Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 11/01/2007

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. Ayuntamientos

Anuncio de 20 de noviembre de 2006, del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe, de bases para la selección de Técnicos de Gestión de Administración General.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Don Antonio Conde Sánchez, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe (Sevilla).

HACE SABER

Que por Resolución de esta Alcaldía núm. 833/2006, de fecha 20 de noviembre de 2006, ha quedado aprobada la convocatoria y sus correspondiente bases, para provisión de las plazas de personal funcionario que a continuación se indican:

BASES DE L A CONVOCATORIA PAR A PROVEER, CON CARACTER DEFINITIVO, MEDIANTE PROMOCION INTERNA POR EL PROCEDIMIENTO DE CONCURSO-OPOSICION , DE DOS PLAZAS DE TECNICOS DE GESTION DE LA ESCALA DE ADMINISTRACION GENERAL, VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTE AYUNTAMIENTO

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión con carácter definitivo y a jornada completa, mediante promoción interna, por el procedimiento de concurso-oposición, de dos plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario de este Excmo. Ayuntamiento, pertenecientes al Cuerpo de Técnicos de Gestión de Administración General, integrantes de la Oferta Pública de Empleo de 2006, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento el día 5 de mayo de 2006.

Las plazas tienen asignadas unas retribuciones correspondientes a las del grupo B de clasificación, conforme al artículo 25 de la Ley 30/84 y demás retribuciones complementarias reflejadas en el Presupuesto Municipal de este Ayuntamiento.

ESCALA ADMINISTRACION GENERAL

Plaza Grupo Vacantes Anexo

Técnico de Gestión de Admón. General B 2 I

Los procesos selectivos de las mencionadas plazas se regirán por las presentes Bases Generales y por lo que se determinada en el correspondiente Anexo I. Para lo no previsto en las mismas le será de aplicación la Ley 30/1984 de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, RD 364/1995, de 10 de marzo por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y RD 896/91 de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y programas mínimos a los que ha de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local y Ley 7/85 de 2 de abril de Bases del Régimen Local.

Segunda. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a la realización de los procesos selectivos los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales además de los especificados en el anexo de la convocatoria.

a) Ser funcionario de carrera del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe y pertenecer a la Escala de Administración General, Subescala Administrativo del Grupo C para las dos plazas de Técnico de Gestión de Administración General, con un mínimo de 2 años de servicios en dichos grupos.

b) Estar en posesión del título exigido según se especifica en el anexo o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado mediante procedimiento disciplinario del servicio del Estado, las Comunidades Autónomas o las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme.

e) No estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto en Ley 53/1984 de 26 de diciembre.

Tercera. Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas cursarán su solicitud, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos establecidos en la base segunda de esta convocatoria y acompañando certificación o fotocopia compulsada de los méritos alegados para la Fase de Concurso que habrán de relacionarse en la solicitud.

Las solicitudes se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe y se presentarán en el Registro General en cualquiera de las formas contempladas en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. Podrán asimismo presentarse en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las solicitudes vendrán acompañadas de:

a) Fotocopia del documento nacional de identidad.

b) Justificante de haber ingresado los derechos de examen que se fijan en 20 euros. Su cuantía se ingresará en la Tesorería Municipal del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe.

c) Documentación acreditativa de los méritos alegados, debidamente relacionados, en original o por copia fehaciente

o compulsada por el Secretario de la Corporación.

De esta Convocatoria se dará publicidad íntegra median-te publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla, Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Cuarta. Lista de admitidos y excluidos.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Sr. Alcalde dictará Resolución, en el plazo de diez días, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos con indicación de las causas de exclusión, lugar de exposición de dichas listas y plazo para subsanación de errores. Dicha Resolución se publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

Transcurrido el plazo de subsanaciones que será de cinco días hábiles la Alcaldía dictará Resolución aprobando las listas definitivas, designando los miembros del tribunal e indicará el día de inicio y conclusión de la prueba teórico-práctica. A la Resolución se dará publicidad mediante Edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.

Quinta. Tribunal Calificador.

El Tribunal tendrá la siguiente composición de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.e) y f) del RD 896/91 de 7 de junio:

a) Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

b) Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía, un representante de la Junta de Personal, el Concejal de Recursos Humanos y un funcionario del Ayuntamiento de Mairena del Aljarafe o miembros en quienes deleguen.

c) Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.

A todos y cada uno de los miembros se les asignará un suplente.

Todos los vocales y los suplentes que se designen, deberán poseer igual o superior titulación a la exigida a los aspirantes a cada vacante.

El vocal-representante de la Junta de personal si careciese del requisito de titulación antes expresado, podrá designar funcionario en su nombre que reúna dicho requisito.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente, teniendo competencia y plena autoridad para resolver cuantas incidencias se presenten en el proceso selectivo y que no se hallan previsto en las bases.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 26 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo comunicarlo a la Presidencia del Ayuntamiento, que resolverá lo procedente.

Por estas mismas causas podrá promoverse recusación por los interesados en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la citada Ley 30/1992.

Sexta. Desarrollo de las pruebas.

El proceso de selección será el de promoción interna mediante concurso-oposición según lo regulado en el anexo I de esta convocatoria.

El plazo de inicio y conclusión del ejercicio teórico-práctico será anunciado, al menos, con 5 días de antelación, mediante publicación en el Tablón de Edictos de la Corporación.

Séptima. Proceso selectivo.

A) Fase Concurso:

La fase de concurso, que será previa a la fase de oposición, no tendrá carácter eliminatorio. Se valorarán los méritos acreditados por los aspirantes, siempre referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

La calificación de la fase de concurso vendrá dada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los apartados que a continuación se indican:

M E R I T O S

A) Titulación.

Por poseer titulación académica relacionada con la plaza a que se opta, aparte de la exigida para acceder a la misma, hasta un máximo de 1,5 puntos, en la forma siguiente:

-Titulo Universitario Superior: 1 punto.

- Curso de Post-Grado y/o Diploma de Especialización Profesional Universitario: 0,5 puntos.

No se valorarán los títulos académicos imprescindibles para la obtención de otros de nivel superior que se aleguen.

A efectos de equivalencia de titulación, solo se admitirán las establecidas por el Ministerio de Educación y Cultura con carácter general.

B) Antigüedad.

La antigüedad se valorará hasta un máximo de 2,5 puntos en la forma siguiente:

Por cada mes de servicios prestados en la Administración Pública 0,02 puntos

Las fracciones de tiempo iguales o superiores a 15 días se computarán como un mes.

La acreditación de los méritos correspondientes a este apartado se realizará mediante Certificación de la Administración donde se haya prestado los servicios.

C) Méritos profesional.

La valoración del trabajo desarrollado se cuantificará atendiendo a la experiencia en puestos de trabajo relacionados con la categoría a la que se opta de la manera siguiente:

1.º Servicios prestados en plaza del grupo B, cualquiera que sea su forma de provisión, por cada mes: 0,025.

2.º Servicios prestados, cualquiera que sea su forma de provisión, en puesto perteneciente a la Admón. General Subescala Administrativo, grupo C, en su caso, por cada mes: 0,050.

La puntuación máxima a otorgar por los méritos acreditados en este apartado será de 3,5 puntos y habrán de acreditarse mediante certificación expedida por la Admón. Municipal.

La experiencia se acreditará mediante Certificación de la Administración donde se haya prestado los servicios.

D) Cursos de formación.

Por la realización de cursos, seminarios y jornadas, impartidos por Centro Oficial o reconocido, cuyas materias se relacionen con el objeto de la plaza a proveer, según su duración:

De 8 a 20 horas o 2 días o menos de duración 0,25 puntos. De 21 a 50 horas de duración o de 3 a 6 días 0,5 puntos. De 51 a 100 horas de duración o de 7 a 14 días 0,75 puntos. Mas de 100 horas de duración o de 15 días 1 puntos.

Los cursos que no determinen el número de horas de las que constó se valorarán como los de hasta 20 horas.

La puntuación máxima a otorgar por este apartado será de 1,5 puntos, y se acreditarán mediante copia compulsada del titulo acreditativo de la asistencia o certificación del organismo que impartió los cursos o jornadas.

B) Fase Oposición:

Se desarrollará de acuerdo con lo regulado en el Anexo I de estas Bases.

El ejercicio de la fase oposición será calificado por los miembros del Tribunal como "Apto" o "No Apto". Consistirá en la realización de una prueba teórico practico consistente en un trabajo relacionado con las materias del programa y determinado por el Tribunal antes de su inicio.

El Tribunal elegirá un tema de los relacionados en el Anexo. Tendrá una extensión máxima de 40 A4, disponiendo el opositor de un plazo de 20 días a partir de la elección del tema para presentar dicho trabajo.

Se valorará la presentación, la claridad en la exposición y la aplicación práctica de los conocimientos a través de la incorporación al mismo de documentos o expedientes relacionados con el tema objeto de la exposición.

Octava. Listas de aprobados, presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera.

Una vez terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal hará pública en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la relación de aprobados. Igualmente elevarán propuestas a la Presidencia de la Corporación para que proceda a los correspondientes nombramientos, sin que las citadas propuestas puedan contener mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

Los aspirantes propuestos por el Tribunal dispondrán de un plazo de 5 días naturales, a contar desde la publicación en el Tablón de Edictos de la relación de aprobados, para presentar cuantos documentos acreditativos sean requeridos por la Corporación.

Concluido dicho plazo, la Alcaldía dictará Resolución nombrando a los propuestos por el Tribunal quienes deberán tomar posesión en el plazo de 30 días, contados a partir de la fecha de notificación del nombramiento.

Noveno. Base final.

Contra las presentes bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien interponer directamente recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos 109.c), 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 30 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.

ANEXO I

Plaza: Técnico de Gestión.

Vacantes: 2.

Escala: Administración General.

Subescala: Técnica de Gestión.

Grupo: B.

Titulación: Diplomado Universitario o equivalente. Tal como

previene la disposición transitoria quinta de la Ley 30/1984,

se considera equivalente a Diplomatura Universitaria el haber

superado tres cursos completos de Licenciatura.

T E M A R I O

1. 1. La Constitución Española de 1978. Características y estructura. Principios Generales.

2. Derechos fundamentales y libertades públicas: Enumeración, garantías y suspensión. Otros derechos y deberes de los ciudadanos.

3. Las Cortes Generales. Composición y funciones.

2. 4. La Monarquía. Teoría general. La Corona en la Constitución Española

3. 5. El Gobierno: Composición y funciones. Relaciones entre el Gobierno y el Poder Legislativo.

4. 6. El poder Judicial. Principios informadores y organización judicial. El Consejo General del Poder Judicial: organización y competencias.

5. 7. El Tribunal Constitucional: Organización y atribuciones. Procedimientos de declaración de inconstitucionalidad. El recurso de amparo. Conflictos constitucionales.

6. 8. Las Comunidades Autónomas: naturaleza y tipología. Principios informadores del Estado Autonómico.

7. 9. Los Estatutos de Autonomía: significado y naturaleza jurídica. Organización institucional de las Comunidades Autónomas.

8. 10. El Municipio y Provincia. Principios constitucionales. La autonomía local.

9. 11. El Estatuto de Autonomía para Andalucía. Competencias de la Comunidad Autónoma Andaluza. Especial referencia a las competencias en materia de régimen local.

10. 12. Organización institucional de la Comunidad Autónoma Andaluza. El Parlamento. El Presidente de la Junta. El Consejo de Gobierno. El Tribunal Superior de Justicia.

11. 13. La Administración de la Comunidad Autónoma: principios informadores y organización.

12. 14. La relación jurídico-administrativa. Concepto. Sujetos. El administrado. Los derechos públicos subjetivos. Los intereses legítimos. La acción popular. Los actos jurídicos de los administrados.

13. 15. El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos. Eficacia de los actos Administrativos. La obligación de la Administración Pública de resolver. El silencio administrativo.

1. 16. La validez de los actos administrativos. La revisión de oficio de los actos administrativos: anulación y revocación.

2. 17. Los recursos administrativos: concepto y clases. Principios generales de los recursos administrativos. Materias recurribles, legitimación y órgano competente.

3. 18. El procedimiento administrativo: Regulación, principios y fases del procedimiento.

4. 19. Los contratos administrativo: naturaleza, caracteres y clases. Elementos. Clases de expedientes de contratación. Procedimientos y formas de adjudicación. Ejecución, modificación y extinción de los contratos.

5. 20. Las sanciones administrativas. Fundamentos y límites de la potestad sancionadora. Principios reguladores. El procedimiento sancionador.

6. 21. La expropiación forzosa. Potestad expropiatoria. Naturaleza y justificación. Sujetos, objeto y causa. El procedimiento expropiatorio. Garantías jurisdiccionales.

7. 22. La responsabilidad patrimonial de la Administración. Evolución histórica. Régimen jurídico actual.

8. 23. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa (I): concepto y naturaleza. Extensión y límites. Sistemas de organización.

9. 24. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa (II): órganos y competencias. Las partes. Objeto del recurso.

10. 25. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa (III): procedimiento contencioso-administrativo. Recursos contra resoluciones judiciales. Ejecución de sentencias.

11. 26. Fuentes del Ordenamiento Local. Legislación estatal sobre el régimen local. Legislación autonómica sobre régimen local.

12. 27. La potestad reglamentaria de los entes locales. Ordenanzas y reglamentos. Procedimiento de aprobación, publicación y entrada en vigor. Límites de la potestad reglamentaria. Régimen de impugnación.

13. 28. La Provincia. Evolución histórica. Régimen actual. Organización: órganos necesarios y complementarios de las Diputaciones Provinciales. Sistema de elección de Diputados y Presidentes.

14. 29. Competencias de la Provincia. Relaciones con las Administraciones estatal y autonómica.

15. 30. El Municipio. Evolución histórica. Clases de entres municipales en el derecho español. Sistema de constitución de los entes municipales.

16. 31. El territorio municipal. La población municipal. El padrón municipal. Derechos y deberes de los vecinos.

32. La organización municipal. Organos necesarios y complementarios de los Ayuntamientos. Sistema de elección de Concejales y Alcaldes.

33. Competencias del Municipio.

17. 34. Régimen de sesiones y acuerdos de los órganos colegiados locales. Clases de sesiones. Requisitos y procedimientos de constitución y celebración. Clases y forma de acuerdos. Actas y certificaciones.

18. 35. Entidades locales no territoriales. Los consorcios administrativos: concepto y naturaleza.

19. 36. Regulación de la función pública local: principios constitucionales. Legislación estatal en materia de función pública. Breve referencia a la normativa de las Comunidades Autónomas en materia de función pública. Normativa específica de la función local.

20. 37. Personal al servicio de los entes locales. Los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional.

21. 38. Personal al servicio de los entes locales. Los funcionarios propios de las Corporaciones locales.

22. 39. Personal al servicio de los entes locales. Personal laboral: normativa de aplicación y su evolución. Naturaleza jurídica de la relación laboral frente a la funcionarial.

23. 40. Personal al servicio de los entes locales. Funcionarios interinos y personal eventual: naturaleza y régimen jurídico, requisitos para su nombramiento, funciones, características.

1. 41. La vida pública local: la participación ciudadana. Recomendación del Comité de Ministros del Consejo de Europa.

. 42. Nuevas formas de participación ciudadana local en Europa.

1. 43. Gobiernos locales y redes participativas.

2. 44. Ciudadanos y decisiones públicas.

2. 45. El tejido asociativo en Mairena del Aljarafe. Un estudio histórico por sectores y territorios con la transversalidad de género.

3. 46. Reglamento de Participación Ciudadana de Mairena del Aljarafe: proceso de elaboración y normas.

4. 47. Proceso de elaboración y puesta en funcionamiento del Consejo Ciudad en Mairena del Aljarafe.

5. 48. La Ordenanza general de subvenciones en Mairena del Aljarafe.

6. 49. Las Haciendas Locales (I): Principios constitucionales. El régimen jurídico de las Haciendas Locales. Incidencia estatal y autonómica en la autonomía financiera local. La coordinación de las Haciendas Estatal, Autonómica y Local.

7. 50. Las Haciendas Locales (II). Recursos de las Entidades Locales en general. Recursos de los municipios. Recursos de las provincias. Recursos de otras Entidades Locales.

8. 51. El Presupuesto General de las Entidades Locales: concepto y contenido. Especial referencia a las bases de ejecución del presupuesto. La elaboración y aprobación del presupuesto general. La prórroga presupuestaria.

9. 52. La ejecución del presupuesto de gastos y de ingresos: sus fases. Los pagos a justificar. Los anticipos de caja fija. Los gastos de carácter plurianual. La tramitación anticipada de gastos.

10. 53. La tesorería de las Entidades Locales. Régimen jurídico. El principio de unidad de caja. Funciones de la tesorería. Organización. Situación de los fondos: la caja y las cuentas bancarias. La realización de pagos: prelación, procedimiento y medios de pago. El estado de conciliación.

11. 54. La planificación financiera. El plan de tesorería y el plan de disposición de fondos. Las operaciones de tesorería.

12. 55. La instrucción de contabilidad para la Administración Local: avance de la liquidación del presupuesto. Elaboración. Contenido. Información para los órganos de gestión.

13. 56. El control interno de la actividad económico-financiera de las Entidades Locales y sus entes dependientes. La función interventora: ámbito subjetivo, ámbito objetivo y modalidades. Especial referencia a los reparos.

14. 57. Los tributos locales: principios. La potestad reglamentaria de las Entidades Locales en materia tributaria: contenido de las ordenanzas fiscales, tramitación y régimen de impugnación de los actos e imposición y ordenación de tributos. El establecimiento de recursos no tributarios.

15. 58. La gestión, inspección y recaudación de los recursos locales. La revisión en vía administrativa de los actos de gestión tributaria dictados por las Entidades Locales. La gestión y recaudación de recursos por cuenta de otros entes públicos.

16. 59. Ingresos locales no impositivos. Tasas y precios públicos locales. Contribuciones especiales. Impuestos locales: Clasificación. El impuesto sobre Bienes Inmuebles.

17. 60. El Impuesto sobre Actividades Económicas. El Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. El Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y obras. El Impuesto sobre el Incremento del Valor de los terrenos de Naturaleza urbana.

Mairena del Aljarafe, 20 de noviembre de 2006.- El Alcalde-Presidente, Antonio Conde Sánchez.

Descargar PDF