Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 84 de 30/04/2007

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Consejería de Salud

Anuncio de 10 de abril de 2007, de la Delegación Provincial de Cádiz, apertura de oficina de farmacia, de fecha /2007, de 10 de abril.

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En virtud de lo establecido en el art. 103.3 de la Ley 14/86, General de Sanidad, en el art. 2 y en el 19.4 de la Ley 2/98, de Salud de Andalucía, en la Ley 16/97, de Regulación de los Servicios Farmacéuticos, y en la Resolución de 22.7.97, de la Dirección General de Farmacia y Conciertos, por la que se hacen públicas las Unidades Territoriales Farmacéuticas, en atribución de las competencias establecidas por la Orden de 13.9.96, por la que se revocan las competencias en los Colegios Profesionales de Farmacéuticos, y del Decreto 241/2004, de estructura básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y en cumplimiento de lo ordenado el 1 de marzo de 2007 por el Juzgado Contencioso-

Administrativo núm. Uno de Cádiz de ejecución de la Sentencia firme de fecha 26.12.03, debiendo aplicar el Padrón Municipal, tal y como relata la Sentencia a 1 de enero de 2001, esta Delegación Provincial de la Consejería de Salud en Cádiz

ACUERDA

Primero. La iniciación del expediente para la apertura de una oficina de farmacia en la U.T.F. de Chiclana de la Frontera (Cádiz).

Segundo. El plazo de presentación de las solicitudes será de 15 días, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tercero. Las solicitudes deberán ajustarse a lo establecido en el Real Decreto 909/78, de 14 de abril, por el que se regula el establecimiento, transmisión o integración de las Oficinas de Farmacia, a la Orden de 21.11.79, que lo desarrolla, y a la Orden de 20.11.79, por el que se señalan los méritos y circunstancias que establece el art. 4 del R.D. 909/78, debiendo acompañar a la misma copia del DNI y la liquidación de la tasa establecida en el modelo oficial de la Junta de Andalucía, por importe de 359,47

(trescientos cincuenta y nueve con cuarenta y siete euros).

Cuarto. Al convocarse el presente concurso por la sentencia mencionada anteriormente, los méritos a que se hace referencia en el apartado anterior se computarán hasta el 31 de julio de 2001.

Contra el presente Acuerdo se podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, en virtud de lo establecido en la Ley 30/92, de 28 de noviembre, y la Ley 4/99, de 13 de enero, que la modifica, ante la Dirección General de Salud Pública y Participación.

Cádiz, 10 de abril de 2007.- El Delegado, Hipólito García Rodríguez.

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