos para superar este ejercicio, quedando excluidos de la convocatoria los candidatos que no obtengan dicha puntuación mínima.

Segundo ejercicio: Consistirá en la realización de uno o varios supuestos prácticos que planteará el Tribunal inmediatamente antes de su comienzo, disponiendo los aspirantes de un tiempo mínimo de dos horas para su realización.

Este ejercicio será leído, posteriormente, en sesión pública por el aspirante. El Tribunal podrá abrir un diálogo con cada opositor durante un tiempo máximo de quince minutos, que versará sobre los contenidos expuestos.

Se calificará de 0 a 10 puntos. Los aspirantes deberán alcanzar, al menos, 5 puntos para superar este ejercicio, quedando excluidos de la convocatoria los candidatos que no obtengan dicha puntuación mínima.

9. Acreditación de los méritos alegados.

9.1. Profesionales.

En la Administración: Certificación expedida por el Organo de la Administración con competencia en materia de personal, donde constará la denominación de la plaza que ocupa o haya ocupado, con expresión del tiempo que la haya venido desempeñando y relación jurídica que haya mantenido o mantenga en el desempeño del mismo.

9.2. Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

Con la presentación de fotocopia debidamente compulsada del título o certificado en el que conste la duración y asistencia.

10. Sistema de calificación.

1. 10.1. La fase de Concurso se valorará según baremo establecido en la Base 8.1. Esta fase que será previa a la Oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar la prueba de la fase de Oposición.

2. 10.2. En la Fase de Oposición se calificará cada ejercicio de 0 a 10 puntos, siendo necesario para aprobar obtener 5 puntos como mínimo en cada uno de ellos.

La calificación de esta fase será la suma de los dos ejercicios dividida entre dos.

La puntuación definitiva y el orden de calificación estarán determinados por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos fases.

Para aprobar las presentes pruebas selectivas y obtener alguna de las plazas convocadas, será necesario superar los ejercicios de la Fase de Oposición, y encontrarse, una vez sumadas las puntuaciones de la Fase de Concurso, en un número de orden no superior al número de las plazas convocadas.

10.3. El orden de colocación de los aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación.

En el caso de que al proceder a la ordenación de los aspirantes se produjesen empates, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a los siguientes criterios:

a) Mayor puntuación en la Fase de Oposición.

b) Mayor puntuación en el ejercicio práctico.

c) Mayor puntuación en los apartados del baremo de méritos, por el orden en que éstos aparezcan en la convocatoria.

11. Propuesta de selección.

Concluidas las pruebas, el Tribunal publicará en el Tablón de Anuncios de la Corporación la relación de aprobados por orden de puntuación, proponiendo para su nombramiento a tantos aspirantes como plazas convocadas, y elevará dicha relación al Organo Municipal competente.

12. Presentación de documentos.

12.1. Documentos exigibles. Los aspirantes propuestos deberán aportar en la Secretaría General de este Ayuntamiento, sin perjuicio de su presentación en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, los siguientes documentos, acreditativos de que poseen las condiciones de capacidad y requisitos de esta Convocatoria:

a) Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

b) Copia autentificada o fotocopia (acompañada de original para su compulsa) del título exigido en la respectiva convocatoria, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.

c) Certificado médico de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.

d) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

En el supuesto de poseer un título que sea equivalente al exigido, habrá de acompañarse certificado expedido por el organismo competente que acredite la citada equivalencia. Si este documento estuviese expedido después de la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, deberá justificar el momento en que concluyeron los estudios, que deberá ser anterior en cualquier caso a la fecha en que finalizó el plazo de presentación de instancias.

1. 12.2. Plazo. Los aspirantes propuestos deberán aportar la documentación exigida en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados en el Tablón de Anuncios Municipal.

2. 12.3. Falta de presentación de documentos. Conforme a lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, quien dentro del plazo indicado, y salvo caso de fuerza mayor, no presentase su documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia por solicitar la admisión a las pruebas selectivas.

13. Nombramiento y toma de posesión.

1. 13.1. Una vez presentada la documentación, el Organo Municipal competente, nombrará como funcionarios a los candidatos seleccionados, debiendo tomar posesión de sus cargos, en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente en que se les notifique el nombramiento. Quien sin causa justificada, no tomara posesión en el plazo indicado, perderá todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del nombramiento conferido.

2. 13.2. Formalidades. Para la toma de posesión, los interesados comparecerán en el Ayuntamiento el día y hora que a tal fin se les comunique, en cuyo momento y como requisito deberán prestar el juramento o promesa que prescribe la legislación vigente.

14. Incidencias.

El Tribunal calificador queda facultado para resolver las dudas e incidencias que se presenten y adoptar los acuerdos necesarios para el correcto desarrollo de los procesos selectivos.

15. Base final.

La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de las actuaciones de los Tribunales calificadores podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecidos por el artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local y por el artículo 107 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En relación con la posibilidad de interponer Recurso Contencioso-Administrativo, será de aplicación lo dispuesto en los art. 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Con-tencioso-Administrativa.

ANEXO UNICO

Número de plazas convocadas: Dos.

Escala: Administración Especial.

Subescala: Técnica.

Denominación: Ingeniero Técnico Industrial.

Grupo: B.

Sistema de selección: Concurso-Oposición Libre.

Titulación exigida: Ingeniero Técnico Industrial .

Fase de concurso: La descrita en la Base 8 apartado 1 de las

Bases Generales.

Fase de oposición: La descrita en la Base 8 apartado 2 de

las Bases Generales, ateniéndose al siguiente programa:

Materias comunes

Tema 1. La Constitución española de 1978. Valores superiores y principios inspiradores. El Estado social y democrático de derecho. Derechos y deberes fundamentales; las libertades públicas. Garantías y restricciones. El procedimiento de reforma constitucional. Los órganos constitucionales. La Corona. Las Cortes Generales. El Congreso de los Diputados y el Senado. Composición y funciones. La función legislativa. El Gobierno del estado. El poder judicial. El Tribunal Constitucional. El tribunal de cuentas y el Defensor del Pueblo.

Tema 2. La organización territorial del Estado en la Comunidad Autónoma. Las Comunidades Autónomas. Fundamento Constitucional. Los Estatutos de Autonomía. Delimitación de las funciones y competencias del Estado y de las Comunidades Autónomas. La Organización de las Comunidades Autónomas.

Tema 3. La Administración Local. Regulación Constitucional. Tipología de los entes locales. Distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas sobre Administración Local. La Ley de Bases de Régimen Local.

Tema 4. El Municipio. Organización y competencias. El Consejo Andaluz de Municipios. La Provincia. Organización y competencias. Las relaciones entre la Comunidad Autónoma Andaluza y las Diputaciones Provinciales.

Tema 5. La Administración Pública: Concepto, caracteres y clasificación. La Administración y el Derecho. El principio de legalidad. Las potestades administrativas. La actividad discrecional de la Administración. El Derecho Administrativo: Concepto y Contenido. Autonomía del derecho administrativo.

Tema 6. Fuentes del Derecho Administrativo: Concepto y clasificación. La potestad reglamentaria: Fundamentos y Límites. La inderogabilidad singular de los reglamentos. Fuentes subsidiarias e indirectas del Derecho Administrativo.

Tema 7. Los órganos Administrativos: Conceptos y clases. Las competencias: Clases y criterios de delimitación. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. La forma de los actos. La motivación. La eficacia de los actos administrativos: la notificación y la publicación. El silencio administrativo, naturaleza y régimen jurídico. Su regulación en la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía. La invalidez y revisión de oficio de los actos administrativos.

Tema 8. El procedimiento administrativo: Naturaleza y fines. El procedimiento administrativo común. Principios generales del procedimiento administrativo. Abstención y recusación, los interesados. Derechos de los ciudadanos en el procedimiento. La iniciación, ordenación e instrucción del procedimiento administrativo. Formas de terminación. Los procedimientos especiales: Consideraciones generales.

Tema 9. Los recursos administrativos: Conceptos, clases y principios generales de su regulación. Actos que ponen fin a la vía administrativa. La Resolución de los recursos. La "reformatio in peius". Régimen jurídico de los distintos recursos administrativos. La jurisdicción contencioso-administrativa: Concepto y naturaleza.

Tema 10. Los contratos de la Administración. Contratos administrativos y otros contratos de la Administración. Organos competentes para su celebración. Incapacidad y prohibiciones. Invalidez de los contratos. Procedimientos y formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción de los contratos.

Tema 11. El Presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y fiscalización.

Tema 12. La Función Pública Local y su organización. Derechos y Deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Selección y situaciones administrativas. Régimen disciplinario. Responsabilidad. El personal laboral y su régimen actual.

Temario específico

Tema 1. Ley de industria. El Reglamento sobre infraestructura de calidad y seguridad industrial. Organismos de control y su organización en la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tema 2. Normativa reguladora de instalación, ampliación y traslado de las industrias e instalaciones industriales. El Registro industrial. El control de las industrias e instalaciones. Análisis de la normativa nacional y autonómica.

Tema 3. Normativa Reguladora de los almacenamientos de productos químicos y sus Instrucciones Técnicas: Análisis de la normativa de la Unión Europea, nacional y autonómica.

Tema 4. Reglamento de seguridad de los aparatos de elevación y manutención. Ascensores: Análisis de la normativa de la Unión Europea, nacional y autonómica.

Tema 5. Reglamento de seguridad sobre aparatos y equipos a presión, fijos y transportables. Diseño, Fabricación y Comercialización. Instalación y utilización.

Tema 6. Instrucciones referentes a Calderas, Depósitos Criogénicos, Extintores de Incendio e Instalaciones de Aire Comprimido.

Tema 7. Reglamento de seguridad de plantas e instalaciones frigoríficas y sus Instrucciones Técnicas Complementarias. Regulación Nacional de los nuevos productos refrigerantes. Análisis de la normativa Nacional y Comunitaria.

Tema 8. El Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios y sus Instrucciones Técnicas Complementarias: Análisis de la normativa Nacional y Comunitaria. La política de ahorro, eficiencia y conservación de la energía.

Tema 9. Las energías renovables: Eólica, Solar, Minihidráulica, Biomasa, etc.

Tema 10. La normativa de seguridad en máquinas. Seguridad general de los productos. Análisis de la normativa Nacional y Comunitaria.

Tema 11. La Ley de Protección Civil. Organización de la seguridad ante el riesgo químico.

Tema 12. Normativa Reguladora sobre los accidentes graves producidos por sustancias peligrosas: Análisis de la normativa de la Unión Europea, nacional y autonómica.

Tema 13. Regulación normativa en materia de protección contraincendios. Instalaciones de protección, la seguridad contraincendios en edificios industriales y otras edificaciones: Análisis de la normativa Nacional y Comunitaria.

Tema 14. Legislación Básica Reguladora de la Energía Eléctrica. Producción, transporte, distribución y comercialización de energía eléctrica. Expropiación y Servidumbres. Infracciones y Sanciones. Normativa del régimen especial.

Tema 15. Normativa reglamentaria de las actividades del Transporte, distribución, comercialización y suministro de la energía eléctrica. Autorización de las instalaciones. Calidad del Servicio. Acceso de terceros a las redes. Tarifas de suministro. Comisión Nacional de la energía. Acometidas eléctricas. Consumidores cualificados.

Tema 16. Reglamento de Centrales eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación.

Tema 17. Aparatos de Maniobra. Transformadores. Instalaciones Bajo Envolvente.

Tema 18. Normativa Reglamentaria de líneas aéreas de Alta Tensión. Cruzamientos. Paralelismos. Pasos por zonas.

Tema 19. Normativa reglamentaria de Baja Tensión. Reglamento e Instrucciones Técnicas Complementarias. Instalaciones receptoras en locales especiales y de pública concurrencia. Instaladores Autorizados.

Tema 20. Normas propias de la Comunidad Autónoma de las instalaciones eléctricas de Baja Tensión.

Tema 21. Legislación Básica del Sector Hidrocarburos. Exploración, investigación y explotación de hidrocarburos. Ordenación del mercado de productos derivados del petróleo. Ordenación del suministro de gases combustibles por canalización. Derechos de ocupación del dominio público. Expropiación forzosa, servidumbres y limitaciones a la propiedad. Infracciones y sanciones.

Tema 22. Reglamentación Técnica sobre redes, acometidas, Almacenamiento, distribución e instalaciones receptoras de gas.

Tema 23. Reglamentación técnica de instalaciones de almacenamiento y distribución de productos petrolíferos líquidos.

Tema 24. Ley General de Tráfico y Seguridad Vial. El Reglamento general de vehículos.

Tema 25. La homologación europea, nacional y unitaria de los vehículos automóviles. La inspección técnica de vehículos, su reglamentación a nivel nacional y de la Comunidad Autónoma Andaluza. Regulación de Talleres de reparación de vehículos. Tacógrafos, limitadores de velocidad, termógrafos.

Tema 26. El transporte terrestre de mercancías peligrosas. Regulación de la fabricación y comercialización de los vehículos, envases y contenedores para el transporte de mercancías peligrosas. El transporte de mercancías perecederas a temperatura regulada. Regulación de la fabricación y comercialización de los vehículos destinados al transporte de mercancías perecederas.

Tema 27. La ley de Metrología. El Control Petrológico de ámbito estatal, su ejecución en la Comunidad Autónoma Andaluza. Análisis de las disposiciones reguladoras del control metrológico de los instrumentos y aparatos de medida de ámbito nacional y comunitario.

Tema 28. La ley general de defensa de los Consumidores y Usuarios. La regulación de los derechos de los consumidores a nivel estatal y de la Comunidad Autónoma Andaluza.

Tema 29. La conformidad de la producción a la luz de las directivas de nuevo enfoque. Planteamiento global. Aplicación a los productos de la construcción. Responsabilidad de los daños producidos por productos industriales. El Control de los productos industriales. Organismos notificados.

Tema 30. El Reglamento de suministro de agua de Andalucía. Normas básicas de instalaciones interiores.

Tema 31. Conceptos generales de legislación Ambiental. Acuerdos Internacionales. Actuación Europea en la materia. Ley de derecho a la información en materia de Medio Ambiente.

Tema 32. Normativa Ambiental acerca del desarrollo sostenible. Responsabilidades Medio Ambientales. Normativa Andaluza en Materia Medio Ambiental.

Tema 33. Evaluación de Impacto Medio Ambiental. Legislación Básica Estatal y Europea. La Prevención Ambiental en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Normativa vigente.

Tema 34. Autorización Integrada y Control de la Contaminación. Ley 16/02 de Prevención Integrada de la Contaminación. Procedimiento en Andalucía. Entidades Colaboradoras de la Consejería de Medio Ambiente en materia en Materia de Protección Ambiental.

Tema 35. Contaminación Atmosférica y Acústica. Normativa Europea. Normativa del Estado Español. Normativa de la Comunidad Autónoma. Tipos de contaminantes y sus efectos.

Tema 36. Ley 37/2003 del Ruido. Normativa de la Comunidad Autonómica.

Tema 37. Contaminación de las Aguas Continentales y Litorales. Normativa de la Unión Europea. Normativa del Estado Español de las Aguas Continentales.

Tema 38. Normativa Estatal acerca de Aguas Litorales. Desarrollo normativo andaluz. Esquemas de vertidos.

Tema 39. Residuos. Normativa del Estado Español.

Tema 40. Normativa Andaluza de residuos. Clasificación, caracterización y gestión de residuos.

Tema 41. Ambito jurídico de la prevención. Las Fuentes de la normativa legal Española: La Organización Internacional del Trabajo y la Unión Europea. Ley de prevención de Riesgos Laborales (Ley 31/95). Características de la Normativa Española de Prevención de Riesgos Laborales.

Tema 42. Disposiciones de Desarrollo de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Tema 43. Salud y Trabajo. Conceptos Básicos Implicados. Los Factores de Riesgo. Las técnicas Preventivas Laborales: Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, medicina del trabajo y ergonomía y psicosociología laboral. Conceptos, objetivos, ramas y técnicas específicas de cada una de ellas. Regulación Normativa.

Tema 44. El Accidente de Trabajo y la Enfermedad Profesional. Legislación Aplicable.

Tema 45. Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. Aspectos Generales sobre la administración y la gestión empresarial. Economía de la prevención.

Tema 46. Planificación de la Prevención. Organización de la Prevención.

Tema 47. Ambito Jurídico de la Prevención. Fuentes de la Normativa Legal Española: La Organización Internacional del Trabajo y la Unión Europea. Estructura de la Unión Europea en el ámbito de la Prevención de Riesgos Laborales.

Tema 48. Características esenciales de la Normativa Española sobre Prevención de Riesgos Laborales. Organización de la Prevención en España y en Andalucía.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Alhaurín el Grande, 15 de noviembre de 2006.- El Alcalde, Juan Martín Serón.

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