Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 11/05/2007

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Salud

Resolución de 23 de abril de 2007, de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, por la que se anuncia convocatoria pública para la provisión de puestos directivos en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud mediante la inscripción en el Registro de Personas Candidatas.

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El Estatuto Marco de Personal Estatutario de los Servicios de Salud, aprobado por la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, regula los criterios generales de la provisión de plazas en su artículo 29.

El Decreto 75/2007, de 13 de marzo (BOJA de 16.3.2007) regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, previendo la provisión de los puestos directivos por el sistema de libre designación y convocatoria abierta mediante un procedimiento que garantice los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de conformidad con el párrafo a) del apartado 1 del citado artículo 29 del Estatuto Marco.

Así mismo, el citado Decreto crea el Registro de personas candidatas consideradas idóneas para desempeñar los puestos directivos de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, siendo la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional el órgano competente para adoptar las medidas técnicas, de gestión y organizativas necesarias para su funcionamiento y para la inclusión en el mismo de las personas aspirantes.

En consecuencia, siendo precisa la convocatoria para la provisión de los puestos directivos de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 241/2004, de 18 de mayo, de Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud y de acuerdo con lo establecido en el art. 3 del Decreto 75/2007, de 13 de marzo, por el que se regula los sistemas de provisión de puestos directivos y cargos intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud,

RESUELVE

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto adoptar las medidas necesarias para iniciar la aplicación del procedimiento de provisión de los puestos directivos de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, así como la puesta en funcionamiento del Registro de personas candidatas consideradas idóneas para el desempeño de dichos puestos.

Segundo. Registro.

El Registro se compondrá con las personas declaradas idóneas por esta Dirección General, para cada uno de los puestos directivos de los centros sanitarios, definidos con tal carácter en la normativa vigente sobre el régimen funcional de las plantillas de los centros asistenciales, que se identifican en el Anexo I de esta Resolución con los requisitos para su desempeño, características y criterios para determinar la idoneidad de las personas aspirantes a los mismos.

Asimismo los puestos directivos aparecerán relacionados en la web del Servicio Andaluz de Salud.

Tercero. Participantes.

Podrán participar en la presente Convocatoria para la inscripción en el Registro de aspirantes a puestos directivos todas las personas que reúnan los requisitos descritos para cada uno de los puestos en el Anexo I de esta Resolución. Para poder participar no será necesario tener vinculación previa como personal funcionario o estatutario en el Sistema Nacional de Salud.

Cuarto. Solicitudes y documentación.

1. Plazo de presentación de solicitudes.

La presentación de solicitudes podrá realizarse a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y el plazo estará abierto con carácter permanente, tanto para la presentación de solicitudes de inscripción como para la actualización o modificación de las mismas y de los méritos a valorar de conformidad con el artículo 3.5 del Decreto 75/2007, de 13 de marzo.

2. Requisitos de las solicitudes.

Las personas candidatas deberán especificar en sus solicitudes el puesto o puestos directivos concretos de los recogidos en el Anexo I que solicitan, referidos a los Centros que se relacionan en el Anexo II.

3. Documentación.

Las personas candidatas deberán aportar, a requerimiento de la Unidad de Directivos del Servicio Andaluz de Salud y con carácter previo a la Resolución a la que se refiere el punto Quinto de esta Convocatoria, la documentación acreditativa de los requisitos exigidos, así como cualquier otro mérito o circunstancia que quieran poner de manifiesto al objeto de su consideración como persona idónea para el desempeño de puestos directivos y su posterior inclusión en el Registro regulado en el apartado Segundo de la presente convocatoria, no estando obligadas a aportar aquellos documentos y datos que consten en el expediente personal que, en su caso, pueda obrar en el Servicio Andaluz de Salud.

4. Solicitudes: Medios de presentación

Para participar en la presente Convocatoria, las personas aspirantes deberán realizar su inscripción (datos personales, puestos directivos solicitados y currículum vitae) en el registro telemático de la Junta de Andalucía al que se accederá desde la web del Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).

Para realizar dicha inscripción el aspirante deberá acreditarse a través de la firma electrónica, de conformidad con lo establecido en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, que regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos.

Quinto. Resolución.

En el plazo máximo de seis meses, a contar desde que la solicitud haya sido presentada en la forma señalada en el punto 4 de esta Resolución, la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional del Servicio Andaluz de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 5.4 del Decreto 75/2007, de 13 de marzo, resolverá y notificará a las personas aspirantes su inclusión o no en el Registro de personas consideradas idóneas para desempeñar concretos puestos directivos en el Servicio Andaluz de Salud. Transcurrido dicho plazo sin haberse notificado resolución expresa, la solicitud se entenderá estimada a efectos de que la persona se considere idónea para el desempeño de los puestos directivos solicitados.

Contra la resolución de la Dirección General de Personal y Desarrollo Profesional, que agota la vía administrativa podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la misma, en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses.

Sexto. Designación.

1. Producida la vacante de un puesto directivo, su provisión se efectuará, por libre designación de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, de entre las personas incluidas en el Registro de personas candidatas consideradas idóneas para desempeñar el puesto directivo en concreto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6 del referido Decreto 75/2007, de 13 de marzo.

2. Cuando los puestos a cubrir sean de Dirección Médica o Dirección de Enfermería, la Junta Facultativa y la Junta de Enfermería, respectivamente, propondrán a la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud una terna del Registro de personas candidatas, para su nombramiento en la forma prevista en el artículo 6.2 del Decreto 75/2007, de 13 de marzo.

3. Cuando la persona designada para desempeñar un puesto directivo ostente la condición de personal estatutario fijo o funcionario de carrera la provisión se efectuará mediante nombramiento realizado por la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud.

4. Cuando la persona designada para un puesto directivo no ostente la condición de personal estatuario fijo o personal funcionario de carrera, su contratación se ajustará al régimen de alta dirección previsto en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto, que regula la relación laboral de carácter especial del personal de alta dirección.

5. El personal estatuario fijo que acceda a un puesto directivo pasará a la situación administrativa de servicios especiales regulada en el artículo 64 del la Ley 55/2003, de 16 de diciembre. En el caso de personal funcionario se estará a lo dispuesto en la normativa sobre función pública que le resulte de aplicación en función de su procedencia. Cuando la persona designada para un puesto directivo desempeñe plaza con carácter de interinidad se estará a lo previsto en el

artículo 6.7 del Decreto 75/2007, de 13 de marzo.

Séptimo. Ceses.

El personal designado para el desempeño de un puesto directivo podrá ser cesado discrecionalmente por la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Salud, siendo su motivación la referencia a la competencia para adoptarlo.

Octavo. Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición ante esta Dirección General, en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 23 de abril de 2007.- El Director General, Rafael Burgos Rodríguez.

ANEXO I

RELACION DE PUESTOS DIRECTIVOS

1. Dirección Gerencia.

2. Subdirección Gerencia.

3. Dirección Médica.

4. Subdirección Médica.

5. Dirección de Enfermería.

6. Subdirección de Enfermería.

7. Dirección Económica Administrativa y/o Servicios Generales.

8.Subdirección Económica Administrativa y/o Servicios Generales.

9. Administrador/a.

10. Dirección de Distrito.

11. Administrador/a de Distrito.

12. Coordinación de Enfermería.

13. Dirección de Planificación, Programas y Servicios.

14. Dirección de Servicios Médicos Especializados.

15. Dirección Centro Transfusión Sanguínea.

16. Administrador/a Centro Transfusión Sanguínea.

REQUISITOS EXIGIBLES:

Titulación: Licenciado o Diplomado Universitario.

Se valorará en:

a) Dirección Gerencia, Subdirección Gerencia, Dirección de Distrito, Gerencia de Area Sanitaria, Dirección de Planificación, Programas y Servicios, y Dirección de CRTS: Formación y Experiencia: Dirección y Gestión de Centros Sanitarios.

b) Dirección Médica, Subdirección Médica, Dirección de Servicios Médicos Especializados: Formación y Experiencia: Dirección y Gestión en las áreas asistenciales de Centros e Instituciones Sanitarias.

c) Dirección de Enfermería, Subdirección de Enfermería, Coordinación de Enfermería: Formación y Experiencia: Dirección y Gestión en el área de Enfermería de Centros e Instituciones Sanitarias.

d) Dirección y Subdirección Económica Administrativa y/o Servicios Generales, Administrador/a de Hospital, Administrador/a de Distrito y Administrador/a de CRTS: Formación y Experiencia: Dirección y Gestión, en las áreas de Administración y Servicios Generales, de los Centros e Instituciones Sanitarias.

ANEXO II

Relación De Los Centros Asistenciales Del Servicio Andaluz De Salud

(Los puestos directivos existentes, vienen relacionados en el ANEXO I)

A L M E R I A

HOSPITAL "TORRECARDENAS".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "ALMERIA".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "PONIENTE DE ALMERIA".

AREA DE GESTION SANITARIA NORTE DE ALMERIA.

HOSPITAL "LA INMACULADA" DE HUERCAL-OVERA Y DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "LEVANTE-ALTO ALMANZORA".

CENTRO DE AREA DE TRANSFUSION SANGUINEA.

C A D I Z

HOSPITAL UNIV. "PUERTA DEL MAR".

HOSPITAL DE "JEREZ DE LA FRONTERA".

HOSPITAL UNIV. DE "PUERTO REAL".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "SIERRA DE CADIZ".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "JEREZ-COSTA NOROESTE".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "BAHIA DE CADIZ-LA JANDA".

AREA DE GESTION SANITARIA CAMPO DE GIBRALTAR.

HOSPITALES "PUNTA DE EUROPA" DE ALGECIRAS, DE "LA LINEA DE LA CONCEPCION" Y DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "CAMPO DE GIBRALTAR".

CENTRO REGIONAL DE TRANSFUSION SANGUINEA.

C O R D O B A

HOSPITAL UNIV. "REINA SOFIA".

HOSPITAL "INFANTA MARGARITA" DE CABRA.

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "CORDOBA".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "CORDOBA SUR".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "GUADALQUIVIR".

AREA SANITARIA NORTE DE CORDOBA.

HOSPITAL "VALLE DE LOS PEDROCHES" Y DISTRITO SANITARIO DE A PRIMARIA "CORDOBA NORTE".

CENTRO REGIONAL DE TRANSFUSION SANGUINEA.

G R A N A D A

HOSPITAL UNIV. "VIRGEN DE LAS NIEVES".

HOSPITAL UNIV. "SAN CECILIO".

HOSPITAL DE "BAZA".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "GRANADA NORDESTE".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "METROPOLITANO DE GRANADA".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "GRANADA".

AREA DE GESTION SANITARIA SUR DE GRANADA.

HOSPITAL "SANTA ANA" DE MOTRIL Y DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "GRANADA SUR".

CENTRO REGIONAL DE TRANSFUSION SANGUINEA.

H U E L V A

HOSPITAL "JUAN RAMON JIMENEZ".

HOSPITAL "INFANTA ELENA".

HOSPITAL DE "RIOTINTO".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA SIERRA DE "HUELVA-ANDEVALO CENTRAL".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "CONDADO-CAMPIÑA".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "HUELVA-COSTA".

CENTRO DE AREA DE TRANSFUSION SANGUINEA.

J A E N

COMPLEJO HOSPITALARIO DE JAEN.

HOSPITAL "SAN AGUSTIN" DE LINARES.

HOSPITAL "SAN JUAN DE LA CRUZ" DE UBEDA.

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "JAEN SUR".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "JAEN".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "JAEN NORDESTE".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "JAEN NORTE".

CENTRO DE AREA DE TRANSFUSION SANGUINEA.

M A L A G A

HOSPITAL UNIV. "CARLOS HAYA".

HOSPITAL "LA AXARQUIA" DE VELEZ-MALAGA.

HOSPITAL UNIV. "VIRGEN DE LA VICTORIA".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "AXARQUIA".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "COSTA DEL SOL".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "VALLE DEL GUADALHORCE".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "MALAGA".

AREA DE GESTION SANITARIA SERRANIA DE MALAGA.

HOSPITAL "LA SERRANIA" DE RONDA Y DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "SERRANIA".

AREA DE GESTION SANITARIA NORTE DE MALAGA.

HOSPITAL DE "ANTEQUERA" Y DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "LA VEGA".

CENTRO REGIONAL DE TRANSFUSION SANGUINEA.

S E V I L L A

HOSPITAL UNIV. "VIRGEN DEL ROCIO".

HOSPITAL UNIV. "VIRGEN MACARENA".

HOSPITAL UNIV. DE "VALME".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "ALJARAFE".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "SEVILLA NORTE".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "SEVILLA SUR".

DISTRITO SANITARIO DE A. PRIMARIA "SEVILLA".

AREA DE GESTION SANITARIA DE OSUNA.

"HOSP. DE LA MERCED" Y DISTRITO DE A. PRIMARIA "SEVILLA ESTE".

CENTRO REGIONAL DE TRANSFUSION SANGUINEA.

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