Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 15/01/2008

1. Disposiciones generales

Consejería de Gobernación.

DECRETO 3/2008, de 8 de enero, por el que se modifica el Decreto 159/1999, de 13 de julio, por el que se regulan las condiciones de los locales y elementos materiales a utilizar en las elecciones al Parlamento de Andalucía.

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La disposición adicional primera de la Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía, faculta al Consejo de Gobierno para dictar cuantas disposiciones sean precisas para el cumplimiento y ejecución de la citada Ley.

En uso de aquella facultad, el Decreto 159/1999, de 13 de julio, por el que se regulan las condiciones de los locales y elementos materiales a utilizar en las elecciones al Parlamento de Andalucía, establece distintos aspectos del proceso electoral, entre ellos los modelos de urnas, impresos, sobres y papeletas de votación. El citado Decreto fue modificado por el Decreto 306/2003, de 28 de octubre, en lo relativo a la adaptación de algunos impresos contenidos en sus Anexos.

La experiencia adquirida desde la aprobación del Decreto 159/1999, de 13 de julio, así como la modernización y mejora de los diseños de urnas electorales en lo que respecta tanto al material utilizable como a su facilidad de almacenaje, montaje y desmontaje hacen aconsejable adaptar la descripción del modelo de urna a utilizar en la celebración de las elecciones al Parlamento de Andalucía a los nuevos diseños y características técnicas.

Por otra parte, se han producido nuevamente modificaciones en los impresos de solicitud de voto por correo, de nombramiento de miembros de las mesas y la adaptación de la mayoría de ellos a un lenguaje no sexista, por lo que, mediante el presente Decreto se procede a la publicación de todos los impresos.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Gobernación, de acuerdo con el Consejo Consultivo de Andalucía y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 8 de enero de 2008,

DISPONGO

Artículo Unico. Modificación del Decreto 159/1999, de 13 de julio, por el que se regulan las condiciones y elementos materiales a utilizar en las Elecciones al Parlamento de Andalucía.

El Decreto 159/1999, de 13 de julio, queda modificado como sigue:

Uno. Se modifica el Anexo I, relativo al modelo de urna electoral, quedando sustituido por el que se recoge en el Anexo 1 de este Decreto.

Dos. Los Anexos III a XI, quedan sustituidos por los Anexos III a XI del presente Decreto.

Disposición transitoria única. Urnas electorales existentes.

Las urnas electorales existentes a la entrada en vigor del presente Decreto podrán seguir siendo utilizadas hasta su completa sustitución por las elaboradas con arreglo a las características determinadas en la nueva redacción del Anexo I.

Disposición final única. Entrada en vigor.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 8 de enero de 2008

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

EVANGELINA NARANJO MARQUEZ

Consejera de Gobernación

ELECCIONES AL PARLAMENTO DE ANDALUCIA

URNAS Y RELACION DE IMPRESOS CON EXPRESION DE SU CONTENIDO

ANEXO I

URNA ELECTORAL

ANEXO III

PAPELETA DE VOTACION

PA III.1 Papeleta de votación al Parlamento de Andalucía

ANEXO IV

SOBRES

PA IV.1 Para votación

PA IV.2 Para remisión documentación voto por correo

PA IV.3 Dirigido al Presidente/a de la Mesa electoral

PA IV.4 Para remisión de documentación a inscritos/as en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero

PA IV.5 Dirigido al Presidente/a de la Junta Electoral Provincial para el voto de inscritos/as en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero

PA IV.5 a Dirigido al Presidente/a de la Junta Electoral Provincial para el voto de inscritos/as en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero

PA IV.5 b Dirigido al Presidente/a de la Junta Electoral Provincial para el voto de inscritos/as en el Censo Electoral de Residentes Ausentes en el extranjero (desde España)

PA IV.6 Sobre núm. 1. Documentación para entregar en el Juzgado de Primera Instancia o de Paz

PA IV.7 Sobre núm. 2. Documentación para entregar en el Juzgado de Primera Instancia o de Paz

PA IV.8 Sobre núm. 3. Documentación para entregar al funcionario/a del Servicio de Correos

PA IV.9 Para remisión de citación a miembros de Mesas electorales

PA IV.10 Para envío a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral de la solicitud de inscripción en el Censo

PA IV.11 Para remisión copia nombramiento Interventores/as

a Presidente/a de Mesa Electoral

ANEXO V

CONSTITUCION DE COALICIONES ELECTORALES Y PRESENTACION DE CANDIDATURAS

PA V.1 Comunicación de la constitución de la coalición electoral

PA V.1 a Comunicación de la constitución de la coalición electoral (reverso)

PA V.2 Presentación de candidaturas

PA V.3 Presentación de candidatos/as por agrupación de electores/as

PA V.3 a Presentación de candidatos/as por agrupación de electores/as (reverso)

PA V.4 Presentación de candidatos/as por agrupación de electores/as. Hoja segunda y siguientes

PA V.4 a Presentación de candidatos/as por agrupación de electores/as. Hoja segunda y siguientes (reverso)

ANEXO VI

DOCUMENTACION PARA EL VOTO POR CORREO

PA VI.1 Solicitud para el voto por correo. Ejemplar para la DPOCE (Impreso múltiple dos hojas)

PA VI.1 a Ejemplar para el interesado/a. Copia

PA VI.2 Certificado de estar inscrito/a en el Censo para el voto por correo

PA VI.3 Comunicación de no estar inscrito/a en la lista de electores/as

PA VI.4 Certificado de estar inscrito/a en el Censo de Residentes Ausentes para el voto por Correo

ANEXO VII

DESIGNACION DE MIEMBROS DE LAS MESAS ELECTORALES

PA VII.1 Lista de electores/as capacitados/as para Presidentes/as y Suplentes

PA VII.1 a Lista de electores/as capacitados/as para Presidentes/as y Suplentes. Reverso

PA VII.2 Lista de electores/as capacitados/as para Vocales y Suplentes

PA VII.2 a Lista de electores/as capacitados/as para Vocales y Suplentes. Reverso

PA VII.3 Comunicación de los Ayuntamientos a la Junta Electoral de Zona

PA VII.4 Nombramiento de miembros de Mesas. Impreso múltiple (cuatro)

PA VII.4 a Comunicación de datos de identificación a Juez

PA VII.4 b Comunicación de datos de identificación a Juez (copia)

PA VII.4 c Acuse de recibo del nombramiento por el interesado/a

PA VII.5 Comunicación a Juez de Primera Instancia o de Paz de la composición de las Mesas electorales

PA VII.6 Citación a miembros de las Mesas electorales

ANEXO VIII

NOMBRAMIENTO DE INTERVENTORES/AS Y APODERADOS/AS

Interventores/as

PA VIII.1 Nombramiento Interventores/as. Impreso múltiple (cuatro). Matriz

PA VIII.1 a Credencial

PA VIII.1 b Comunicación al Presidente/a de la Mesa de la que forma parte

PA VIII.1 c Comunicación al Presidente/a de la Mesa en cuya lista electoral figura inscrito/a Apoderados/as

PA VIII.2 Nombramiento de Apoderados/as. Impreso múltiple (dos). Matriz

PA VIII.2 a Credencial

ANEXO IX

DOCUMENTACION PARA LA ACTUACION DE LAS MESAS ELECTORALES

PA IX.1 Lista numerada de votantes (hoja primera cubierta)

PA IX.1 a Lista numerada de votantes (hoja segunda y siguientes)

PA IX.2 Recibo de Juez de Primera Instancia o de Paz, justificativo de la entrega de los sobres números 1 y 2

PA IX.3 Recibo del funcionario/a de Correos justificativo de la entrega del sobre número 3

PA IX.4 Certificado de votación o de no haber sido admitido el voto

ANEXO X

REPRESENTANTES DE LA ADMINISTRACION

PA X.1 Nombramiento de Representante de la Administración. Impreso múltiple (dos). Credencial

PA X.1 a Copia

ANEXO XI

CREDENCIALES

PA XI.1 Credencial de Diputado

PA XI.1 a Credencial de Diputada

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