Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 96 de 16/05/2007

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Anuncio de 5 de marzo de 2007, del Ayuntamiento de Albox, de bases para la selección de Técnico en Juventud.

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ANUNCIO DE BASES

Don Francisco Granero Granados, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Albox (Almería),

HACE SABER

Que mediante Decreto de fecha 5 de marzo de 2007, ha aprobado la convocatoria y sus correspondientes bases, para provisión de las plazas de personal funcionario que, a continuación, se indican:

BASES QUE HAN DE REGIR LA PROVISION DE UNA PLAZA DE TECNICO EN JUVENTUD, VACANTE EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS DE ESTA CORPORACION, MEDIANTE EL SISTEMA DE OPOSICION LIBRE

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante Oposición, de una plaza de Técnico en Juventud, vacante en la Plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento, encuadrada dentro de la Escala de Administración General, Subescala Técnica, Grupo C, dotada con las retribuciones básicas que en cada momento señale la Ley para el Grupo correspondiente de la Ley 30/84, de 2 de agosto, y con las retribuciones complementarias que le correspondan con arreglo al Catálogo de Puestos de Trabajo.

Segunda. Condiciones de los aspirantes.

Para ser admitido en este proceso de Oposición, se precisará reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Nacionalidad española, o la de algún estado miembro de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) Estar en posesión de título de Bachiller, FP 2.º grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlos en la fecha de finalización del plazo de admisión de solicitudes.

d) No haber sido condenado por delito doloso ni separado del Servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el adecuado desarrollo de las funciones correspondientes a la plaza.

Todos y cada uno de los requisitos anteriores se acreditarán documentalmente junto a las solicitudes de participación en las pruebas selectivas.

Tercera. Presentación de Instancias.

Las instancias solicitando tomar parte en el proceso de selección por Oposición, deberán presentarse dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente, en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento y durante el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, manifestando que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos. El impreso de solicitud será facilitado gratuitamente en la Secretaría del Ayuntamiento.

Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En concepto de derechos de examen, los interesados abonarán la cantidad de 10 euros, mediante ingreso directo en la Tesorería Municipal, o por giro postal o transferencia bancaria a favor del Ayuntamiento de Albox, uniendo a la solicitud de participación resguardo del ingreso efectuado, pudiéndose aplicar la exención prevista en el artículo 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, acreditándose en tal caso por el interesado los requisitos exigidos para la aplicación de la exención.

Si alguna de las solicitudes adoleciese de algún defecto, se requerirá al interesado para que, en plazo de diez días, acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, archivándose sin más trámite, con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992 citada.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía Presidencia, en el plazo máximo de un mes, dictará Resolución con la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, en la que constará el nombre y apellidos del candidato, número del DNI y, en su caso, causa de la no admisión, así como el plazo de subsanación que, en los términos del artículo 71 de la Ley 30/1992 citada, se concede a los aspirantes excluidos, lista que será, a su vez, definitiva en caso de no existir aspirantes excluidos.

Transcurrido el plazo de subsanación aludido anteriormente, se publicará en el mismo Boletín resolución con la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, con los mismos requisitos establecidos para la lista provisional, Resolución que determinará, también, la composición del Tribunal Calificador.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

Quinta. Tribunal Calificador.

El Tribunal estará constituido por:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz y voto.

Vocales: El Concejal Delegado de Cultura, Concejal designado por Alcaldía, un representante de la Junta de Andalucía nombrado por ésta y un Representante del personal del Ayuntamiento.

Junto a los titulares, se nombrarán suplentes, en igual número y con los mismos requisitos; los miembros del Tribunal deberán tener igual o superior titulación a la exigida para admisión a la plaza convocada.

El Tribunal podrá designar un asesor de la Alcaldía, con conocimientos demostrados en la materia, que podrá actuar con voz y con voto.

El Tribunal puede actuar válidamente cuando concurran dos vocales y el Presidente, y los miembros que lo compongan deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992 citada.

Al Tribunal le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, y aplicar los baremos correspondientes.

El Tribunal, en su calificación final, no podrá proponer para su nombramiento a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

Sexta. Calendario de realización de las pruebas.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluido quien no comparezca, salvo causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada libremente por el Tribunal. Asimismo, concurrirán a las pruebas provistos del DNI, cuya acreditación podrá ser exigida por el Tribunal en cualquier momento.

Séptima. Proceso selectivo.

Será el de Oposición, con el desarrollo de las siguientes pruebas:

La Oposición constará de dos ejercicios, que tendrán carácter eliminatorio y obligatorio para los aspirantes.

Primer ejercicio. Consistirá en la realización, por escrito, de un formulario de 50 preguntas tipo test, durante un tiempo máximo de 60 minutos, relacionado con las materias que figuran en el anexo a estas bases (Parte General y Parte Específica). Las preguntas contestadas erróneamente puntuarán 1 negativamente y las no contestadas, no puntuarán. La nota al ejercicio se hallará asignándole a cada pregunta correctamente contestada el valor de 0,5 puntos. La suma total será la calificación del ejercicio.

Este ejercicio se puntuará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para superarlo, alcanzar una puntuación mínima de 13 puntos.

Segundo ejercicio. Consistirá en una entrevista personal realizada por el Tribunal y que versará sobre aspectos prácticos de las funciones a realizar en la plaza que se convoca, con una duración determinada por el tribunal, según el número de personas aspirantes admitidas en la convocatoria y que hayan aprobado el primer ejercicio.

Se valorará de 0 a 25 puntos, siendo necesario para aprobar obtener un mínimo de 13 puntos.

Octava. Relación de aprobados.

Sin perjuicio de lo establecido en la Base Quinta de esta Convocatoria, una vez terminado el Proceso Oposición, el Tribunal publicará la relación de aprobados por orden de puntuación, constituida ésta por la suma de las puntuaciones alcanzadas en la fase de oposición en su primer ejercicio y segundo, y elevará dicha relación a la Alcaldía, proponiéndole el nombramiento del aspirante que haya obtenido la mayor puntuación; también se remitirá la correspondiente acta donde conste el desarrollo del Proceso, así como la relación de los no aprobados.

La relación se expondrá en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y/o lugar de realización de las pruebas.

Novena. Presentación de documentos.

Los aspirantes propuestos aportarán, en la Secretaría General y dentro del plazo de 20 días naturales desde que se hagan públicas las relaciones de aprobados, los documentos acreditativos de reunir las condiciones establecidas en la Base 2.ª, y en concreto:

- Fotocopia compulsada del DNI.

- Copia compulsada de la titulación académica exigida.

- Declaración de no haber sido condenado por delito doloso ni separado del Servicio del Estado, de la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, todo ello, sin perjuicio del beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.

- Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite para el servicio.

Los funcionarios públicos están exentos de acreditar documentalmente aquellos extremos que constituyen un requisito previo para su nombramiento, debiendo presentar certificación que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su hoja de servicios.

Si dentro del plazo indicado los aspirantes seleccionados no presentan la documentación, supondrá la pérdida de los derechos adquiridos para los propuestos, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieran podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.

Décima. Nombramiento.

Presentada la documentación por los aspirantes propuestos, por la Alcaldía se procederá al correspondiente nombramiento.

La Alcaldía queda facultada para que, en plazo no superior a seis meses contados desde la terminación del proceso selectivo, pueda otorgar nombramiento a favor del segundo aspirante declarado apto por el Tribunal en el presente proceso selectivo si, como consecuencia de renuncia u otra causa que impida al aspirante propuesto tomar posesión de la plaza, ésta quedara vacante tras la realización del Proceso de Oposición, sin perjuicio de las responsabilidades que puedan exigirse al aspirante propuesto por el Tribunal por el hecho de no tomar posesión de la plaza en plazo legal, o renuncia realizada con posterioridad.

Decimoprimera. Legislación aplicable.

En lo no previsto en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, y en lo no previsto en la citada legislación, se estará a lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, Ley 42/1994, de 30 de diciembre, Ley 13/1996, de 30 de diciembre, R.D. 364/95, de 10 de marzo, Real Decreto 896/91, de 7 de junio, Real Decreto Legislativo 781/1986, R.D. 543/01, de 18 de mayo, y a las demás Disposiciones de Régimen Local de aplicación en la materia.

Decimosegunda. Recursos.

Las bases de la convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos, plazos y en la forma establecida en la Ley 30/1992.

A N E X O

P R O G R A M A

Bloque I. General

Tema 1. La Constitución Española. Principios, estructura y contenidos generales. Especial referencia a la Administración Local y organización territorial del Estado.

Tema 2. La Junta de Andalucía. Composición y funciones. El Presidente de la Junta de Andalucía. Su elección.

Tema 3. La Administración municipal. Organos municipales: Alcalde, Pleno y Comisión de Gobierno. Otros órganos. Competencias y atribuciones de los órganos municipales en general y, particularmente, en referencia al Ayuntamiento de Albox.

Tema 4. El servicio público en la esfera local. Modos de gestión. La concesión. Empresas públicas y consorcios.

Tema 5. El Estatuto del Personal al servicio de las Administraciones Públicas de Andalucía. Conceptos generales y análisis de su contenido.

Tema 6. El procedimiento administrativo. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Principios generales y ámbito de aplicación. Fases del procedimiento administrativo: idea general.

Tema 7. El administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. El estatuto del vecino. Derechos de los ciudadanos. Presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones. Los registros. Cómputo de plazos.

Tema 8. La contratación administrativa. Contratos de obras. Contratos de gestión de servicios públicos. Contratos de suministros. Contratos de asistencia técnica.

Bloque II. Específico

Tema 9. Casas de la Juventud. Origen, evolución y situación actual. Programas de actividades y participación de las Casas de la Juventud. Los centros de información juvenil.

Tema 10. Regulación normativa del mundo joven. Aspectos que están regulados a través de normas. Tipología de las normas. Normativa de ámbito estatal. Normativa de ámbito autonómico. Normativa a nivel local. Comentarios sobre el alcance de lo regulado.

Tema 11. El libro Blanco de la Comisión Europea. Un nuevo impulso para la juventud europea.

Tema 12. Las nuevas cinco cuestiones de interés surgidas desde la aprobación del Programa de Acción Mundial para los jóvenes.

Tema 13. Oferta de subvenciones y convenios de la Junta de Andalucía y el INJUVE en el asociacionismo juvenil y en los Ayuntamientos en materia juvenil.

Tema 14. Animación infantil en el tiempo libre, colonias, campamentos y campamentos de verano.

Tema 15. Animación juvenil en el tiempo libre: viajes, intercambios, rutas, centros de trabajo. El turismo juvenil.

Tema 16. Problemas que inciden en los jóvenes. Problemas sociales que se vinculan a la juventud. Inserción, integración o incorporación social de los jóvenes. Mecanismos que deben facilitarla. Ajustes a las nuevas condiciones existenciales.

Tema 17. La prevención del Consumo de Drogas. Programas locales y regionales.

Tema 18. Violencia adolescente. Clasificación de las expresiones de violencia, desde el punto de vista de maltrato. Formas de violencia, factores de riesgo y prevención en los diferentes ecosistemas.

Tema 19. La participación juvenil. Participación y democracia. Expectativas y trascendencia. Implicación de los jóvenes y sensibilidad de las instituciones.

Tema 20. Cauces para la participación social de los jóvenes. Futuro de la participación juvenil.

Tema 21. Las Escuelas Taller y las Casas de Oficios. Qué son, qué se ofrece, duración y contenidos. Solicitud y subvención. Principales especialidades y qué se consigue.

Tema 22. Marco normativo del asociacionismo I. Concepto de Asociación y tipos de asociaciones. Constitución y funcionamiento.

Tema 23. Marco normativo del asociacionismo II. La creación de nuevas asociaciones.

Tema 24. Políticas de juventud. Política e imagen de los jóvenes. Determinantes para las políticas de juventud. Globalidad, integralidad, coordinación, etc.

Tema 25. Tipos de políticas de juventud. Ventajas e inconvenientes. Planes integrales de juventud.

Tema 26. Los jóvenes y la vivienda. Idea general de los aspectos normativos y sociológicos.

Tema 27. Tecnologías de integración Tecnosocial: el fenómeno Messenger en los jóvenes.

Tema 28. Gestión de programas de juventud. El técnico de juventud: perfil y funciones.

Tema 29. Programación de actividades: metodología. Evaluación. Estrategias para evaluar la programación. Gestión pública, gestión privada y gestión mixta.

Tema 30. Diferencias entre Plan, Programa y Proyecto, Actividad y Tarea. Definición de Proyecto y pautas básicas para la realización del mismo.

Tema 31. Estructura del Plan ministerial de Juventud 2005-2008.

Tema 32. Programa Europeo de Juventud. Vigencia, finalidad, objetivos generales, temas prioritarios y relación de acciones del programa. Mención al nuevo Programa Europeo.

Tema 33. El Servicio Voluntariado Europeo.

Tema 34. Planificación de los Programas de ocio alternativo saludable, puntos débiles y puntos fuertes.

Tema 35. Normativa vigente de las Escuelas de Animación Juvenil.

Tema 36. Servicios de Información Juvenil. A nivel Local, provincial y Regional. Concepto, objetivos, fuentes de información.

Tema 37. Los principios básicos de una política de bienestar social en materia de juventud y fases de la planificación social.

Tema 38. La evolución de las Políticas de juventud en España. Marco Local, en las Comunidades Autónomas y en el nivel Estatal. Características que han determinado estas politicas.

Tema 39. Coordinación de equipos de trabajo: competencias a desarrollar y habilidades sociales. Factores de éxito.

Tema 40. El Programa Local "Festival del Ocio".ii

Lo que se publica para general conocimiento, y a los efectos de inicio del correspondiente proceso selectivo.

Albox, 5 de marzo de 2007.- El Alcalde-Presidente, Francisco Gamero Granados.

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